Programa Temporal de Regularización Migratoria

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Enero de 2017
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, con fundamento en los artículos 14, 17 y 27, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 10, 18, 77, 126 y 133 de la Ley de Migración; 1 y 143 del Reglamento de la Ley de Migración; 2, apartado B, fracción VI y apartado C, fracción III, 5, fracción III, 21, fracciones I, II, V, VI y XI, 69 y 77, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como líneas de acción dentro de las estrategias que conforman la meta nacional denominada "México con Responsabilidad Global", el diseño, implementación y seguimiento de la política pública en materia migratoria, mediante el impulso de acciones dirigidas a garantizar los derechos humanos de las personas migrantes, la creación de regímenes migratorios legales, seguros y ordenados, y el diseño y ejecución de programas de atención especial a grupos vulnerables de migrantes que permitan aprovechar el potencial de desarrollo que ofrece la migración;

Que el Programa Especial de Migración 2014-2018 en sus objetivos 3 y 4, plantea consolidar una gestión migratoria eficaz, fundamentada en criterios de facilitación, corresponsabilidad internacional, seguridad fronteriza y seguridad humana así como la facilitación de procesos de regularización de personas extranjeras en México, y el impulso de acciones que garanticen la obtención de documentos migratorios, buscando favorecer los procesos de integración y reintegración de las personas migrantes y sus familiares, para facilitar el acceso a servicios públicos y privados;

Que la promulgación de la Ley de Migración en el año 2011 y la expedición de su Reglamento, representó un cambio sustantivo en la política migratoria del Estado mexicano. En este contexto se creó el Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, como un órgano de carácter consultivo y de apoyo que propone acciones específicas en materia de la gestión de la política migratoria. Dicho órgano, en su Primera Sesión Ordinaria de 2014 propuso el establecimiento de un programa temporal como un mecanismo para facilitar la regularización migratoria;

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de la Ley de Migración, uno de los principios en los que debe sustentarse la política migratoria del Estado mexicano es el reconocimiento a los derechos adquiridos de los inmigrantes, en tanto que los extranjeros con arraigo o vínculos familiares, laborales o de negocios en México han generado una serie de derechos y compromisos a partir de su convivencia cotidiana en el país, aun cuando puedan haber incurrido en una situación migratoria irregular por aspectos administrativos y siempre que el extranjero haya cumplido con las leyes aplicables;

Que la situación migratoria irregular representa para las personas extranjeras un riesgo a su seguridad y obstaculiza su desarrollo integral y el de sus familiares, ya que los hace vulnerables a diversos abusos y dificulta su acceso a servicios públicos y privados;

Que el Gobierno mexicano a fin de garantizar los derechos humanos de las personas extranjeras migrantes que residen en situación irregular en el país, y con el objeto de cumplir con lo establecido en los puntos que anteceden, implementó en el año 2015 un Programa de Regularización Migratoria, cuyo objetivo fue otorgar certeza jurídica a las personas extranjeras que ingresaron al territorio nacional antes del 9 de noviembre de 2012 y que al 13 de enero de 2015 no contaban con una situación migratoria regular en México;

Que como resultado de la implementación de dicho Programa, cientos de extranjeros que se encontraban en situación migratoria irregular, obtuvieron su documento migratorio de residente temporal con vigencia de cuatro años, generando con ello certeza jurídica para los particulares que obtuvieron la regularización de su situación migratoria, y fortaleciendo el control migratorio mediante acciones de identificación, registro y canalización de personas extranjeras a vías regulares de residencia en el país en beneficio de los derechos humanos de dichas personas;

Que el Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, tomando en cuenta el beneficio que supuso para cientos de personas extranjeras el Programa de Regularización Migratoria implementado en 2015, acordó establecer un nuevo programa temporal de regularización migratoria para continuar con medidas positivas en favor de las personas extranjeras que aún se encuentran residiendo en el país en situación migratoria irregular y que no son beneficiarios de la regularización de situación migratoria por la vía ordinaria;

Que la situación migratoria irregular representa para las personas extranjeras un riesgo a su seguridad y obstaculiza su desarrollo integral y el...

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