Protocolo de actuación de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en la atención de presuntos actos de discriminación.
Fecha de disposición | 18 Julio 2017 |
Fecha de publicación | 18 Julio 2017 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretaría de la Función Pública.- Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, Secretario de Gobernación, ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ, Secretaria de la Función Pública, y ALEXANDRA HAAS PACIUC, Presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., 27, fracción XLI, y 37, fracciones VI, XIX y XXVIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 10, 48 y 49 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; 3o., 16, 17, fracciones II y IV, 20, fracciones XX y XXXVI, 22, 24, fracción II bis, y 30, fracción I Ter y VIII, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; 5o., fracción XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 6o., fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 1o. constitucional establece que todas las autoridades del Estado Mexicano, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como el deber de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a dichos derechos humanos;
Que la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 7, establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esa Declaración, y contra toda provocación a tal discriminación;
Que la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica", establece en su artículo 1 que los Estados Parte, se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social;
Que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación es el ordenamiento, a través del cual el Estado mexicano establece las bases para prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, así como promover la igualdad real de oportunidades y de trato;
Que con fundamento en los artículos 24 fracción II Bis y 30 fracción I Ter, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación en su Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 1o. de junio de 2017, mediante acuerdo número 12/2017, autoriza el Protocolo de Actuación de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés en la Atención de Presuntos Actos de Discriminación, como una estrategia que permita a las Instituciones Públicas del Gobierno Federal, llevar a cabo medidas para prevenir y eliminar la discriminación en sus prácticas e instrumentos organizativos.
Que se requieren herramientas concretas para llevar a cabo la prevención y atención de conductas de discriminación en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, en el marco de la protección a los derechos humanos, por lo que hemos tenido a bien emitir el siguiente:
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LOS COMITÉS DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS EN LA ATENCIÓN DE PRESUNTOS ACTOS DE DISCRIMINACIÓN
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Objeto y ámbito de aplicación
El Protocolo tiene por objeto establecer acciones para prevenir y dar atención a casos de discriminación en las Dependencias y Entidades.
El Comité y las Personas Asesoras deben ejecutar las acciones señaladas en el párrafo anterior con independencia de las establecidas en el procedimiento de queja a que se refieren los artículos 43 al 79 Ter de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
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Glosario
Para efectos de la aplicación del Protocolo, además de las definiciones establecidas en el Acuerdo, se entiende por:
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Acuerdo: al Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés;
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Comité: al Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, conformado en cada una de las Dependencias y Entidades en términos de los Lineamientos;
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Consejo: al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación;
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Denuncia: a la narrativa que formula cualquier persona sobre un hecho o conducta atribuida a una persona servidora pública, y que resulta presuntamente contraria al Código de Ética, al Código de Conducta o a las Reglas de Integridad;
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Lineamientos: a los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés;
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Oficialía Mayor: a la persona que se desempeña como Oficial Mayor o su equivalente en una Dependencia o Entidad;
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Persona Asesora: a la o las personas designadas en términos del Capítulo Cuarto, que orientan y acompañan a la Presunta Víctima por actos discriminatorios, conforme a lo señalado en el Protocolo;
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Presunta Víctima: a la persona física que presuntamente sufrió daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional o en general ha sido expuesta en...
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