Programa de Atención Integral a Víctimas 2014-2018

Fecha de disposición16 Julio 2015
Fecha de publicación16 Julio 2015
EmisorCOMISION EJECUTIVA DE ATENCION A VICTIMAS
SecciónTERCERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Sistema Nacional de Atención a Víctimas. El Pleno del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, con fundamento en los artículos 1 y 20, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracción ii, 83, 88, fracción iii, 114, fracción iv, 115, fracciones iii y vii, 116, fracciones vi y x, 118, fracciones iv y vi, y 119, fracción iv, de la Ley General de Víctimas; y 19 y 39, fracción vi, del Reglamento de la Ley General de Víctimas, y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla, en su artículo 1o., la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas.

Que con la reforma constitucional mexicana de 18 de junio de 2008, se hizo un reconocimiento expreso a los derechos de las personas en situación de víctimas en su artículo 20, apartado C.

Que en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, la Resolución 40/34 de 29 de noviembre de 1985, relativa a los Derechos sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso del Poder, y la Resolución 60/147 de 16 de diciembre de 2005, relativa a los Principios y Directrices Básicos sobre el Derecho de las Víctimas de Violaciones Manifiestas de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y de Violaciones Graves del Derecho Internacional Humanitario a Interponer Recursos y Obtener Reparaciones, ambas aprobadas por la Asamblea General de las Organización de las Naciones Unidas, señalan el trato y respeto a la dignidad y derechos humanos que debe dárseles a las personas en situación de víctimas, así como la adopción de diversas medidas para garantizar su seguridad, bienestar físico y psicológico.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 en la meta nacional México en Paz, establece garantizar el respeto y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación, contemplando la implementación de políticas en materia de atención a víctimas de delitos y violación de derechos humanos.

Que de manera particular, la estrategia 1.5.3 del Plan Nacional de Desarrollo contempla "proporcionar servicios integrales a las víctimas u ofendidos de delitos", previendo líneas de acción acorde al funcionamiento del Sistema Nacional de Atención a Víctimas.

Que en la meta nacional México con Responsabilidad Global, dentro de la estrategia 5.4.4, se contempla "diseñar y ejecutar programas de atención especial a grupos vulnerables de migrantes".

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Víctimas, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es el órgano operativo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas encargado de proponer políticas públicas en materia de atención, asistencia, protección, acceso a la justicia, a la verdad y reparación integral de las personas en situación de víctimas.

Que es fundamental para la consecución de los fines del Estado mexicano en la atención a víctimas contar con un programa que reoriente, dirija, coordine, ejecute y supervise la política pública en la materia.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en la fracción iii del artículo 88 de la Ley General de Víctimas y 19 del Reglamento de la Ley General de Víctimas, elaboró para aprobación del Sistema Nacional de Atención a Víctimas el

PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS 2014-2018

QUE INCLUYE EL PROGRAMA ANUAL 2015

ÍNDICE

MARCO NORMATIVO

CAPÍTULO I DIAGNÓSTICO
CAPÍTULO II ALINEACIÓN A LAS METAS NACIONALES
CAPÍTULO III OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN
CAPÍTULO IV INDICADORES

TRANSPARENCIA

SIGLAS Y ACRÓNIMOS

ANEXO A CORRESPONDENCIA DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES RESPONSABLES EN EL PROGRAMA POR ESTRATEGIA

MARCO NORMATIVO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Instrumentos internacionales

Carta de las Naciones Unidas.

Carta de la Organización de los Estados Americanos.

Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador".

Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte.

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Declaración para el Reconocimiento de la Competencia del Comité contra la Tortura, de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Enmiendas a los artículos 17, párrafo 7, y 18, párrafo 5, de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará".

Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

Convención Internacional para la Supresión de la Trata de Mujeres y Menores.

Convención Internacional Relativa a la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad.

Protocolo que modifica el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concluido en Ginebra el 30 de septiembre de 1921, y el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concluido en la misma ciudad el 11 de octubre de 1933.

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.

Declaración para el Reconocimiento de la Competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.

Enmiendas al artículo 8 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid.

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.

Convención Relativa a la Esclavitud.

Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud.

Protocolo que Enmienda la Convención sobre la Esclavitud, firmada en Ginebra el 25 de septiembre de 1926.

Convención sobre el Consentimiento para el Matrimonio, la Edad Mínima para Contraer Matrimonio y el Registro de los Matrimonios.

Convención sobre el Estatuto de los Apátridas.

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados.

Convención sobre Extradición.

Convención celebrada entre México y varias naciones, sobre Condiciones de los Extranjeros.

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Convención sobre Nacionalidad de la Mujer.

Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada.

Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales.

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y Protocolo Facultativo.

Convención sobre los Derechos del Niño.

Enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de los Niños en la Pornografía.

Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer.

Convenio 105 de la Organización Internacional del Trabajo Relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso (1957).

Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (Convenio de la Organización Internacional del Trabajo, 1989).

Convenio Relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y Femenina por un Trabajo de Igual Valor (Convenio Número 100 de la Organización Internacional del Trabajo, 1951).

Convenio Relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación (Convenio Número 111 de la Organización Internacional del Trabajo, 1958).

Convenio Relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio (Convenio Número 29 de la Organización Internacional del Trabajo, 1930).

Convenio sobre la Prohibición de las Peores Formas...

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