Acuerdo General 3/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que fija las bases del Decimotercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito

Fecha de disposición31 Enero 2006
Fecha de publicación31 Enero 2006
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

ACUERDO General 3/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que fija las bases del Decimotercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- SecretarÃa Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 3/2006, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE FIJA LAS BASES DEL DECIMOTERCER CONCURSO INTERNO DE OPOSICION PARA LA DESIGNACION DE MAGISTRADOS DE CIRCUITO.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación los dÃas treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve se reformaron, entre otros, los artÃculos 94, 99 y 100 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO.- Que en términos de lo dispuesto por los artÃculos 94, párrafo segundo, y 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO.- Que el artÃculo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, por lo que, para cumplir con el mandato constitucional, es necesario contar con el número suficiente de magistrados de Circuito, a fin de garantizar que la impartición de justicia sea pronta, completa, imparcial y gratuita;

CUARTO.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo séptimo, del artÃculo 100, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, y con lo previsto en el artÃculo 105 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el ingreso, formación, actualización y promoción de los servidores públicos de carácter jurisdiccional se hará mediante el sistema de carrera judicial y se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, independencia y antigüedad, por lo que es necesario que la designación de magistrados de Circuito recaiga sobre personas que acrediten su competencia, capacidad y profesionalismo;

QUINTO.- Que el Consejo de la Judicatura Federal estima necesaria la selección de juzgadores, cuyas cualidades personales, formación profesional, experiencia como servidores públicos en la impartición de justicia, asà como su instrucción académica, garanticen el cumplimiento cabal de los principios que han quedado especificados en el considerando anterior;

SEXTO.- Que el artÃculo 112 de la invocada ley orgánica establece que la promoción para la categorÃa de Magistrado de Circuito debe efectuarse a través de concurso interno de oposición y de oposición libre y, con fundamento en ello, el Consejo de la Judicatura Federal considera conveniente llevar a cabo el Decimotercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, ya que se requerirá cubrir hasta cuarenta plazas, originadas con motivo de la creación de órganos jurisdiccionales y la sustitución de magistrados jubilados o retirados en términos de la parte final del artÃculo 106 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, asà como por incapacidad;

SEPTIMO.- Que resulta indispensable determinar las bases que habrán de normar el Decimotercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, sus procedimientos y los datos objetivos para la evaluación de los aspirantes.

En consecuencia, con fundamento en los artÃculos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO.- EmÃtase Convocatoria para el Decimotercer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, a fin de cubrir cuarenta plazas que resultarán de necesidades actuales y de la creación de órganos jurisdiccionales, de la sustitución de magistrados jubilados y retirados en términos de la parte final del artÃculo 106 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, asà como por incapacidad.

SEGUNDO.- PublÃquese la convocatoria por una vez en el Diario Oficial de la Federación y por dos veces en uno de los diarios de mayor circulación nacional, con un intervalo de cinco dÃas hábiles entre cada publicación, como lo ordena el artÃculo 114, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

TERCERO.- La Convocatoria precisada en los puntos de acuerdo anteriores contendrá:

  1. El tipo de concurso, la categorÃa y el número...

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