Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar proposiciones o celebrar contrato con la ciudadana Socorro López Chena
Fecha de disposición | 03 Diciembre 2013 |
Fecha de publicación | 03 Diciembre 2013 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Petróleos Mexicanos.- Área de Responsabilidades.- Gerencia de Inconformidad.- Expediente SAN/25/2013. CIRCULAR 004
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPOSICIONES O CELEBRAR CONTRATO CON LA C. SOCORRO LÓPEZ CHENA.
Oficiales mayores de las dependencias,
de la Procuraduría General de la República,
equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fundamento en los artículos 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 8 y 9, primer párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria; 60, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo IV, de la resolución contenida en el oficio OICPM-AR-SAN-1322-2013, de veintinueve de octubre de dos mil trece, dictada en el expediente SAN/25/2013, a través de la cual se resolvió el procedimiento administrativo de sanción incoado a la C. SOCORRO LÓPEZ CHENA, con R.F.C. LOCS600729L85, esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno derivados de los procedimientos de contratación pública con dicha persona de manera directa o por interpósita persona, durante el plazo de tres meses contado a partir del día siguiente al que se publique en términos del artículo 111 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior...
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