PROYECTO de Norma Oficial Mexicana bebidas alcohólicas - tequila - especificaciones

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EmisorSecretaría de Comercio y Fomento Industrial

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana bebidas alcohólicas - tequila - especificaciones Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA BEBIDAS ALCOHOLICAS - TEQUILA - ESPECIFICACIONES La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 39 fracción V, 40 fracción I, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 9o. y 17 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; 4o. fracción X inciso a) del Acuerdo que adscribe Unidades Administrativas y Delega Facultades en los Subsecretarios, Oficial Mayor, Directores Generales y otros Subalternos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de septiembre de 1985, expide el siguiente proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-1993 BEBIDAS ALCOHOLICAS - TEQUILA - ESPECIFICACIONES (cancela a la NOM-V-7-1978). De conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el proyecto de NOM-006-SCFI-1993, se expide para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante la Dirección General de Normas para que en términos de la Ley se consideren en el seno del Comité que lo propuso. Durante este lapso, el análisis a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización puede ser consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Av. Puente de Tecamachalco No. 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Estado de México. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 28 de mayo de 1993.- El Director General de Normas, Luis Guillermo Ibarra.- Rúbrica. NOM-OO6-SCFI-1993 BEBIDAS ALCOHOLICAS - TEQUILA - ESPECIFICACIONES O INTRODUCCION El producto a que se refiere esta Norma Oficial Mexicana, es la bebida alcohólica denominada TEQUILA. 1. OBJETIVO Esta Norma Oficial Mexicana establece las características que debe cumplir la bebida alcohólica denominada TEQUILA. 2. CAMPO DE APLICACION Esta Norma se aplica a la bebida alcohólica elaborada con agaves de la especie Tequilana Weber, Variedad Azul, cultivados en el Estado de Jalisco; los municipios de Abasolo, Ciudad Manuel Doblado, Cuerámaro, Huanímaro, Pénjamo y Purísima del Rincón, del Estado de Guanajuato; los municipios de Briseñas de Matamoros, Chavinda, Chilchota, Churintzio, Cotija, Ecuandureo, Jacona, Jiquilpan, Maravatío, Nuevo Parangaricutiro...

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