Acuerdo por el que se establecen los procedimientos registrales previstos en el artículo 15 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado

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EmisorSecretaría de Economía

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 fracciones XIV y XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado; 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; Quincuagésimo Cuarto Transitorio fracción I del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO

Que la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2002, previó la figura de la Subrogación de Acreedor, que consiste en la sustitución de la entidad acreedora original de un Crédito Garantizado, por otra, en el supuesto de que dicho crédito se pague anticipadamente mediante la contratación de uno nuevo con otra entidad.

Que mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014 por el que se modificaron diversas disposiciones en materia financiera y se expidió la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, se reformó la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado con el propósito de reducir costos y otorgar certeza jurídica a los acreedores y fomentar el uso de la Subrogación de Acreedor al establecer, bajo ciertos criterios, que el acreedor subrogado únicamente inscriba el documento en el que conste el importe líquido del total del adeudo, el documento que acredite el pago total del adeudo del Crédito Garantizado, así como el documento en el que conste la Subrogación de Acreedor; sin costo alguno en el Registro Público de Comercio, sentando con ello las bases para una mayor competencia entre los acreedores y mejores condiciones de financiamiento para los deudores.

Que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben ejercer las atribuciones que les corresponden, a fin de cumplir con los propósitos perseguidos por la reforma financiera.

Que al utilizar en mayor medida la Subrogación de Acreedor, los beneficiarios de un Crédito Garantizado podrán acceder a mejores condiciones de financiamiento, por lo que resulta necesario establecer con claridad los procedimientos registrales que permitirán aplicar...

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