Programa Institucional 2020-2024 de la Comisión Nacional de Vivienda.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Comisión Nacional de Vivienda. Programa Institucional 2020-2024 de la Comisión Nacional de Vivienda

PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

2019-2024

  1. - Índice

  2. Índice

    Presentación

  3. Fundamento normativo de elaboración del programa

  4. Siglas y acrónimos

  5. Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

  6. Análisis del estado actual

    5.1 Alineación a objetivos nacionales y sectoriales de Planeación

    5.2 Alineación a grandes retos mundiales

    5.3 Problemática identificada

    5.4 Misión, visión y objetivos institucionales de la Comisión Nacional de Vivienda

  7. Objetivos prioritarios

    6.1 Objetivo prioritario

  8. Estrategias prioritarias y acciones puntuales

  9. Metas para el bienestar y parámetros

  10. Epílogo: Visión hacia el futuro

    Presentación

    El Gobierno de México impulsa una política de vivienda que tiene como objetivo atender las funciones relativas a promover, respetar, proteger y garantizar el derecho de todos los mexicanos a una vivienda adecuada, a través de mecanismos financieros apropiados para el desarrollo de programas de vivienda social, centrándose en las familias que viven en condiciones de riesgo y en los grupos vulnerables.

    De esta manera, se busca dar cumplimiento al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que "Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo".

    En este contexto, la Comisión Nacional de Vivienda, en atención a las facultades y obligaciones que le confiere la Ley de Planeación, la Ley de Vivienda, y la Ley Federal de Entidades Paraestatales, presenta su Programa Institucional 2020 2024 (PI-Conavi 2020-2024) el cual se rige por el principio rector del Plan Nacional de Desarrollo: Democracia significa el poder del pueblo.

  11. - Fundamento normativo de elaboración del programa

    Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.- El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)(1) establece que "toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa" y, refiere, que "la Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo".

    Ley de Planeación.- El Artículo 17, fracción II de la Ley de Planeación, donde se establece que corresponde a las entidades paraestatales elaborar sus respectivos programas institucionales, en los términos previstos en esta Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas.(2)

    Ley de Vivienda.- Ley reglamentaria del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece en su artículo 10 que los programas institucionales en materia de vivienda deberán ajustarse a la Ley de Planeación y a lo dispuesto por esta Ley y el Programa Nacional de Vivienda. Asimismo, establece en su artículo 19 fracción I, que corresponde a la Comisión Nacional de Vivienda, formular y ejecutar su programa institucional, así como las disposiciones y reglas de operación necesarias para llevar a cabo las acciones de vivienda del gobierno federal orientadas a proteger y garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, principalmente de la población de menores ingresos o en situación de pobreza. .(3).

    Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.- Derivado de las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicadas en el Diario Oficial de la Federación el de 22 de enero de 2020, corresponde a la Secretaría de Desarrolla Agrario, Territorial y Urbano elaborar y conducir las políticas de vivienda, ordenamiento territorial, desarrollo agrario y urbano, tal como se establece en su artículo 41, fracción I, por lo que a partir de esa fecha la Comisión Nacional de Vivienda quedó sectorizada en esta Secretaría conforme lo establecido en artículo décimo octavo transitorio.(4)

    Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.- Esta Ley dispone que la planeación, regulación y gestión de los asentamientos humanos o centros de población, el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y servicios básicos de todos los habitantes, debe darse a partir de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales suscritos por México en la materia.(5)

    Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente. - En el Artículo 23, donde se establece entre los criterios para contribuir al logro de los objetivos de la política ambiental, la planeación del desarrollo urbano y la vivienda, ordenando la diversidad y eficiencia de los usos del suelo y, estableciendo el fomento de la mezcla de los usos habitacionales con los productivos que no representen riesgos o daños a la salud o que afecten áreas de valor ambiental. (6)

    Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En su artículo 11 establece el Tratado del que se desprenden el concepto y los estándares internacionales sobre la vivienda adecuada.

    Convención de Derechos de las Niñas y Niños- Establece en su artículo 27 el Tratado interrelacionado con el derecho a la vivienda adecuada como un estándar de protección esperado para niñas y niños.

    Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. Establece en el artículo 5º el Tratado interrelacionado con el derecho a la vivienda adecuada como un estándar de protección esperado para personas de grupos en condiciones de vulnerabilidad por su origen étnico racial.

    Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer- Establece en el artículo 14 el Tratado interrelacionado con el derecho a la vivienda adecuada como un estándar de protección esperado para personas en vulnerabilidad por las condiciones estructurales relacionadas con las mujeres.

    Declaración Universal de los Derechos Humanos- En su artículo 25 se establece como el Documento legal mediante el que se reconoció originalmente el derecho a la vivienda adecuada como un derecho fundamental. Observación general No. 4 de las Naciones Unidas El derecho a una vivienda adecuada: los Estados Partes "reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia".

    Con base en lo establecido en el Capítulo tercero, artículo 11, fracciones VII y XII del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi)(7), acerca de las facultades de la Directora o Director General de la Comisión, para proponer a la Junta de Gobierno para su aprobación, el PI-Conavi 2020-2024 y presentar ante el Presidente de la República y la Junta de Gobierno el Informe Anual de la Comisión, así como de la situación que guardan semestralmente los programas a su cargo.

    Con el propósito de dar cumplimiento a lo antes expuesto, el PI-Conavi 2020-2024 contiene Objetivos Prioritarios, Estrategias Prioritarias, Acciones Puntuales, Metas para el Bienestar, Parámetros y una visión hacia el futuro, que orientan las políticas y establecen las prioridades de la Conavi, y que contribuirán al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024 y el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2020-2024. La coordinación de su publicación, ejecución y seguimiento están a cargo de la Subdirección General de Análisis de Vivienda, Prospectiva y Sustentabilidad de la Conavi.

  12. - Siglas y acrónimos

    ACNUDH:
    Alto Comisionado para los Derechos Humanos

    CENAPRED:
    Centro Nacional de Prevención de Desastres
    CIV:
    Comisión Intersecretarial de Vivienda
    CONAPO:
    Consejo Nacional de Población
    Conavi:
    Comisión Nacional de Vivienda
    CONEVAL:
    Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social
    DHVA:
    Derecho Humano a una Vivienda Adecuada
    DOF:
    Diario Oficial de la Federación
    ENIGH:
    Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares
    FOVISSSTE:
    Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado
    INEGI:
    Instituto Nacional de Estadística y Geografía
    INFONAVIT:
    Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
    INMUJERES:
    Instituto Nacional de las Mujeres
    GEI:
    Gases Efecto Invernadero
    ODS:
    Objetivos de Desarrollo Sostenible.
    ONU:
    Organización de las Naciones Unidas
    ONAVIS:
    Organismos Nacionales de Vivienda
    PAM:
    Población de Adultos Mayores
    PCD:
    Personas con discapacidad
    PEG:
    Perspectiva de género.
    PI-Conavi 2020-2024
    Programa Institucional 2020-2024 de la Comisión Nacional de Vivienda
    PND:
    Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
    PNV:
    Programa Nacional de Vivienda 2020-2024
    Pp:
    Programa presupuestario
    Pp S177:
    Programa de Vivienda Social
    Pp S281:
    Programa Nacional de Reconstrucción
    PSEDATU:
    Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2020-2024
    SEDATU:
    Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
    SHF:
    Sociedad Hipotecaria Federal.
    SNIIV:
    Sistema...

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