Procedimiento Alternativo autorizado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaria del Trabajo y Previsión Social |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo, con la opinión del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo y, en cumplimiento con lo establecido por los artículos 49, tercer párrafo, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 37, fracción X, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 14 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, y 24, fracción XIX, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publica la autorización de los procedimientos alternativos siguientes:
PROCEDIMIENTO ALTERNATIVO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PARA LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-STPS-1999, SISTEMAS DE PROTECCIÓN Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN LA MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILICE EN LOS CENTROS DE TRABAJO
Procedimiento alternativo autorizado | Empresa |
Método alterno para utilizar diferentes tarjetas de aviso para el bloqueo de energía antes y durante el mantenimiento de la maquinaria y equipo.
El método precisa que las tarjetas de aviso que se usan cumplen con el propósito que marca la Norma y sistema LOTO.
El método autorizado únicamente podrá ser aplicado en el centro de trabajo con denominación social Mazda Motor Operaciones de México, S.A. de C.V., con domicilio en Av. Hiroshima No. 1000, Complejo Industrial, Salamanca, Salamanca Guanajuato C.P. 36975.
En las visitas de inspección se deberá presentar la presente autorización.
Cuando se utilice el método alterno propuesto se deberá cumplir que:
1) En lo referente a la visibilidad de las tarjetas, sea cuando menos a un metro de distancia;
2) Las dimensiones proporcionales del tamaño de las tarjetas sea el señalado por el Apéndice A, de la referida NOM-004-STPS-1999, y
3) La hoja del procedimiento de operación a que se refiere el numeral 8.2 inciso 7) de la...
|
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba