Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-048-SSA2- 2016, Para la detección, diagnóstico, tratamiento y vigilancia epidemiológica del crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata) y cáncer de próstata (tumor maligno de la próstata)

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EmisorSecretaría de Salud

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PABLO ANTONIO KURI MORALES, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o, fracción XVI, 13, apartado A fracción I, 133, fracción I, 158, 159 y 160, de la Ley General de Salud; 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 43, 44 y 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como 8, fracción V y 10, fracciones VII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación del siguiente:

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-048-SSA2-2016, PARA LA DETECCIÓN, DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL CRECIMIENTO PROSTÁTICO BENIGNO (HIPERPLASIA DE LA PRÓSTATA) Y CÁNCER DE PRÓSTATA (TUMOR MALIGNO DE LA PRÓSTATA)

El presente Proyecto de Norma, se publica a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios por escrito, en medio magnético, en idioma español y con el soporte técnico correspondiente, ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, primer piso, Colonia Juárez, Código Postal 06696, México, D.F., teléfono y fax 55-53-70-56, correo electrónico pablo.kuri@salud.gob.mx.

Durante el plazo mencionado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del presente Proyecto de Norma y la Manifestación de Impacto Regulatorio estarán a disposición del público en general, para su consulta en el domicilio del mencionado Comité.

CONSIDERANDO

Que el artículo 4o, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho humano que toda persona tiene a la protección de la salud, acorde con lo cual, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y el Programa Sectorial de Salud 2013-2018, prevén diversos objetivos, estrategias y líneas de acción que identifican los retos actuales en temas prioritarios, tales como, consolidar acciones de protección, promoción para la salud y prevención de enfermedades, así como avanzar en la construcción de un Sistema Nacional de Salud Universal, bajo la rectoría de la Secretaría de Salud, de acuerdo con las facultades que le otorgan las disposiciones jurídicas aplicables para normar y aplicar las políticas de salud pública, con perspectiva de género y apego a los derechos humanos consagrados en nuestra Carta Magna, de manera tal, que permita a los mexicanos su desarrollo integral y su participación en la sociedad.

Que en los años recientes, se han desarrollado importantes investigaciones de hiperplasia de la próstata y cáncer de próstata, que han generado información muy valiosa sobre la prevención y promoción para la salud, así como para la detección, el diagnóstico y el tratamiento de dicho padecimiento. Esto hace necesario integrar dicho conocimiento generado, en una Norma Oficial Mexicana, a fin de que el personal de salud, que presta servicios de atención a la hiperplasia de la próstata y cáncer de próstata, en las diferentes instituciones del Sistema Nacional de Salud, siga procedimientos homogéneos al brindar atención de estos padecimientos.

Que con fecha 6 de julio de 2016, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 46, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, el anteproyecto de Norma.

PREFACIO

En la elaboración del presente Proyecto de Norma participaron las siguientes instituciones, asociaciones y organismos:

SECRETARÍA DE SALUD.

Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

Dirección General de Promoción a la Salud.

Dirección General de Epidemiología.

Dirección de Información Epidemiológica.

Dirección de Determinantes Competencias y Participación Social.

Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.

Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.

INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS MÉDICAS Y DE NUTRICIÓN SALVADOR ZUBIRÁN.

Departamento de Urología.

HOSPITAL GENERAL DE MÉXICO "Dr. Eduardo Liceaga".

Servicio de Urología.

Jefatura de Enfermería en el Servicio de Urología.

Supervisión de Enfermería.

Departamento de Gestión del Cuidado en Enfermería.

HOSPITAL JUÁREZ DE MÉXICO.

Jefatura de Urología.

HOSPITAL GENERAL "DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ".

Servicio de Urología.

SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

Hospital Central Militar.

Sección de urología.

SECRETARÍA DE MARINA.

Hospital General Naval de Alta Especialidad.

Servicio de Urología.

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

Dirección de Prestaciones Médicas.

Coordinación de Atención Integral a la Salud en Primer Nivel.

Enfermedades Crónicas y Cáncer.

Coordinación de Atención Integral en Segundo Nivel.

División de Hospitales de Segundo Nivel.

Área de Atención Médica Quirúrgica.

Coordinación de Vigilancia Epidemiológica.

