Acuerdo número A/068/02 del Procurador General de la República, por el que se crean las Unidades de Protección a los Derechos Humanos en las diversas unidades sustantivas de la Procuraduría General de la República y se establecen los lineamientos para la práctica de inspecciones en materia de Derechos Humanos

Fecha de disposición06 Agosto 2002
Fecha de publicación06 Agosto 2002
EmisorPROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO número A/068/02 del Procurador General de la República, por el que se crean las Unidades de Protección a los Derechos Humanos en las diversas unidades sustantivas de la Procuraduría General de la República y se establecen los lineamientos para la práctica de inspecciones en materia de Derechos Humanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.

ACUERDO No. A/068/02

ACUERDO POR EL QUE SE CREAN LAS UNIDADES DE PROTECCION A LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS DIVERSAS UNIDADES SUSTANTIVAS DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA PRACTICA DE INSPECCIONES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.

MARCIAL RAFAEL MACEDO DE LA CONCHA, Procurador General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 2o., fracción III, 6o., 14, 15, 17 y 42 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; y 1, 2, 4, 6, 8, 9, fracción VII, 44, 45 y 46 de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 establece como estrategias, dentro del Objetivo Rector 8, las de garantizar una procuración de justicia pronta, expedita, apegada a derecho y de respeto a los derechos humanos; combatir los delitos del ámbito federal, en especial el tráfico ilícito de drogas y los relativos a la delincuencia organizada, mediante la aplicación de acciones especializadas para investigar y perseguir eficazmente estos ilícitos con altos estándares de prueba y efectividad en la consignación de las indagatorias, con base en el desarrollo de estrategias de obtención, procesamiento y análisis e intercambio de información para la toma de decisiones ministeriales y policiales, así como la de depurar, desarrollar y dignificar a los responsables de la procuración de justicia;

Que el Programa Nacional de Procuración de Justicia 2001-2006, mismo que deriva del instrumento programático citado en el párrafo anterior, establece como su Objetivo Particular número 4 el crear las bases legales, institucionales, administrativas y de comportamiento ético, para que el Ministerio Público y sus órganos auxiliares, contribuyan eficazmente a la investigación de los delitos de una manera científica y con instrumentos tecnológicos apropiados para ello, a través del establecimiento de mecanismos permanentes de promoción, fortalecimiento y defensa de los derechos humanos, así como de capacitación del personal de la Institución en este ámbito;

Que de conformidad con los artículos 2o., fracción III y 6o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, los servidores públicos de la Institución deben velar y fomentar el respeto a los derechos humanos que otorga el orden jurídico mexicano y, en términos del artículo 51 del mismo ordenamiento, los agentes del Ministerio Público de la Federación y el personal policial y pericial, tienen entre otras obligaciones, las de salvaguardar la legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez en el desempeño de sus funciones, así como el conducirse siempre con...

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