Acuerdo mediante el cual se modifica el diverso por el que se establecen las Reglas de Operación del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos de las Organizaciones Agrarias (FAPPA 2002
Fecha de disposición | 27 Diciembre 2002 |
Fecha de publicación | 27 Diciembre 2002 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO mediante el cual se modifica el diverso por el que se establecen las Reglas de Operación del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos de las Organizaciones Agrarias (FAPPA 2002).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
Acuerdo mediante el cual se modifica el diverso por el que se establecen las Reglas de Operación del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos de las Organizaciones Agrarias (FAPPA 2002), que suscriben las secretarías de la Reforma Agraria (SRA), de Desarrollo Social (SEDESOL), de Economía (SE), de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), representadas por los CC. Subsecretarios de Política Sectorial, Jesús Mario Garza Guevara; de Desarrollo Social y Humano, Antonio Sánchez Díaz de Rivera; para la Pequeña y Mediana Empresa, Juan Bueno Torio, y de Gestión para la Protección Ambiental, Raúl Enrique Arriaga Becerra, así como el Coordinador General de Política Sectorial, Francisco Márquez Aguilar; respectivamente, con el objeto de modificar las Reglas de Operación 2002 del Fondo para el Apoyo a Proyectos Productivos de las Organizaciones Agrarias, en ejercicio de las facultades que les confiere su respectivo Reglamento Interior y con fundamento en los artículos 31, 32, 32 bis, 34, 35 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59 y 63 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento a lo que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 en el Diario Oficial de la Federación, el día 1 de enero de 2002, una vez publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las reglas de operación de los programas a cargo de las dependencias que operen con subsidios no podrán modificarse durante el ejercicio, salvo en los casos que por circunstancias extraordinarias o no contempladas al principio del ejercicio, se presenten problemas en la operación de los programas, modificaciones que previamente deberán ser autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
Que la Secretaría de la Reforma Agraria, en términos del considerando anterior, presentó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una solicitud de autorización para modificar las reglas de operación...
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