Acuerdo por el que la Secretaría de la Reforma Agraria pone a disposición de la Secretaría de la Función Pública, el terreno nacional denominado Polígono General Innominado, ubicado en el Municipio de Juárez, Estado de Chihuahua, con una superficie de 253-88-84 hectáreas

Fecha de disposición09 Junio 2011
Fecha de publicación09 Junio 2011
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural. ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA PONE A DISPOSICION DE LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, EL TERRENO NACIONAL DENOMINADO "POLIGONO GENERAL INNOMINADO", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE JUAREZ, ESTADO DE CHIHUAHUA, CON UNA SUPERFICIE DE 253-88-84 HECTAREAS.

ABELARDO ESCOBAR PRIETO, Secretario de la Reforma Agraria, con fundamento en lo establecido por los artículos 14, 17 y 41, fracciones I, XI y XIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 4 y 5, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria; 158 y 161, de la Ley Agraria; 104 al 110 y 116 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, 6, fracción VII y 57 de la Ley General de Bienes Nacionales, emite el presente Acuerdo en términos de los siguientes:

RESULTANDOS

  1. - Ante la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, se formó el expediente de terrenos nacionales número 737677, con motivo de la solicitud de enajenación de fecha ocho de octubre de mil novecientos noventa y ocho, hecha por José de la Paz Rodríguez, en representación de un grupo de aproximadamente 640 personas, respecto de un presunto terreno baldío denominado "LA CAMPESINA", con superficie aproximada de 17-00-00 hectáreas, el cual fue deslindado el veintiséis de noviembre de dos mil, arrojando una superficie analítica de 48-23-58.39 hectáreas; recibiéndose diversas inconformidades de los representantes de los predios denominados "EL TAPO" y "EL FENIX".

  2. - El quince de diciembre de dos mil, la entonces Representación Regional del Norte, actualmente Delegación Estatal de esta Secretaría en Chihuahua, mediante oficio número 4298, remitió a la Dirección General de Ordenamiento y Regularización, el resultado de los trabajos de medición y deslinde del predio denominado "LA CAMPESINA"; al respecto, la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, emitió oficio número 141989 de fecha veintiséis de marzo de dos mil uno, a través del cual se informó a la citada Representación Regional del Norte, actualmente Delegación Estatal de esta Secretaría en Chihuahua, que no era posible dictaminar positivamente los trabajos realizados hasta en tanto no se realizara una exhaustiva investigación para precisar quienes detentaban la posesión y a quien le asistía el mejor derecho y en caso de encontrar posesiones diversas a los solicitantes, se les notificara el derecho de preferencia establecido por el artículo 121 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural.

  3. - Mediante oficio número 1407 del veinticinco de abril de dos mil dos, la entonces Representación Regional del Norte, actualmente Delegación Estatal de esta Secretaría en Chihuahua, remitió a la Dirección General de Ordenamiento y Regularización, la investigación relativa a la sobreposición de los predios denominados "LA CAMPESINA", "EL TAPO" y "EL FENIX", solicitando la continuación del trámite de enajenación del predio citado en primer término; en este tenor, la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, emitió oficio número 142496 de fecha tres de julio de dos mil dos, por medio del cual se devolvían los trabajos

    anteriormente señalados, y se ordenaba la aclaración de diversas inconsistencias detectadas en los mismos y la realización de los trabajos necesarios para continuar con la regularización de los predios anteriormente citados.

    A través del oficio número 339 del treinta de enero de dos mil tres, la entonces Representación Regional del Norte, actualmente Delegación Estatal de esta Secretaría en Chihuahua, remitió a la Dirección General de Ordenamiento y Regularización, de nueva cuenta, los trabajos de investigación relacionados con los predios denominados "LA CAMPESINA", "EL TAPO" y "EL FENIX", en atención al oficio señalado anteriormente. Cabe destacar, que la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, actualmente Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, emitió el oficio número142649 de fecha veintisiete de marzo de dos mil tres, a través del cual, solicitó a la entonces Representación Regional del Norte, actualmente Delegación Estatal de esta...

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