Acuerdo General 58/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el uso obligatorio del módulo denominado Sistema Biométrico de Registro de Asistencia de Procesados en Libertad Provisional (SIBAP), contenido en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes

Fecha de disposición30 Octubre 2008
Fecha de publicación30 Octubre 2008
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónSEGUNDA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. ACUERDO GENERAL 58/2008, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL MODULO DENOMINADO SISTEMA BIOMETRICO DE REGISTRO DE ASISTENCIA DE PROCESADOS EN LIBERTAD PROVISIONAL (SIBAP), CONTENIDO EN EL SISTEMA INTEGRAL DE SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO.- El Consejo de la Judicatura Federal, en el marco del Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, entre otros compromisos, asumió el marcado con el número nueve consistente en fortalecer los medios de control de los procesados; para esto se decidió implementar en todo el país un Sistema Biométrico para el registro de los procesados con libertad provisional bajo caución, el cual asegura, con apoyo tecnológico, su plena identificación y control, al cumplir con la obligación de presentarse personalmente ante la autoridad judicial;

TERCERO.- El artículo 81, fracciones XVIII y XXXV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, confiere al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal las atribuciones para establecer la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos, así como para fijar las bases de la política informática y de información estadística que permitan conocer y planear el desarrollo del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral;

CUARTO.- Los Acuerdos Generales 34/2000, 2/2001 y 29/2001, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal prevén que los juzgados de Distrito no especializados, los especializados en la materia penal y de procesos penales federales, así como los tribunales unitarios de Circuito, excepto los especializados en las materias civil y administrativa, llevarán de manera obligatoria, entre otros, un Libro de Gobierno, denominado "Control de firmas de procesados en libertad provisional bajo caución" y "Control de firmas de procesados en libertad provisional bajo caución concedida en segunda instancia", respectivamente, en el que se asentarán las firmas que impriman dichos procesados, como constancia de su asistencia;

QUINTO.- El aumento demográfico del...

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