Acuerdo por el que se da a conocer el resumen del Programa de Manejo del Area Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional Sierra de Organos

Fecha de disposición22 Noviembre 2012
Fecha de publicación22 Noviembre 2012
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 bis, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 66, último párrafo, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 76 de su Reglamento en Materia de Areas Naturales Protegidas y 5o., fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, en términos de lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ha concluido la elaboración del Programa de Manejo del Area Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional Sierra de Organos, ubicada en el Municipio de Sombrerete en el Estado de Zacatecas, con una superficie total de 1,124-65-61.76 hectáreas, creada mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2000.

Que el artículo 66, último párrafo de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ordena que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publique en el Diario Oficial de la Federación un resumen del programa de manejo respectivo y el plano de localización del Area Natural Protegida correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL AREA NATURAL PROTEGIDA CON EL CARACTER DE PARQUE NACIONAL SIERRA DE ORGANOS

ARTICULO UNICO

Se da a conocer el Programa de Manejo del Area Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional Sierra de Organos, ubicada en el Municipio de Sombrerete, en el Estado de Zacatecas, cuyo Resumen, que incluye el plano de localización de dicha Area Natural Protegida, se anexa al presente para que surta los efectos legales a que haya lugar.

Dicho Programa de Manejo se encuentra a disposición para su consulta en las oficinas de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, ubicadas en Camino al Ajusco número 200, 3er. piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, en la Ciudad de México, Distrito Federal, en las oficinas de la Dirección Regional Norte y Sierra Madre Occidental, ubicadas en avenida Universidad, número 2757, colonia Parques de San Felipe, código postal 31203, Chihuahua, Chihuahua y en las oficinas de la Delegación Federal de la propia Secretaría en el Estado de Zacatecas, ubicadas en Segunda de Matamoros número 27, colonia Centro, código postal 98000, Zacatecas, Zacatecas.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de noviembre de dos mil doce.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quesada.- Rúbrica.

ANEXO

RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL AREA NATURAL PROTEGIDA CON EL CARACTER DE PARQUE NACIONAL SIERRA DE ORGANOS

El Parque Nacional Sierra de Organos se estableció mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2000, con una superficie de 1,124-65-61.76 hectáreas, se localiza en el Municipio de Sombrerete en el Estado de Zacatecas. Dicho parque forma parte de la cadena montañosa de la Sierra Madre Occidental en su lado este antes del inicio de la Altiplanicie Mexicana. En esta área natural protegida se distribuyen especies de fauna consideradas en riesgo, tales como el cacomixtle norteño, la zorra norteña y el halcón peregrino. Entre sus recursos forestales y vegetales se encuentran diversas especies tales como: diversas especies de pino piñonero, el encino, la palma, el huizache, el maguey, el nopal duraznillo, el nopal tapón, la escobilla, el orégano, la manzanita, el gatuño, la jarilla, el sotol, la biznaga, el guayabillo, el capulín, el tepozán, la escobilla de caballo, el cebollín y el helecho.

OBJETIVOS GENERAL Y ESPECIFICOS DEL PROGRAMA DE MANEJO

OBJETIVO GENERAL

Constituir el instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración del área natural protegida con el carácter de Parque Nacional Sierra de Organos.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Protección.- Salvaguardar la permanencia y conservación de la diversidad biológica y de las formaciones geológicas representativas del Parque Nacional Sierra de Organos, a través del establecimiento y promoción de un conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y controlar el deterioro de los ecosistemas.

Manejo.- Establecer políticas, estrategias y programas, con el fin de determinar actividades y acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos de conservación, protección, restauración, capacitación y educación concerniente al Parque Nacional Sierra de Organos, a través de proyectos sustentables.

Restauración.- Conservar y restaurar las condiciones ecológicas permitiendo la continuidad de los procesos naturales en los ecosistemas del Parque Nacional Sierra de Organos.

Conocimiento.- Generar, rescatar y divulgar conocimientos, prácticas y tecnologías, tradicionales o nuevas que permitan la preservación de la biodiversidad y la toma de decisiones del Parque Nacional Sierra de Organos.

Cultura.- Difundir acciones de conservación del Parque Nacional Sierra de Organos, propiciando la valoración de los servicios ambientales, mediante la difusión y educación para la conservación de la biodiversidad y de las formaciones geológicas representativas que contiene.

Gestión.- Establecer las formas en que se organizará la administración del Parque Nacional Sierra de Organos y los mecanismos de participación de los tres órdenes de gobierno, de los individuos y comunidades aledañas al mismo, así como de todas aquellas personas, instituciones, grupos y organizaciones sociales interesadas en su conservación.

DELIMITACION, EXTENSION Y UBICACION DE LAS SUBZONAS

ZONIFICACION Y SUBZONIFICACION

De conformidad con lo establecido en la fracción XXXIX del Artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la zonificación es el instrumento técnico de planeación que puede ser utilizado en el establecimiento de las áreas naturales protegidas, que permite ordenar su territorio en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, la vocación natural del terreno, de su uso actual y potencial, de conformidad con los objetivos dispuestos en la misma declaratoria. Asimismo, existirá una subzonificación, la cual consiste en el instrumento técnico y dinámico de planeación, que se establecerá en el programa de manejo respectivo, y que es utilizado en el manejo de las áreas naturales protegidas, con el fin de ordenar detalladamente las zonas núcleo y de amortiguamiento, previamente establecidas mediante la declaratoria correspondiente.

Criterios de subzonificación

Para establecer la subzonificación del Parque Nacional Sierra de Organos se consideraron como criterios para la elaboración: un sistema de información geográfica, la belleza escénica del paisaje, la vocación natural, uso actual, potencial y grado de deterioro del suelo, presencia de especies con alguna categoría de riesgo registrado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo, el estado de conservación de la cobertura vegetal nativa y su factibilidad de conservación.

Esta información recabada en campo, se conjuntó con los criterios aplicables a la categoría de Parque Nacional prevista en el Artículo 50 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Así como con el Decreto por el cual se declara Area Natural Protegida con el carácter de Parque Nacional, la región denominada Sierra de Organos, ubicada en el Municipio de Sombrerete en el Estado de Zacatecas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2000.

En términos de lo previsto por el artículo 47 BIS 1, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, el cual señala que en el caso en que la declaratoria correspondiente sólo prevea un polígono general (área definida por el decreto), como es el caso que nos ocupa, éste podrá subdividirse por una o más subzonas previstas para las zonas de amortiguamiento, atendiendo a la categoría de manejo que corresponda.

Para los Parques Nacionales podrán establecerse subzonas de Uso Tradicional, Uso Público y de Recuperación, y tomando como referencia el Artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforman los artículos 28 y 48, y se adiciona por una lado una fracción XXXVII al artículo 3o. y por otro los artículos 47 BIS y 47 BIS 1 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de febrero de 2005, se incluye la subzona de Preservación.

Metodología

Se identificaron las características de uso de las diferentes áreas, así como el grado de conservación que presenta cada subzona. Las áreas con factores físicos y biológicos coincidentes se delimitaron tentativamente para luego compararlas con los niveles de deterioro. Se analizó la información cartográfica, orto fotos escala 1:20000 de INEGI datum ITRF92, e imágenes de satélite google Earth de fecha de 2006 datum WGS, se elaboraron matrices de atributos bióticos y abióticos, carta topográfica F13b14...

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