Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 4/2011, relativo a la ampliación de ejido, promovido por campesinos del poblado General Alvaro Obregón, Municipio de Guaymas, Son.

Fecha de disposición27 Marzo 2013
Fecha de publicación27 Marzo 2013
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos. Visto para resolver el juicio agrario número 4/2011, que corresponde al expediente número 25/11769, relativo a la solicitud de ampliación de ejido promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado "Alvaro Obregón", Municipio de Guaymas, Estado de Sonora, y

RESULTANDO

PRIMERO. Por escrito de fecha cuatro de marzo de mil novecientos setenta y cinco, vecinos del poblado "General Alvaro Obregón", Municipio de Guaymas, Estado de Sonora, solicitaron al Gobernador del Estado de Sonora la ampliación de ejido, para lo cual señalaron como predios susceptibles de afectación los denominados "El Hecho" y "La Jaimea", el primero embargado por el Banco Agropecuario y en la parte sur el predio "El Cautivo".

SEGUNDO. El expediente de la acción agraria de que se trata, se instauró el veinte de agosto de mil novecientos setenta y cinco, como se advierte del aviso de iniciación que el Presidente de la Comisión Agraria Mixta en el Estado de Sonora, hace al Jefe del Departamento de Asuntos Agrarios el cuatro de septiembre del mismo año; fecha en la que por oficio 2467, el Secretario de la Comisión referida informo de la misma para los efectos a que hubiera lugar al Registro Público de la Propiedad y en la misma fecha se fijó en los Tableros de Avisos de la Presidencia Municipal de Guaymas, Sonora, la notificación del inicio del expediente de ampliación de ejido de que se trata, a los propietarios, encargados o posesionarios de las fincas que se encontraban dentro del radio legal de afectación del poblado "General Alvaro Obregón", a fin de que presentaran documentos que legalizaran sus derechos de propiedad.

TERCERO. La solicitud de ampliación de ejido, fue publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora, en el número 24, Tomo CXVI, el sábado veinte de septiembre de mil novecientos setenta y cinco.

CUARTO. Por oficio 2559 de seis de octubre de mil novecientos setenta y cinco, la Comisión Agraria Mixta en el Estado de Sonora, encargó al censador Carlos Valdés Lucero, para que llevara a cabo los trabajos censales, comisionado que rindió su informe el trece de noviembre del citado año, en el que reportó veintidós capacitados según junta censal y setenta y dos campesinos solicitaron su ingreso al censo.

QUINTO. El Gobernador del Estado, el nueve de enero de mil novecientos setenta y seis, expidió nombramientos a los integrantes del Comité Particular Ejecutivo, el que quedó conformado de la siguiente forma: Ignacio Rodríguez Flores, presidente, Gonzalo Vega Velázquez secretario y Heriberto Sánchez Camacho, vocal así como a sus respectivos suplentes.

SEXTO. Los Trabajos Técnicos informativos, fueron practicados por el ingeniero Manuel Gómez Navarrete, quien rindió su informe el veintidós de septiembre de mil novecientos setenta y seis, habiendo levantado el plano informativo correspondiente; y de ellos se conoce que se midieron las propiedades que conforman el radio legal de afectación del poblado en estudio y en lo que al asunto interesa indica:

... PREDIO .......................... LA CAMPANA

SUPERFICIE ........................ 1,320-00-00 Hs.

CLASIFICACION ....................

AGOSTADERO

Este predio fue propiedad de la familia Granich Ayala, pero en la actualidad según informes verbales se encuentra embargado por la sucursal del Banco Rural con cede (sic) en Guaymas, Son. Encontrándose usufructuado por el Sr. Rodolfo Jhonson y hermanos con promesas de venta del Banco antes mencionado. ...

SEPTIMO. Obra en autos oficio del representante del Banco de Crédito Rural del Noroeste, S.A., dirigido al licenciado Armando López Nogales, Secretario de la Comisión Agraria Mixta en Sonora, por el cual informa que:

... Nuestro similar en Guaymas Sonora, ha recibido Oficio No. 2769 proveniente del expediente número 103-1193 Alvaro Obregón, en virtud del cual solicitan se les informe el nombre del propietario de los terrenos que este institución tuvo embargados a la familia Granich, y al respecto les manifestamos que la propietaria del predio La Campana lo es el Banco de Crédito Rural del Pacífico-Norte, S.A., como causahabiente del Banco Agropecuario del Noroeste, S.A., según escritura de adjudicación N° 641 de fecha 26 de marzo de 1973, de la cual acompañamos copia a la presente. ...

Acompañando al informe, copia de la escritura de referencia.

OCTAVO. La Comisión Agraria Mixta en el estado pronunció su opinión el veintiséis de noviembre de mil novecientos setenta y seis, en los siguientes términos:

... PRIMERO:- Es procedente la solicitud de ejidos por vecinos del poblado denominado GENERAL ALVARO OBREGON, Municipio de Guaymas, Estado de Sonora.

