Programa Institucional del Instituto Nacional del Suelo Sustentable 2020-2024.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Instituto Nacional del Suelo Sustentable. Programa Institucional del Instituto Nacional del Suelo Sustentable 2020-2024

Instituto Nacional del Suelo Sustentable

PROGRAMA INSTITUCIONAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024

  1. - Índice

  2. - Índice

  3. - Fundamento normativo de elaboración del Programa

  4. - Siglas y acrónimos

  5. - Origen de los recursos para la instrumentación del Programa

  6. - Análisis del estado actual

    5.1 Antecedentes

    5.2 Relevancia del objeto del Insus en la política nacional

    5.3 Desempeño institucional

  7. - Objetivos prioritarios

    6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Coordinar la implementación de la Política Nacional de Suelo, para contribuir a generar una oferta de suelo apto y bien localizado para vivienda y otros usos urbanos, priorizando a la población urbana en situación de riesgo, rezago social y marginación.

    6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Contribuir al ejercicio del derecho a la propiedad urbana, a través de acciones de regularización para la población que carece de certeza jurídica del suelo que ocupa.

    6.3.- Relevancia del Objetivo prioritario 3: Desarrollar mecanismos eficaces y eficientes de coordinación, participación y colaboración interinstitucional e intergubernamental, para la gestión y regularización del suelo.

    6.4. Vinculación de los Objetivos prioritarios del Programa Institucional del Instituto Nacional del Suelo Sustentable 2020-2024 con el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2020-2024.

  8. - Estrategias prioritarias y acciones puntuales

  9. - Metas para el bienestar y Parámetros

  10. - Epílogo: Visión hacia el futuro

  11. - Fundamento normativo de elaboración del Programa

    El Programa Institucional del Instituto Nacional del Suelo Sustentable (PI-Insus) 2020-2024 se presenta en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática, definido en el apartado A del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) como atribución del Estado mexicano, que deberá imprimir solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

    De igual manera, el PI-Insus asume y atiende los compromisos del Estado mexicano previstos en las normas nacionales e internacionales para promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en el artículo 1° constitucional, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

    En el contexto internacional, el Estado mexicano asume compromisos conforme a tratados o acuerdos de los cuales forma parte. En este sentido, el Programa Institucional se vincula a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, adoptada en 2015 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), particularmente los orientados a lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. Se vincula también a los principios y compromisos establecidos en la Nueva Agenda Urbana, enfocada en lograr que las personas gocen de igualdad de derechos y de acceso a los beneficios que las ciudades pueden ofrecer.

    Ahora bien, al dar cumplimiento a la Ley de Planeación, este Programa Institucional se elabora en términos de los artículos 9, 12, 22, 24, 26 Bis, 27, 29 y la fracción II del artículo 17 de dicho ordenamiento. En ellos se señala que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) deberán conducir sus actividades con perspectiva intercultural y de género, y con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo. De igual manera, determina que las entidades paraestatales deberán elaborar su respectivo programa institucional, en los términos previstos en la Ley de Planeación, en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o, en su caso, por las disposiciones que regulen su organización y funcionamiento, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente, observando en lo conducente las variables ambientales, económicas, sociales y culturales respectivas. Finalmente, mandata que el órgano de gobierno de la entidad paraestatal someta a la aprobación del titular de la dependencia coordinadora de sector.

    En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2019 es el principal instrumento de planeación de esta administración, por lo que el presente Programa Institucional tiene su fundamento en el reconocimiento del principio rector "No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera" y se apega a la meta nacional II. Política social. Asimismo, su creación se deriva del Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (PSEDATU) 2020-2024, publicado en el DOF el 26 de junio de 2020, el cual parte de una visión humana y sostenible del territorio, cuyo objetivo es construir territorios de paz y bienestar a partir de la reducción progresiva de las brechas de desigualdad socioespacial, pobreza y discriminación que son producidas y reproducidas por las políticas neoliberales.

    Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, se da cumplimiento a la fracción VII del artículo 8, que atribuye a la federación, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), la responsabilidad de elaborar, apoyar y ejecutar programas que tengan por objeto satisfacer las necesidades de suelo urbano y el establecimiento de provisiones y reservas territoriales para el desarrollo de los centros de población, con la colaboración de las dependencias y entidades de la APF.

    Respecto a la Ley de Vivienda, este Programa se apega a los artículos 65 al 70, en los que se determina que los instrumentos que el Gobierno Federal establezca en materia de suelo, se dirigirán a apoyar a los gobiernos estatales y municipales en la generación de una oferta de suelo para el desarrollo de acciones de vivienda, y a fomentar esquemas y programas para la adquisición de suelo. También se establece que la federación instrumentará acciones, programas y estímulos que induzcan la colaboración y coordinación con los gobiernos locales, con la iniciativa privada, con las organizaciones sociales y las organizaciones de la sociedad civil, para generar suelo con servicios, preferentemente en beneficio de la población en situación de pobreza, marginación o vulnerabilidad.

    De conformidad con los artículos 47, 48, 49 y 58 fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, éstas deberán formular sus programas institucionales a corto, mediano y largo plazos, asumiendo compromisos en términos de metas y resultados que se deberán alcanzar; a su vez, se indica que el programa se elaborará guardando congruencia con el PND y el programa sectorial respectivo, y se revisará anualmente para introducir las modificaciones que las circunstancias le impongan.

    Adicional a lo anterior, el Insus fundamenta la elaboración del presente Programa en apego a sus atribuciones contenidas en los siguientes instrumentos normativos: el Decreto por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra para transformarse en el Instituto Nacional del Suelo Sustentable; el Estatuto Orgánico del Insus y el Manual General de Organización del Insus, en los cuales se especifican las obligaciones que deberán atender las distintas áreas que lo conforman, para el cumplimiento efectivo de sus programas, metas y objetivos.

    Finalmente, con el propósito atender lo antes expuesto, el Programa Institucional se elabora según lo establecido en los Criterios para elaborar, dictaminar, aprobar y dar seguimiento a los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2019- 2024 y la Guía para la elaboración de programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2019- 2024, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La coordinación para su publicación, ejecución y seguimiento estará a cargo del Instituto Nacional del Suelo Sustentable.

  12. - Siglas y acrónimos

    APF Administración Pública Federal

    CDI Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

    Corett Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra

    CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    DOF Diario Oficial de la Federación

    ENOT Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial

    Fonden Fondo de Desastres Naturales

    HIC-AL Coalición Internacional para el Hábitat-América Latina

    Inafed Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal

    Indaabin Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales

    INEGI Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática

    Insus Instituto Nacional del Suelo Sustentable

    LGAHOTDU Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

    LGPC Ley General de Protección Civil

    OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

    ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible

    ONU Organización de las Naciones Unidas

    ONU-Habitat Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos

    PI-Insus Programa Institucional del Instituto Nacional del Suelo Sustentable

    PMU Programa de Mejoramiento Urbano

    PND Plan Nacional de Desarrollo

    PNS Política Nacional de Suelo

    PSEDATU Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

    PNV Programa Nacional de Vivienda

    PRAH Programa para Regularizar Asentamientos Humanos

    RAN Registro Agrario Nacional

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