Primer Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio destinado a la creación del Centro de Justicia para las Mujeres en Tapachula, Chiapas, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas.

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PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento del subsidio destinado a la creación del Centro de Justicia para las Mujeres en Tapachula, Chiapas, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas. PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO DESTINADO A LA CREACION DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN TAPACHULA, CHIAPAS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, LIC. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIAN, Y LA COMISIONADA NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, MTRA. ALEJANDRA NEGRETE MORAYTA, Y POR OTRA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, LIC. MANUEL VELASCO COELLO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. JUAN CARLOS GOMEZ ARANDA, EL SECRETARIO DE HACIENDA, LIC. HUMBERTO PEDRERO MORENO, Y EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO, LIC. RACIEL LOPEZ SALAZAR, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARA "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTUEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES"; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. El 4 de mayo de 2017 el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECRETARIA", y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" celebraron un Convenio de Coordinación con el objeto de otorgar subsidios federales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres en Tapachula, Chiapas, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia, en adelante "CONVENIO".

  2. El "CONVENIO" establece las características, responsables, objetivos y metas definidas para la aplicación de los subsidios, los mecanismos para verificar su correcta ejecución, y determina la evaluación y control de su ejercicio, así como los compromisos que sobre el particular asume "EL GOBIERNO DEL ESTADO".

  3. La CLAUSULA DECIMO QUINTA del "CONVENIO" establece que éste podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia, de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del mismo y surtirán efecto a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.

  4. El 15 de agosto de 2017 se llevó a cabo la Tercera Sesión Extraordinaria del Comité de Evaluación de Proyectos de los Centros de Justicia para las Mujeres en el ejercicio fiscal 2017, a través de la cual se aprobó por unanimidad la adecuación al cronograma físico-financiero de la obra, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15.5 incisos b) y c) de los Criterios para Acceder a los Subsidios destinados a la Creación o el Fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres en el Ejercicio Fiscal 2017.

  5. Dicha modificación implica la reducción del periodo inicial previsto de ocho meses para efectuar la obra, derivado de la fecha en que se efectuó la transferencia del recurso, sin que ello implique modificaciones en los alcances o metas autorizadas y a fin de dar cumplimiento a los tiempos establecidos en el "CONVENIO" para la oportuna erogación del recurso asignado.

    DECLARACIONES

    1. "LA SECRETARIA" declara que:

      I.1. Salvo por lo que el presente Convenio se modifica, se ratifica el contenido, los requerimientos,

      alcances y precisiones de los términos y condiciones del "CONVENIO" celebrado el 4 de mayo de 2017, así como la documentación que de éste emana.

      I.2. El presente Convenio Modificatorio se sujeta a los requisitos de procedencia regulados por la normatividad que resulta aplicable en lo general y en lo específico y la documentación justificativa y comprobatoria obran en el expediente de la unidad administrativa requirente de "LA SECRETARIA", lo anterior para todos los fines y efectos legales a que haya lugar, por lo que corresponde a la citada área cualquier justificación y sustento sobre el particular.

      I.3. Ratifica que las condiciones y especificaciones son las mismas que las pactadas en el "CONVENIO" celebrado el 4 de mayo de 2017 y manifiesta que con la celebración del presente Convenio Modificatorio no se otorgan condiciones más ventajosas.

      I.4. Es su voluntad celebrar el presente Convenio Modificatorio por las razones aducidas en el apartado de Antecedentes.

    2. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:

      II.1. Con excepción de lo que por el presente instrumento se modifica, ratifica en todos sus términos y condiciones las declaraciones y el contenido del "CONVENIO" celebrado el 4 de mayo de 2017 así como la documentación que de éste emana.

      II.2. Está conforme con los términos y condiciones de este instrumento y conoce plenamente los requisitos y condiciones propias y derivadas del mismo, así como las obligaciones que le son exigibles con éste.

      II.3. Externa su voluntad para celebrar el presente Convenio Modificatorio de conformidad con lo establecido en el apartado de Antecedentes.