SEGUNDO:- Es de ampliarse y se amplía a los vecinos del poblado de referencia con terrenos propiedad del Banco de Crédito Rural del Pacífico Norte, S.A., con una superficie de 1,320-00-00 (UN MIL TRESCIENTAS VEINTE) hectáreas, de agostadero cuya ubicación se localiza según plano informativo, en virtud de considerar esta superficie como afectable para satisfacer las necesidades agrarias del núcleo solicitante; lo anterior con fundamento en los artículos 203 y 204 de la Ley Federal de Reforma Agraria en concordancia con la Fracción V del Artículo 27 Constitucional.

TERCERO:- Aprobado el presente dictamen de conformidad con el artículo 292 de la Ley Federal de Reforma Agraria, túrnese juntamente con el expediente a la consideración del Ejecutivo del Estado, para los efectos de su Mandamiento. ...

NOVENO. El Gobernador del Estado de Sonora, el veintiséis de enero de mil novecientos setenta y siete, dictó su Mandamiento, en los mismos términos del dictamen de la Comisión Agraria Mixta.

DECIMO. El Mandamiento del Gobernador del Estado de Sonora, fue publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora, el doce de febrero de mil novecientos setenta y siete.

DECIMO PRIMERO. Por informe de dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y siete, del ingeniero Manuel Gámez Navarrete, encargado por la Comisión Agraria Mixta en Sonora, para ejecutar el mandamiento del Gobernador referido en el resultando sexto, de esta sentencia, se conoce que los trabajos se realizaron el tres del mismo mes y año, sin ningún incidente, deslindando y entregando al ejido por concepto de ampliación de ejido la superficie de 1,320-00-00 (mil trescientas veinte hectáreas). Trabajos de ejecución que fueron comunicados al Departamento Agrario (Departamento de Planeación), en informe rendido por el comisionado.

DECIMO SEGUNDO. El Informe Reglamentario, lo emitió el Delegado de la Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de Sonora, el veintidós de julio de mil novecientos setenta y siete, en el sentido de confirmar el Mandamiento del Gobernador de la citada Entidad Federativa.

DECIMO TERCERO. El Delegado de la Secretaría de la Reforma Agraria por oficio 5115, de seis de abril de mil novecientos setenta y nueve, comisionó a la licenciada Petra Antelo Jiménez, a fin de que obtuviera informes del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Guaymas Sonora y del Banco de Crédito Rural del Pacífico Norte S.A., de la situación que guardaba la superficie proyectada como ampliación de ejido, al poblado en estudio; profesionista que el diecisiete de mayo del mismo año, rindió su informe en el que indicó:

"... Con fecha 15 de mayo del presente año se me extendió una Constancia firmada por la C. Gloria Fray de Miramontes, Encargada del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esa Ciudad, en la cual informa que el Banco Agropecuario del Noroeste, S.A., es propietaria de tres lotes de terreno agrícolas.

Que dichas propiedades las adquirió el Banco, mediante remate judicial que hizo el Juzgado de Primera Instancia del Ramo Civil, del Distrito Judicial de Ahome, Sinaloa, en rebeldía de los Señores JUAN EVYMIR GRANICH AYALA, MARIA JESUS MARTINEZ DE GRANICH, MARIA TRINIDAD GRANICH AYALA, JUAN GRANICH AYDOUCK, Y MARIA JESUS BERNAL VDA. DE MARTINEZ, según escritura Pública No. 641 de fecha 26 de Marzo de 1973, en la Cd. De Los Mochis Sinaloa, Mpio. de Ahome, Sinaloa, ante la Fé del Sr. Lic. Jesús Zazueta Sánchez, Notario Público No.336-6; encontrándose dicha acta inscrita en este Registro bajo el No.13,663, Sección Primera de fecha 31 de Mayo de 1973, lo anteriormente citado se desprende de la constancia que se anexa al presente informe.

El Banco de Crédito Rural del Noroeste, S.A. en la Ciudad de Hermosillo, Son., con fecha 16 de Mayo del presente año por medio de su Asesor Jurídico, nos informa sobre la situación de dicha propiedad, haciéndonos una relación de los antecedentes de la propiedad mencionada, y la cual parece ser que con fecha 8 de abril de 1970 se procedió a ejecutar una Resolución Presidencial por medio de un representante de esta delegación de Reforma Agraria, y que dicha ejecución afectaba parte de la propiedad en mención, todo ello a favor del Ejido "Alvaro Obregón" se hace notar que únicamente lo que constituía el casco de la Hacienda con superficie de 600-00-00 has. quedó a salvo de afectación y que posteriormente el Ejido solicitó la compra de esta superficie, no teniendo inconveniente el Banco en que se realizara, haciéndolo notar con fecha 22 de Abril de 1977 y manifestándoles que lo haría en coordinación con la Secretaría de la Reforma Agraria.

Se tiene conocimiento de que los integrantes del núcleo ejidal mencionado fueron beneficiados del predio "LA CAMPANA" y que es el mismo al que nos hemos referido anteriormente, con mandamiento gubernamental de fecha 12 de Febrero de 1977, el cual se desprende de la constancia expedida por el Banco.

Según antecedentes descritos existe contrato de compraventa con el ejido "ALVARO OBREGON" sobre el inmueble que se ocupa, y parece ser que existe resolución o mandamiento gubernamental que dota en ampliación sobre el mismo inmueble al ejido mencionado ..."

Anexando a su informe el...

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