Programa Institucional 2020-2024 del Hospital General Dr. Manuel Gea González.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.- Hospital General Dr. Manuel Gea González.- Dirección General. PROGRAMA INSTITUCIONAL 2020-2024 DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ.

OCTAVIO SIERRA MARTÍNEZ, Director General del Hospital General Dr. Manuel Gea González, con fundamento en los artículos 4o, tercer párrafo y 26 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, 39, fracción I, 48 y 49 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o, 16, fracción VI, 17, fracciones II y V, 22, 24 y 29, párrafo tercero, 30 de la Ley de Planeación; 47, 48, 49, 58, fracciones I y II, y 59, fracciones II y XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 22 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1o, 5o. y 7o. de la Ley General Salud, el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación y que las leyes determinarán las relaciones entre las entidades paraestatales y el Ejecutivo Federal, o entre éstas y las Secretarías de Estado.

En este contexto, los artículos 17, fracción II, 24 y 29 de la Ley de Planeación indican que las entidades paraestatales deberán elaborar su programa institucional bajo las previsiones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo y el programa sectorial correspondiente, así como en lo conducente, a la ley que regule su organización y funcionamiento. Asimismo, en cuanto a su procedimiento, establece que los programas institucionales deben ser sometidos por el órgano de gobierno y administración de la entidad paraestatal de que se trate, a la aprobación del titular de la dependencia coordinadora del sector.

Considerando que el 22 de julio de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, derivado del cual se publicó, el 17 de agosto de 2020, el Programa Sectorial de Salud 2020-2024 y que, en razón de lo anterior, en la Tercera sesión ordinaria de la Junta de Gobierno del Hospital General Dr. Manuel Gea González, celebrada el 4 de noviembre de 2020, fue presentado el Programa Institucional 2020-2024 del Hospital General Dr. Manuel Gea González, el cual fue aprobado mediante Acuerdo 0-03/2020-3 mismo que señala lo siguiente: "Con fundamento en los Artículos 17, fracción 11, 22, 24 y 29, párrafo tercero, 31, párrafo segundo, de la Ley de Planeación, 47, 48, 49, y 58, fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 22, primer párrafo, de su Reglamento, y 24, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, la H Junta de Gobierno del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", aprueba el Programa Institucional 2020-2024 del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", y solicita al Director General, continuar el proceso de revisión y validación por parte de las instancias globalizadoras y de mejora regulatoria que correspondan, hasta su publicación en el Diario Oficial de la Federación".

Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 59, fracciones II y XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 del Estatuto Orgánico del Hospital General Dr. Manuel Gea González y en atención al Acuerdo O-03/2020-3 emitido por la Junta de Gobierno del Hospital General Dr. Manuel Gea González, he tenido a bien emitir el siguiente:

PROGRAMA INSTITUCIONAL 2020-2024 DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ

Índice

  1. - Fundamento Normativo

  2. - Siglas y Acrónimos

  3. - Origen de los recursos para la instrumentación del programa

  4. - Análisis de la situación actual

  5. - Objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales

    5.1 Objetivos prioritarios

    5.2 Relevancia de cada objetivo prioritario

    5.3 Vinculación entre el Programa Institucional del Hospital General Dr. Manuel Gea González 2020-2024 y el Programa Sectorial de Salud 2020-2024.

    5.4 Estrategias prioritarias y acciones puntuales

  6. - Metas para el Bienestar y Parámetros

    6.1 Metas para el Bienestar y Parámetros

  7. - Epilogo: visión de largo plazo

  8. Fundamento Normativo.

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    En el artículo 4o., tercer párrafo señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

    En su artículo 26, apartado A establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

    Ley de Planeación.

    En el artículo 21 establece que el PND precisará los objetivos nacionales, la estrategia y las prioridades del desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible del país; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución; y establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional.

    El artículo 17, fracción II establece que a las entidades paraestatales les corresponde elaborar sus respectivos programas institucionales, en los términos previstos en la misma Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente, observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas;

    Ley General de Salud.

    El artículo 1o. establece que esa Ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en términos del diverso 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    De conformidad con lo dispuesto por los artículos 5o. y 7o., el Sistema Nacional de Salud, coordinado por la Secretaría de Salud, está constituido por las dependencias y entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por los mecanismos de coordinación de acciones.

    Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

    El artículo 47 dispone que las entidades paraestatales, para su desarrollo y operación, deberán sujetarse a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de gasto y financiamiento autorizadas. Dentro de tales directrices las entidades formularán sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazos.

    Por su parte, el artículo 58 establece las atribuciones indelegables de los Órganos de Gobierno de las entidades paraestatales, entre las que se encuentra, establecer en congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales, definir las prioridades, así como, aprobar los programas y presupuestos de dichas entidades.

    Decreto del Hospital General Doctor Manuel Gea González.

    En su artículo 9o., fracción I, señala que la Junta de Gobierno tendrá la facultad indelegable de establecer las políticas generales y definir las prioridades a las que estará sujeto el Hospital en relación con los servicios, productividad, finanzas, desarrollo tecnológico y administración general, en congruencia con los programas sectoriales.

    Estatuto Orgánico del Hospital General Dr. Manuel Gea González.

    El artículo 4 establece que el organismo para su desarrollo y operación, conducirá sus actividades en forma programada y de conformidad con la Ley de Planeación, las políticas, estrategias y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, así como con las disposiciones que emita la Secretaría de Salud en su carácter de coordinadora del Sector Salud y de su respectivo programa institucional.

    Programa Sectorial de Salud.

    El penúltimo párrafo del numeral 2. Fundamento normativo de elaboración del programa, dispone que el Programa Sectorial de Salud 2020 - 2024 (PSS) es un programa derivado del PND que establece los objetivos, estrategias y acciones, a los que deberán apegarse las diferentes instituciones de la Administración Pública Federal para materializar el derecho a la protección de la salud.

  9. Siglas y Acrónimos

    CCINSHAE: Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad.

    CONACYT: Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

    Hospital: Hospital General Dr. Manuel Gea González.

    INSABI: Instituto de Salud para el Bienestar.

    LGBTTTI: Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Travestis, Transgénero, Transexuales e Intersexuales.

    ENT: Enfermedades No Transmisibles.

    NA: No aplica.

    ND: No disponible.

    ONG´s: Organizaciones No Gubernamentales.

    PND: Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

    PSS: Programa Sectorial de Salud 2020-2024.

    SNS: Sistema Nacional de Salud.

    UNAM: Universidad Nacional Autónoma de México.

  10. Origen de los recursos para la instrumentación del programa.

    La totalidad de las acciones que se consideran en este programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus Objetivos prioritarios, Estrategias prioritarias y Acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones, y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el programa, mientras éste tenga vigencia.

  11. Análisis de la Situación actual.

    Atención Médica.

    El Hospital General "Dr. Manuel Gea González" es un organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Salud, que ha contribuido al cumplimiento del derecho...

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