Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-028- PESC-2000, Pesca responsable en la presa Ing. Fernando Hiriart Balderrama (Zimapán), Hidalgo y Querétaro. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros

Fecha de disposición08 Octubre 2015
Fecha de publicación08 Octubre 2015
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. JUAN JOSÉ LINARES MARTÍNEZ, Director General de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracciones XXI incisos d) y e) y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. fracciones III y IV, 3o., 8o. fracciones I, III, VII, XII, XIV, XXXVIII y XL; 9o. fracciones II y V; 10o. fracción I; 17 fracciones I, II, III, IV, VII y X y 124 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38, fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y XVIII, y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52, 56, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 28 33 y 34 de su Reglamento; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o. Incisos B fracción XVII y D fracción III, 3o., 17 fracciones I, XII y XXIII, 29 fracción I, y Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, vigente; en correlación con los artículos 37 y 39 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de julio de 2001, y

CONSIDERANDO

Que el presente Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-028-PESC-2000 fue aprobado en la Cuarta Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria, efectuada el 9 de septiembre de 2015 y se somete a consulta pública de conformidad con el Artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA, sita en Avenida Camarón Sábalo, sin número, Esquina Avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100, Mazatlán, Sinaloa. Teléfono 01(669) 9156900. Ext. 58501. Correo electrónico: varriagah@conapesca.gob.mx para que en los términos de la Ley, dichos comentarios sean considerados.

Que durante este lapso, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el Artículo 45 Párrafo primero de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sita en el domicilio señalado en el párrafo anterior.

Que en razón a lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Artículo 29 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, he tenido a bien expedir el presente:

PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-028-PESC-2000, PESCA RESPONSABLE EN LA PRESA ING. FERNANDO HIRIART BALDERRAMA (ZIMAPÁN), HIDALGO Y QUERÉTARO. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

PREFACIO

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), efectuó una revisión de la problemática del aprovechamiento de los recursos pesqueros en la Presa Ing. Fernando Hiriart Balderrama (Zimapán), ubicada en los estados de Hidalgo y Querétaro, y propuso una serie de medidas de regulación pesquera teniendo en consideración estudios y opiniones técnicas elaboradas por diversas instituciones de investigación, incluyendo al Instituto Nacional de Pesca.

Las propuestas de regulación fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico, el Subcomité de Pesca Responsable, conformado por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria para coadyuvar en la formulación de los Proyectos de Modificación de Normas Oficiales Mexicanas, referentes a las regulaciones del aprovechamiento de los recursos pesqueros en cuerpos de aguas continentales de la República Mexicana.

En el Subcomité de Pesca Responsable participaron las dependencias e instituciones que se enlistan a continuación:

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la Dirección General de Normalización Agroalimentaria y la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca a través de la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola, la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Inspección y Vigilancia, la Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación y la Dirección General de Infraestructura y el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

El Instituto Nacional de Pesca a través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Atlántico, la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Pacífico y la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en Acuacultura.

La Secretaría de Marina Armada de México.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía

La Secretaría de Turismo.

La Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

La Comisión Nacional del Agua.

La Universidad Nacional Autónoma de México.

El Instituto Politécnico Nacional.

La Confederación Nacional Cooperativa Pesquera, S. C. de R. L.

La Cámara Nacional de las Industrias Pesquera y Acuícola.

La Unión de Armadores del Litoral de Océano Pacífico, A. C.

Industria Mexicana de Equipo Marino, S. A. de C. V.

Productora Nacional de Redes, S. A. de C. V.

El Colegio Nacional de Profesionales de la Pesca.

Federación Nacional de Pesca Deportiva, A. C.

Se modificaron y actualizaron diversos apartados de la Norma Oficial Mexicana NOM-028-PESC-2000, Pesca responsable en la Presa Ing. Fernando Hiriart Balderrama (Zimapán), Hidalgo y Querétaro. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2000; se ajustó la Introducción, se incluyeron nuevas definiciones y se actualizaron algunas de las regulaciones. A continuación se presenta el texto de la Modificación de la Norma Oficial Mexicana que se pretende publicar:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-028-SAG/PESC-2015, PESCA RESPONSABLE EN LA PRESA ING. FERNANDO HIRIART BALDERRAMA (ZIMAPÁN), EN HIDALGO Y QUERÉTARO. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

ÍNDICE

  1. Introducción.

  2. Objetivo y campo de aplicación.

  3. Referencias.

  4. Definiciones.

  5. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la Presa "Ing. Fernando Hiriart Balderrama" (Zimapán), ubicada en los límites de los estados de Hidalgo y Querétaro.

  6. Concordancia con Normas internacionales.

  7. Bibliografía.

  8. Observancia de esta Norma Oficial Mexicana.

  9. Introducción

    0.1 La Presa "Ing. Fernando Hiriart Balderrama" (Zimapán), ubicada en los municipios de Tasquillo, Tecozautla y Zimapán del Estado de Hidalgo, y Cadereyta de Montes del Estado de Querétaro, es un embalse artificial construido en 1995 por la Comisión Federal de Electricidad sobre el cauce de los ríos Tula y San Juan, en el sitio en que comienza el río Moctezuma, con el propósito de captación de agua para utilizarla en generación de energía eléctrica y riego.

    0.2 La cuenca del Río Moctezuma es de gran importancia ecológica debido a que entre otras causas, se encuentra ubicada en la unión de dos grandes regiones biogeográficas: la Neártica y la Neotropical, siendo la única zona de ambientes acuáticos de esa región del país y estando caracterizada por una elevada biodiversidad que debe ser conservada.

    0.3 Las investigaciones realizadas por la Comisión Federal de Electricidad, por la entonces Delegación de la SEMARNAP en el Estado de Hidalgo, por el Centro Regional de Investigación Pesquera de Pátzcuaro, Michoacán, dependiente del Instituto Nacional de Pesca y por la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Autónoma de Querétaro, determinaron la existencia de las siguientes especies de peces: tilapia (Oreochromis aureus y O. niloticus), lobina negra (Micropterus salmoides), bagre nativo (Ictalurus mexicanus), carpa barrigona (Cyprinus rubrofuscus), carpa cabezona (Hypophthalmichthys nobilis), carpa espejo (Cyprinus carpio), carpa plateada (Hypophthalmichthys molitrix), carpa herbívora (Ctenopharyngodon idella), otros ciprínidos (Algansea tincella, Carassius auratus, Notropis braytoni y Tiaroga cobitis), carácidos (Astyanax fasciatus), godeidos (Xenotoca variata), aterínidos (Chirostoma jordani), poecílidos (Poecilia mexicana, Poecilopsis sp., Heterandria bimaculata), centrárquidos (Lepomis macrochirus). También existen reptiles como la "tortuga casquito" (Kinosternon integrum), anfibios (Plectrohyla arborescandens, Bromeliohyla dendroscarta, Lithobates spectabilis y Lithobates zweifeli), crustáceos como los acociles endémicos (Procambarus toltecae y Procambarus sp.), acociles de mayor distribución (Cambarellus montezumae)...

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