Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Medicina Genómica.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto Nacional de Medicina Genómica.- México. Programa Institucional 2020-2024 del Instituto Nacional de Medicina Genómica

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE ENTIDAD SECTORIZADA DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

  1. - Índice

    1. Índice
    2. Fundamento normativo
    3. Siglas y acrónimos
    4. Origen de los recursos para la instrumentación del programa
    5. Análisis del estado actual
    6. Objetivos prioritarios
    6.1.
    Relevancia del Objetivo Prioritario 1: Formar recursos humanos líderes en investigación y en la traslación del conocimiento dentro del campo de las ciencias "ómicas", sus aplicaciones biomédicas y medicina de precisión, a través de la cooperación interinstitucional con Universidades Nacionales e Internacionales.
    6.2.
    Relevancia del Objetivo Prioritario 2: Coordinar las acciones para garantizar el correcto funcionamiento de los equipos biotecnológicos, biomédicos, de laboratorio y tecnologías de la comunicación y telecomunicaciones.
    6.3.
    Relevancia del Objetivo prioritario 3: Contribuir al desarrollo de la Bioinformática en el INMEGEN a través del desarrollo de herramientas web públicas, aplicadas a la cobertura en salud.
    6.4.
    Relevancia del Objetivo Prioritario 4: Establecer alianzas con instituciones dedicadas a la investigación, así como académicas y con el sector industrial, con el fin de incrementar la capacidad para proveer soluciones metodológicas de diagnóstico, pronóstico y manejo clínico en materia de medicina genómica para todas las especialidades del Sector Salud.
    6.5.
    Relevancia del Objetivo Prioritario 5: Priorizar las líneas de investigación enfocadas a la prevención y la identificación de riesgos de las condiciones de salud que más aquejan a nuestra población, como lo son: Diabetes mellitus, Hipertensión, Cardiopatías, Enfermedades Psiquiátricas y Neurológicas y Cáncer.
    6.6.
    Relevancia del Objetivo Prioritario 6. Desarrollar investigación científica y tecnológica aplicada a la medicina genómica y de precisión orientada a la solución de los problemas de salud pública de México, con énfasis en los aspectos preventivos de las enfermedades.
    6.7.
    Vinculación de los Objetivos Prioritarios del Programa Institucional 2020-2024 del INMEGEN con el Programa Sectorial de Salud 2020-2024.
    7. Estrategias prioritarias y acciones puntuales
    8. Metas para el bienestar y Parámetros
    9. Epílogo: Visión hacia el futuro
  2. - Fundamento normativo

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 26, Apartado A, segundo párrafo, establece que habrá un Plan Nacional de Desarrollo, al que se sujetarán, obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 aprobado por Decreto publicado el 12 de julio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación es el principal instrumento de planeación de esta administración y define las prioridades nacionales que busca alcanzar el Gobierno.

    En este sentido, la Carta Magna en su artículo , párrafo cuarto establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las Entidades Federativas en materia de salubridad general, y definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

    La Ley General de Salud, reglamenta el derecho a la protección de salud y establece las bases y modalidades para el acceso a dichos servicios y la concurrencia entre la Federación y las Entidades Federativas en materia de salubridad general. Asimismo, el artículo 5 de dicho ordenamiento dispone que el Sistema Nacional de Salud se constituye por las dependencias y entidades de la Administración Pública tanto federal como local y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios de salud y por los mecanismos de coordinación de acciones. Es importante señalar el marco jurídico que vincula a las diferentes instituciones del Sector Salud y que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del mencionado ordenamiento, la coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la Secretaría de Salud y que le corresponde, entre otras atribuciones, establecer y conducir la política nacional en materia de salud (fracción I) y coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso se determinen (fracción II).

    Adicionalmente, el artículo 39, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que es facultad de la Secretaría de Salud elaborar y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos gratuitos universales y salubridad general, con excepción a lo relativo al saneamiento del ambiente, y coordinar los programas de servicios de salud de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que en su caso se determinen.

    En cumplimiento a las disposiciones jurídicas en materia de planeación, el 12 de julio de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Plan Nacional de Desarrollo en el cual señala que los recursos destinados a financiar los programas sociales provendrán de lo que se ahorre con el combate a la corrupción y la eliminación de gastos suntuarios, además señala que el gobierno federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia 2024, todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos el suministro de medicamentos, materiales de curación y los exámenes clínicos. Cabe señalar que el PND, define los principios, ejes y estrategias de la presente administración, así como las prioridades nacionales que busca alcanzar el Gobierno de México.

    El Programa Sectorial de Salud 2020 - 2024 es un programa derivado del Plan Nacional de Desarrollo, que establece los objetivos, estrategias y acciones, a los que deberán apegarse las diferentes instituciones de la Administración Pública Federal para materializar el derecho a la protección de la salud, por lo que la elaboración del Programa Sectorial de Salud parte de la necesidad de disponer de un sistema único, público, gratuito y equitativo de salud que garantice el acceso efectivo de toda la población a servicios de salud de calidad, en consonancia con lo señalado en el Plan Nacional de Desarrollo 2019 - 2024: "el gobierno federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia el 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos el suministro de medicamentos y materiales de curación y los exámenes clínicos".

    Por otra parte, conforme al artículo 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, para su desarrollo y operación, el INMEGEN se sujeta a la Ley de Planeación, al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones de gasto y financiamiento autorizadas. En este sentido, la Ley de Planeación establece en los artículos 1, 2, fracción IV, 9 y 17, fracción II, la obligatoriedad de elaborar los respectivos programas institucionales, en los términos previstos en esa Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el Programa Sectorial de Salud 2020-2024 correspondiente observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas.

    Adicionalmente, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en sus artículos 39, 40, 41, 42, 43 y 44, los criterios para la elaboración y aprobación de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, los cuales deben realizarse con base en objetivos y parámetros cuantificables de política económica y tomando en consideración los indicadores de desempeño correspondientes. Además, deberán ser congruentes con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas que se derivan del mismo. Los ejecutores del gasto serán responsables de llevar a cabo la administración por resultados, esto implica que deberán cumplir con las metas y objetivos previstos en sus respectivos programas de manera eficiente y oportuna.

    Es así como el Instituto Nacional de Medicina Genómica, se apega a lo establecido y fundado anteriormente y presenta su Programa Institucional 2020 - 2024. De acuerdo con los artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 5 fracción V bis de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud y 1° del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Medicina Genómica, es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa, agrupado en el Sector coordinado por la Secretaría de Salud. El Instituto tiene por objeto, en el campo de la medicina genómica, la investigación científica, la formación y capacitación de recursos humanos especializados, el desarrollo de tecnología y la vinculación con la industria para el desarrollo de productos y servicios de base genómica, y cuyo ámbito de acción comprende...

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