Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez. Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez

Derivado del acuerdo de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, establecido en su Segunda Sesión Ordinaria, de fecha 10 de noviembre de 2020, y con fundamento en los artículos 17, fracciones II y V, 22, 24 y 29, párrafo tercero, 31, párrafo segundo, de la Ley de Planeación, 47, 48, 49, y 58, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 22, primer párrafo, de su Reglamento, y 24, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, la H Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, aprueba el Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, he tenido a bien emitir el siguiente:

Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez

  1. Índice

    Mensaje del Director General

  2. Fundamento normativo

  3. Siglas y acrónimos

  4. Origen de los recursos para instrumentación del Programa

  5. Análisis del estado actual

  6. Objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales

    i. Objetivos prioritarios

    ii. Estrategias prioritarias y Acciones puntuales

  7. Metas para el bienestar y Parámetros

  8. Epílogo

    Mensaje del Director General

    El Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez se inauguró el 18 de abril 1944, tomando como pilares en la atención médica cardiovascular la excelencia y calidad humanitaria, acompañada del ejercicio de la docencia y la investigación.

    El proceso de mantener la posición de liderazgo como autoridad nacional en la cardiología debe ser continuado con ahínco y sin tregua para responder con hechos al reto de conservar nuestra tradición y aportar nuestro legado: para beneficio de la población que atendemos y para orgullo de pertenencia al INC de sus actuales y futuras generaciones.

    El Programa Institucional del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, se elaboró de conformidad con la normatividad vigente en materia de planeación y las funciones sustantivas consignadas y relacionada con su objeto de creación.

  9. Fundamento normativo

    a. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    La Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4º, establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, con las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud que la Ley defina, considerando la existencia de un sistema de salud para el bienestar que garantice la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

    En su artículo 26, apartado A, establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

    b. Ley de Planeación

    La planeación, de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Planeación, deberá llevarse a cabo como medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género y tenderá a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución.

    El artículo 12, en concatenación con la fracción II, del artículo 17º, ambos de la Ley de Planeación establecen que, las entidades paraestatales deberán elaborar sus respectivos programas institucionales, en los términos previstos en esta Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas.

    El 17 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa Sectorial de Salud (PSS) 2020-2024, el cual deriva del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en citado medio de difusión el 12 de julio de 2019, mismo que establece los objetivos, estrategias y acciones, a los que deberá apegarse las diferentes Instituciones de la Administración Pública Federal para materializar el derecho a la protección de la Salud, por lo que siendo el Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, siendo un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el Sector Salud, tiene la obligación de publicar el presente Programa.

    El artículo 21 Bis de este mismo ordenamiento establece que, los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo deberán guardar congruencia, en lo que corresponda, con el horizonte de veinte años y la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.

    c. Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento

    El artículo 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales promulga que las entidades para su desarrollo y operación deberán sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de gasto y financiamiento autorizadas; para ello deben formular sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazos.

    Por otra parte el artículo 48, de la Ley citada a la que se refiere este apartado, establece que el Programa Institucional constituye la asunción de compromisos en términos de metas y resultados que debe alcanzar la entidad paraestatal y en su artículo 49 mandata que el programa institucional se elaborará para los términos y condiciones a que se refiere el artículo 22 de la Ley de Planeación y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.

    Asimismo en el artículo 22 señala que la operación de las entidades paraestatales se regirá por los programas sectoriales en cuya elaboración participen y en su caso por los programas institucionales que las mismas formulen y aprueben sus órganos de gobierno, en congruencia con los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo.

    Para la ejecución de los programas a que se refiere el párrafo anterior, las entidades elaborarán, programas anuales a partir de los cuales deberán integrarse los proyectos de presupuesto anual respectivos.

    d. Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024

    El Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez se ajusta al eje identificado con el numeral dos, denominado "Política Social" del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019.

    El Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez es el responsable de coordinar la publicación, ejecución y seguimiento del Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.

    e. Otras disposiciones

    El Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, también se encuentra fundamentada en los artículos 1, 2 fracción XVI, 4 fracción VII, 16, 24 fracción I, 25, 39, 40, 41, 42, 43 y 44 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; así como los artículos 1, 3 fracción I, 9 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  10. Siglas y acrónimos

    DOF: Diario Oficial de la Federación.

    ECV: Enfermedades Cardiovasculares.

    ENT: Enfermedades No Transmisibles.

    IC: Insuficiencia Cardiaca.

    INC. Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.

    INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

    LGBTTTIQ: Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti, Intersexual Queer.

    MDP. Millones de pesos.

    OASIS: Oficina de Apoyo Sistemático para la Investigación Superior.

    OMS: Organización Mundial de la Salud.

    PPEF. Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

    PSS: Programa Sectorial de Salud.

    PUEM: Programa Único de Especialidades.

    SHCP. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    TIC: Tecnologías de Información y Comunicación

    SNI. Sistema Nacional de Investigadores.

    SNS: Sistema Nacional de Salud.

    UNAM: Universidad Nacional Autónoma de México.

    UNESCO. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

  11. Origen de los recursos para instrumentación del Programa

    La totalidad de las acciones que se consideran en este Programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones, y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el programa, mientras éste tenga vigencia.

  12. Análisis del estado actual

    De acuerdo con lo establecido en la Ley de los Institutos Nacionales de Salud y el artículo 1º del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, el INC es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el Sector Salud, que tiene por objeto principal, la investigación científica, la formación y capacitación de recursos humanos calificados y la prestación de servicios de atención médica de alta...

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