Primera Actualización de la Edición 2020 del Libro de Instrumental y Equipo Médico del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

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EmisorConsejo de Salubridad General

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. JOSÉ IGNACIO SANTOS PRECIADO, Secretario del Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos, 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1ª y 3ª de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 15, 16, 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, y 11, fracción IX y XVIII, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud;

Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2019, se estableció en los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, que habrá un Compendio Nacional de Insumos para la Salud, elaborado por el Consejo de Salubridad General, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud;

Que para los efectos señalados en el párrafo precedente participarán en la elaboración del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, la Secretaría de Salud, las Instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Ejecutivo Federal;

Que con fecha 30 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, al que se refieren los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, con la finalidad de tener al día la lista de insumos para que las instituciones de salud pública atiendan problemas de salud de la población mexicana, y

Que en términos de la última parte del artículo 28, de la Ley General de Salud, se llevaron a cabo trabajos entre expertos del Consejo de Salubridad General, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los servicios de salud de Petróleos Mexicanos, para analizar las actualizaciones convenientes al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, a efecto de considerar la inclusión de diversos insumos al libro de Instrumental y Equipo Médico.

Que derivado de lo anterior, se determinó la procedencia de la actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los términos siguientes:

PRIMERA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2020 DEL LIBRO DE INSTRUMENTAL Y EQUIPO MÉDICO DEL COMPENDIO NACIONAL DE INSUMOS PARA LA SALUD

INCLUSIONES

NOMBRE GENÉRICO:
LÁMPARA QUIRÚRGICA DOBLE DE LED.
CLAVE:
531.562.1496
ESPECIALIDAD (ES):
Médicas y Quirúrgicas
SERVICIO (S):
Todas las Quirúrgicas

DESCRIPCIÓN Y
FUNCIÓN:
Lámpara quirúrgica para la iluminación del sitio quirúrgico.
Lámpara de techo con dos cúpulas.
Dos brazos articulados para el soporte de la lámpara con giro de 360 grados en cada eje vertical.
Brazo resorte para ajuste de altura en un rango de 45° a -50° o mayor.
Horquilla que permite giro de la cúpula en 360°.
Luz de LED Blancos.
Vida útil del LED de 60,000 horas o superior.
Ensamblado de la cúpula de Policarbonato resistente al alto impacto.
Temperatura de color de 4300 K o superior.
Índice de rendimiento Cromático (CRI) de 95.
Diámetro del campo iluminado ajustable entre 20-25 cm.
Profundidad del volumen de luz de 105 cm o mayor.
Irradiancia 2.
Iluminación de 130,000 lx y máximo de 160,000 lx.
Iluminación ambiental de color verde igual o menor a 500 lx.
Empuñadura
Empuñadura Esterilizable.
Desmontable.
Empuñadura está hecha de plástico resistente al alto impacto.
Ensamble rápido.
Teclado de control en la cúpula para ajuste de parámetros
Encendido, apagado de la cúpula.
Aumento y disminución de intensidad luminosa en rango de 10 al 100%.
Ajuste del diámetro del campo iluminado.
Zoom de la cámara en caso de contar con alguna.
Un diseño de superficies lisas para una higiene perfecta compatible con flujo laminar generando una turbulencia menor al 20% conforme a normativa DIN 1946-4.
Con sistema electrónico inteligente para aumentar la corriente y mantener iluminación constante durante todo el procedimiento.
Con sistema que permite conectar rápida y fácilmente cámaras HD inalámbricas entre cabezales y quirófanos, sin necesidad de herramientas.

REFACCIONES:
Las unidades médicas las seleccionarán de acuerdo a sus necesidades.
ACCESORIOS
OPCIONALES:
Las unidades médicas las seleccionarán de acuerdo a sus necesidades.
Pantalla de control en mural.
Alimentación de Emergencia de Baterías. Autonomía de 3h. Tiempo de carga de 14 horas.
Cámara HD.
CONSUMIBLES:
Las unidades médicas las seleccionarán de acuerdo a sus necesidades
INSTALACIÓN:
Eléctrica 100-240 VCA 60
Hz
OPERACIÓN:
Por personal médico y personal en área
quirúrgica
MANTENIMIENTO:
· Preventivo y Correctivo por
personal calificado

MODIFICACIONES

(Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas)

NOMBRE GENÉRICO:
EQUIPO PARA EL SUMINISTRO DE ÓXIDO NÍTRICO O SISTEMA DE TERAPIA DE ÓXIDO NÍTRICO.
CLAVE:
531.328.0236
ESPECIALIDAD (ES):
Médicas y Quirúrgicas, Neonatología
SERVICIO (S):
Unidad de Cuidados Intensivos. Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales. Quirófanos. Hospitalización.

DESCRIPCIÓN Y
FUNCIÓN:
Equipo auxiliar que suministra óxido nítrico en la vía inspiratoria del circuito de paciente del ventilador u otro sistema o dispositivo ventilatorio y monitoriza la mezcla gaseosa antes de la inspiración. Suministro de óxido nítrico en dosis constante. Presencia de 1 o 2 reguladores de alta presión con manómetro que indica la presión del cilindro y entradas de conexión rápida de óxido nítrico (NO) compatibles con la entrada del monitor. Sensores o celdas analizadoras de gases independientes (NO, NO2, O2). Sistema de suministro de óxido nítrico a través de un módulo inyector. Capacidad de suministrar el óxido nítrico a través de bolsa de reanimación (modo manual). Pantalla sensible al tacto (touch screen) o de tecnología superior. Botón de encendido y apagado. Botón de control de pantalla. Botón de verificación de funcionamiento. Control de ajuste de la concentración de dosis de 0 a 80 ppm en la pantalla. Despliegue numérico de la línea de muestreo de: óxido nítrico (NO), dióxido de nitrógeno (NO2) y oxígeno (O2). Salida frontal del óxido nítrico al módulo inyector. Salida frontal para el cable eléctrico al módulo inyector. Trampa de agua. Salida frontal para la línea de muestreo. Puerto de purga para la eliminación de óxido nítrico residual. Puerto Ethernet, USB y RS232. Batería interna recargable con duración de 5 horas como mínimo con cargador interconstruido e indicador de bajo nivel en pantalla. Indicador de conexión a la corriente eléctrica.
Indicador de uso de batería. Alarmas audibles y visibles de: alta concentración de óxido nítrico (NO) de la línea de muestreo, baja concentración de óxido nítrico (NO) de la línea de muestreo, alta concentración de dióxido de nitrógeno (NO2) de la línea de muestreo, alta concentración de oxígeno (O2) de la línea de muestreo, baja concentración de oxígeno (O2) de la línea de muestreo, bajo nivel de presión del cilindro, falla de suministro de óxido nítrico, falla en el módulo inyector, batería baja, falla de los sensores o celdas de gases independientes (NO, NO2, O2), bloqueo de la línea de muestreo y trampa de agua llena. Botón silenciador de alarmas. Interface, menús y mensajes en español. Con sobremesa rodable para soporte y traslado del monitor. Cable eléctrico del módulo inyector. Presencia de 1 a 4 tanques o cilindros de óxido nítrico con concentración de 500 a 800 ppm.
REFACCIONES:
Según marca y...

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