Programa Institucional 2020-2024 del Hospital General de México Dr. Eduardo Liceaga.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga". Con fundamento en los artículos 17, fracción II y V, 22, 24 y 29, párrafo tercero, 31, párrafo segundo, de la Ley de Planeación, 47, 48, 49, y 58, fracciones I y II, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 22, primer párrafo, de su Reglamento, y 24, fracción I, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, la H. Junta de Gobierno del Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga" aprobó, mediante el Acuerdo O-04/2020-01, el Programa Institucional 2020-2024 del Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga", y solicitó a la Directora General continuar con el proceso de revisión y validación por parte de las instancias globalizadoras y de mejora regulatoria que correspondan, hasta su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que se emite el siguiente:

Programa Institucional 2020-2024 del Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga".

Índice

  1. Fundamento normativo

  2. Siglas y acrónicos

  3. Origen de los recursos para la instrumentación del programa

  4. Análisis del estado actual

  5. Objetivos prioritarios

  6. Estrategias prioritarias y acciones puntuales

  7. Metas para el bienestar y parámetros

  8. Epílogo: visión a largo plazo

  9. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA.

    El artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable; estableciendo como mecanismo para lograrlo al Sistema Nacional de Planeación Democrática, el cual deberá imprimirle solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al desarrollo nacional, en apego a lo establecido en el Artículo 26, apartado A de la CPEUM.

    El Plan Nacional de Desarrollo (PND), por su parte, se constituye en el instrumento a través del cual se concretan las aspiraciones y demandas de la sociedad (artículo 26 de la CPEUM), enunciando los problemas nacionales y definiendo las soluciones en una proyección sexenal.

    Por otra parte, la Ley de Planeación establece en su artículo 4o. que es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en dicha Ley. Del mismo modo el artículo 5o. establece que el Ejecutivo Federal elaborará el PND y lo remitirá a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su aprobación, en los plazos previstos en esta Ley. En cumplimiento a dicha disposición jurídica, el 12 de julio de 2019, se publicó en el DOF el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el cual define los principios, ejes y estrategias de la presente administración, así como las prioridades nacionales que busca alcanzar el Gobierno de México.

    Con la publicación del Plan Nacional de Desarrollo, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben elaborar los programas que se deriven del Plan y que estén vinculados a su ramo, con base en los lineamientos que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En ese sentido, la Secretaría de Salud, como dependencia del ejecutivo y como cabeza de sector, tiene la obligación de emitir el Programa Sectorial correspondiente (artículo 16, fracción III y IV de la Ley de Planeación).

    En cumplimiento a este ordenamiento, el Programa Sectorial de Salud 2020 - 2024 (PSS) fue publicado el 17 de agosto de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, como programa derivado del PND, en el cual se establecen los objetivos, estrategias y acciones, a los que deberán apegarse las diferentes instituciones de la Administración Pública Federal para materializar el derecho a la protección de la salud.

    En consecuencia y de acuerdo a lo establecido en el artículo 17, fracción II de la Ley de Planeación, el Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga" (HGM), como entidad paraestatal, tiene la responsabilidad de elaborar su respectivo Programa Institucional, en los términos previstos en esta Ley, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento; atendiendo a las previsiones contenidas en el Programa Sectorial de Salud y observando en lo conducente las

    variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas.

    En acatamiento a estos ordenamientos, el Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga" presenta el siguiente Programa Institucional, el cual tiene el objetivo de conducir los esfuerzos de esta institución para la consecución de sus objetivos y metas y para colaborar con lo establecido en el Programa Sectorial de Salud y el Plan Nacional de Desarrollo de la presente administración.

  10. SIGLAS Y ACRÓNIMOS

    APF: Administración pública federal.

    CCINSHAE: Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad.

    CPEUM: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    DOF: Diario Oficial de la Federación.

    ENT: Enfermedades no transmisibles.

    HGMEL: Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga".

    INSABI: Instituto de Salud para el Bienestar.