      Con el fin de formalizar lo aprobado por el Comité de Evaluación de Proyectos de los Centros de Justicia para las Mujeres para el ejercicio fiscal 2017, en su Tercera Sesión Extraordinaria, es intención de "LAS PARTES" celebrar el Primer Convenio Modificatorio, conforma a las siguientes:

      CLAUSULAS

      PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio tiene como finalidad modificar el Anexo Técnico del Convenio de Coordinación celebrado entre "LAS PARTES" el 4 de mayo de 2017, específicamente lo establecido en el apartado denominado "14. Cronograma físico-financiero de la obra", para quedar en los términos previstos en el Anexo Técnico 2 que se integra al presente instrumento y forma parte integral del mismo

      SEGUNDA. NOVACION.- "LAS PARTES" acuerdan que en el presente Convenio no existe novación respecto del "CONVENIO" celebrado el 4 de mayo de 2017 por lo que éste conserva en todos sus términos y condiciones las obligaciones convenidas en el mismo, con excepción de los dispuesto en el presente instrumento.

      TERCERA. PUBLICACION.- El presente instrumento se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Planeación y, en su caso, en el Periódico Oficial de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con la normatividad aplicable al caso.

      CUARTA. VIGENCIA.- El presente instrumento jurídico forma parte integrante del "CONVENIO" celebrado el 4 de mayo de 2017 y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.

      Estando enteradas las partes del contenido y alcance jurídico del presente Primer Convenio Modificatorio,

      y por no haber dolo, lesión, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar su validez, lo firman en tres tantos, en la Ciudad de México, a los dos días del mes de octubre de dos mil diecisiete.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Roberto Rafael Campa Cifrián.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Alejandra Negrete Morayta.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado, Manuel Velasco Coello.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Juan Carlos Gómez Aranda.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Humberto Pedrero Moreno.- Rúbrica.- El Fiscal General, Raciel López Salazar.- Rúbrica.

      Anexo Técnico 2

      Del Convenio Modificatorio para la Creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Tapachula, Chiapas

  6. Fecha de solicitud del recurso

    El gobierno del Estado de Chiapas presentó la solicitud de acceso al subsidio para la creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Tapachula, Chiapas, el 13 de enero de 2017 mediante el oficio número PGJE/004/2017 del 10 enero de 2017, suscrito por el licenciado Raciel López Salazar, entonces Procurador General de Justicia, ahora Fiscal General del Estado.

  7. Nombre, objetivo y descripción del proyecto

    Nombre: Proyecto de Creación del Centro de Justicia para las Mujeres de Tapachula, Chiapas.

    Objetivo y descripción: Ofrecer a las mujeres y niñas del municipio de Tapachula, Chiapas, la infraestructura necesaria para la operación del Centro de Justicia para las Mujeres del municipio, el cual otorgará servicios interinstitucionales, personalizados, especializados e integrales, con criterios unificados, que brinden alternativas de solución a las mujeres y a sus hijas e hijos que víctimas de violencia.

  8. Justificación de la creación del Centro de Justicia para las Mujeres

    La creación de un Centro de Justicia para Mujeres en Tapachula, no solo beneficiará a las mujeres, niñas, niños y adultos mayores de ese municipio; sino también a las y los habitantes de los municipios del Soconusco y Costa, en virtud de que su ubicación resulta estratégica, a un costado de la carretera que comunica al municipio de Tapachula con la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    Dicha ubicación, permitirá la fácil localización del inmueble lo que redundaría en que los servicios que proporcionaría el Centro de Justicia, sean aprovechados por los municipios del Soconusco: Unión Juárez, Cacahotán, Tuxtla Chico, Metapa, Suchiate, Frontera Hidalgo, Mazatán, Tuzantán, Huehuetán, así como otros de la zona Costa: Huixtla, Villacomaltitlán, Escuintla, Acapaethua y Acacoyagua.

    Adicionalmente, dicha ubicación permitirá brindar los servicios del Centro de Justicia a los municipios que son paso obligatorio de migrantes, lo que permitirá atender las demandas que las mujeres, niñas, niños de este grupo poblacional requieran, ya sea porque ahí radiquen o...

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