Primera Actualización de la Edición 2020 del libro de Auxiliares del Diagnóstico del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

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EmisorConsejo de Salubridad General

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. JOSÉ IGNACIO SANTOS PRECIADO, Secretario del Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos, 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1ª y 3ª de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 15, 16, 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 11 fracción IX y XVIII, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda Persona tiene derecho a la protección de la salud;

Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2019, se estableció en los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, que habrá un Compendio Nacional de Insumos para la Salud, elaborado por el Consejo de Salubridad General, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud;

Que para los efectos señalados en el párrafo precedente participarán en la elaboración del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, la Secretaria de Salud, las Instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Ejecutivo Federal;

Que con fecha 30 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud al que se refieren los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan problemas de salud de la población mexicana;

Que en términos de la última parte del artículo 28, de la Ley General de Salud, se llevaron a cabo trabajos entre el Secretariado del Consejo de Salubridad General, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los servicios de salud de Petróleos Mexicanos, para analizar las actualizaciones convenientes al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, a efecto de considerar la inclusión de diversos insumos del libro de Auxiliares del Diagnóstico;

Que, derivado de lo anterior, se determinó la procedencia de la actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los términos siguientes:

PRIMERA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2020 DEL LIBRO DE AUXILIARES DEL DIAGNÓSTICO DEL COMPENDIO NACIONAL DE INSUMOS PARA LA SALUD

INCLUSIONES

NOMBRE GENÉRICO: SISTEMA AUTOMATIZADO DE CREACIÓN, GESTIÓN, VISUALIZACIÓN DE PORTAOBJETOS DIGITALES
CLAVE:
533.860.0058
ESPECIALIDAD (ES): Médicas y Quirúrgicas
SERVICIO (S): Laboratorio y Anatomía Patológica
DESCRIPCIÓN
Equipo para el escaneo de laminillas de tejidos histopatológicos previamente preparadas y teñidas con el método tradicional, en apoyo al diagnóstico oncológico, en donde los portaobjetos son escaneados en el escáner ultra rápido (EUR) y los resultados son procesados y almacenados en el servidor del Sistema de Gestión de Imágenes (SGI). Imágenes completas en el porta objetos de alta definición y visualizadas a distancia, por el usuario que tenga una cuenta en el (SGI), y una computadora con intranet/internet para acceder al servidor (SGI).
Magnificación óptica de 1X hasta 40X o mayor y magnificación digital mayor a 40X y hasta 100X o mayor.
Permite la importación y visualización de imágenes de otros escáneres, así como imágenes de análisis macroscópicos.

Hardware con las siguientes características:
· Escáner ultra rápido de laminillas (EUR) con capacidad de al menos 300 laminillas.
· Digitalización con aumento de 40X y zoom digital de 100X.
· Previsualización de la laminilla escaneada en la pantalla táctil del escáner.
· Lector de código de barras al menos DataMatrix, código 39 y código 128, en grado A y B de ISO 15415.
Debe permitir la priorización de lectura de laminillas y repriorización de las laminillas sin interrumpir el proceso de lectura.
· Alerta para casos urgentes o prioritarios de personal autorizado.
· Función de autocalibración.
· Conectividad USB 2.0 con 2 puertos RJ45, cable Ethernet para 10 GB y/o 1 G/100 MB o mayor.
· Un servidor.
· Una computadora del usuario a distancia.
· Una pantalla a color de alta resolución.
· Un teclado con ratón.
· Acceso a internet/intranet.

Características del software a instalar en la computadora del usuario externo:
· Un buscador para la versión HTML del visor web del Sistema de Gestión de Imágenes, (Chrome, Internet Explorer, Firefox, Edge) o Microsoft Silverlight (versión 5) y buscador de soporte (Firefox, Internet Explorer).
· Visor de PDF.
· Correo electrónico del usuario externo.
En el servidor:
· Software del visor del Sistema de Gestión de Imágenes (SGI).
· Administración automática de imágenes.
· Con despliegue en pantalla de los datos demográficos asociados al paciente.
· Permite la comparación de la menos dos laminillas en la misma pantalla.
· Soporta la pre-alineación de dos...

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