Coordinación de Unidades Médicas de Alta Especialidad.

Área de Gestión y Administración.

Programa IMSS PROSPERA.

Coordinación de Atención Integral a la Salud.

Departamento de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades.

Hospital de Especialidades Siglo XXI.

Departamento de Urología.

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.

Centro Médico Nacional "20 de Noviembre".

Servicio de Urología.

PETRÓLEOS MEXICANOS.

Gerencia de Prevención Médica.

DIRECCIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE:

COLIMA, GUANAJUATO, OAXACA, QUERÉTARO Y SAN LUIS POTOSÍ.

DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANISMO PÚBLICO CENTRALIZADO DE MORELOS.

DIRECCIÓN DE SALUD PÚBLICA DE VERACRUZ.

ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA DE MÉXICO A.C.

ACADEMIA MEXICANA DE CIRUGÍA A.C.

CONSEJO NACIONAL MEXICANO DE UROLOGÍA A.C.

SOCIEDAD MEXICANA DE UROLOGÍA, COLEGIO DE PROFESIONISTAS A.C.

ASOCIACIÓN MEXICANA DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER A.C.

COLEGIO MEXICANO DE UROLOGÍA NACIONAL A.C.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO.

Facultad de Medicina.

ÍNDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Símbolos y abreviaturas

  6. Disposiciones generales

  7. Promoción para la salud

  8. Consejería y acompañamiento emocional

  9. Detección integral en el primer nivel de atención de crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata)/cáncer de próstata (tumor maligno de próstata)

  10. Crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata)

  11. Diagnóstico y manejo con sospecha de crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata)

  12. Tratamiento y seguimiento del crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata)

  13. Diagnóstico de cáncer de próstata (tumor maligno de próstata)

  14. Tratamiento de cáncer de próstata (tumor maligno de próstata)

  15. Educación continua al personal de salud

  16. Monitoreo y evaluación

  17. Vigilancia epidemiológica

  18. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  19. Bibliografía

  20. Observancia de la Norma

  21. Vigencia

  22. Apéndices

  23. Introducción

    México se encuentra inmerso en un proceso de transición demográfica condicionado por los cambios importantes en las tasas de natalidad y mortalidad que se observaron en el país durante el siglo XX. Actualmente, se marca el inicio de un envejecimiento acelerado de la población, que alcanzará su máximo durante la primera mitad de este siglo. Según la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012, para 2050, se estima que los adultos mayores conformarán cerca del 28% de la población. Este envejecimiento acelerado de la población, representa un reto importante para el Sistema Nacional de Salud, ya que aumentará también de forma acelerada la demanda de atención médica, que requerirá de acciones de atención específicas, para contender adecuadamente con las nuevas necesidades de esta población.

    El Crecimiento Prostático Benigno es la enfermedad urológica más común y frecuente en el hombre adulto. Desde los 40 años de edad hay evidencia de crecimiento histológico y, el principal factor de riesgo para su desarrollo es la edad. El aumento de tamaño es responsable, en la mayoría de los casos, de lo que se conocía como prostatísmo, actualmente denominado síntomas del tracto urinario inferior, aunque no son la única causa de éstos.

    En México, la prevalencia del Crecimiento Prostático Benigno, representa un problema de salud pública, como se registró en las estadísticas de la Encuesta Nacional de Salud 2012, en la cual el 35% de los hombres mayores de 60 años, refirieron tener un diagnóstico médico previo de la enfermedad y, este antecedente es más frecuente a mayor edad, como fue con el 17% del total de los hombres mayores de 80 años. Cabe señalar que, de acuerdo a la Encuesta Salud, Bienestar y Envejecimiento 2013, el 58.3% de los hombres entre los 60 y 74 años de edad, refirieron no realizarse examen de próstata, así como el 63.2% de los hombres de 75 años de edad o más. En el año 2014, se registraron más de 40,000 casos nuevos de Crecimiento Prostático Benigno por las diferentes instituciones de salud, de los cuales el 96% tiene 45 o más años de edad.

    Por otro lado, el Cáncer de Próstata, se considera uno de los problemas médicos más importantes de la población masculina. En el año 2012, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía reportó a los tumores malignos como la tercera causa de mortalidad en la población general del...

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