    IRSP: Incidentes relacionados con la seguridad del paciente.

    PND: Plan Nacional de Desarrollo.

    PSS: Programa Sectorial de Salud

    SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    SNI: Sistema Nacional de Investigadores

    SNS: Sistema Nacional de Salud.

    SS: Secretaría de Salud.

  11. ORIGEN DE LOS RECURSOS PARA LA INSTRUMENTACIÓN DEL PROGRAMA.

    La totalidad de las acciones que se consideran en este programa, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos prioritarios, estrategias prioritarias y acciones puntuales, así como las labores de coordinación interinstitucional para la instrumentación u operación de dichas acciones, y el seguimiento y reporte de las mismas, se realizarán con cargo al presupuesto autorizado de los ejecutores de gasto participantes en el programa, mientras éste tenga vigencia.

  12. ANÁLISIS DEL ESTADO ACTUAL.

    El funcionamiento y operación del Hospital General de México "Dr. Eduardo Liceaga" está influenciado por una gran diversidad de factores, elementos y características dentro de una sociedad que está emprendiendo un cambio de rumbo, pero cuyo objetivo, en materia de salud, es garantizar la protección de la salud, con acceso y cobertura universal de atención, en apego a lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    De acuerdo con el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2020, el actual Sistema Nacional de Salud no garantiza el derecho a la salud de toda la población, ni el acceso efectivo a los servicios requeridos por las personas y las comunidades, lo que implica que un volumen importante de habitantes está desprotegido ante problemas y padecimientos que afectan su salud y bienestar. Tal situación atañe directamente al HGMEL, dado que esta institución tiene el reto de seguir constituyéndose, como lo ha hecho a lo largo de su historia, en uno de los pilares de la atención a la salud en el país, sobre de todo para la población más desprotegida y con mayores carencias.

    Otro factor que debe considerarse es que en el país han tenido poco efecto la educación, promoción y prevención de la salud, lo cual se puede evidenciar en los altos porcentajes de población obesa, con sobrepeso y con problemas de hipertensión arterial y diabetes mellitus, entre otros; lo cual termina traduciéndose en una alta demanda de servicios de mayor complejidad y costo para el HGMEL y en general para la sociedad.

    En concordancia con lo establecido en el PSS, existen deficiencias en la forma en que se ofrece la atención a los usuarios de los servicios de salud, provocando que la percepción de esos servicios sea que son de mala calidad y deshumanizados. En concreto, en el HGMEL factores como la saturación de los servicios debido a la demanda de atención y el índice de concentración de pacientes por servicio provocan que la

    atención no se apegue a los estándares de atención y de calidad, lo que implica la necesidad de definir nuevas estrategias para la atención y canalización de pacientes más efectivas y eficientes.

    Así mismo, es prioritario generar instrumentos de mejora continua que permitan la incorporación y perfeccionamiento de las prácticas orientadas a la calidad, debido a ello el Hospital busca obtener la recertificación del Consejo de Salubridad General, sobre todo para asegurar y mantener estándares de calidad acordes con las diferentes normas competentes.

    Otros elementos presentes en el entorno en el que opera el Hospital General de México están relacionados con el panorama epidemiológico actual, en específico con los padecimientos crónico degenerativos y las enfermedades no transmisibles (ENT), los cuales debido a una atención inadecuada genera en las personas complicaciones serias que limitan su posibilidad de interactuar en la sociedad desde un contexto de bienestar físico, económico y social, exponiéndolos a sufrimientos innecesarios y en mucho evitables y conduciéndolos a condiciones de vida precarias.

    Estos padecimientos para el HGMEL, además, representan una carga financiera importante, como por ejemplo para la realización de trasplantes, diálisis peritoneal ambulatoria y otras intervenciones, lo que obliga a que las autoridades del HGM tengan que establecer criterios de priorización basados en la disponibilidad de recursos, los cuales normalmente no son justos. En este sentido se deben fortalecer los mecanismos de...

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