Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCFI-2017, Productos eléctricos-Luminarios para uso en interiores y exteriores-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba (cancelará a la NOM-064-SCFI-2000).
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Economía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-064-SCFI-2017, PRODUCTOS ELÉCTRICOS- LUMINARIOS PARA USO EN INTERIORES Y EXTERIORES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELARÁ A LA NOM-064-SCFI-2000).
ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracción I, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento y 22 fracciones I, IV, IX, X y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría, expide para consulta pública el "Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-064-SCFI-2017, Productos Eléctricos-Luminarios para uso en interiores y exteriores-Especificaciones de seguridad y Métodos de prueba (Cancelará a la NOM-064-SCFI-2000)", a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el CCONNSE, ubicado en Avenida Puente de Tecamachalco Número 6, Colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Código Postal 53950, Estado de México, teléfono 57 29 61 00, extensiones 43219 y 43235, o bien a los correos electrónicos claudia.sama@economia.gob.mx y consultapublica@economia.gob.mx para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en el seno del Comité que lo propuso. SINEC-20170202120912051.
Ciudad México, a 4 de septiembre de 2017.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-064-SCFI-2017, "PRODUCTOS ELÉCTRICOS- LUMINARIOS PARA USO EN INTERIORES Y EXTERIORES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELARÁ A LA NOM-064-SCFI-2000)"
Prefacio
En la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:
- AMPLIEQUIPOS S.A. DE C.V.
- A&G NORMATIVA
- ASOCIACIÓN DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN, A.C.
- CÁMARA NACIONAL DE MANUFACTURAS ELÉCTRICAS
- COMPONENTES UNIVERSALES DE MATAMOROS S.A. DE C.V.
- CONSTRULITA LIGHTING INTERNATIONAL S.A. DE C.V.
- CONSULTORÍA EN CERTIFICACIÓN Y LOGÍSTICA
- COOPER LIGHTING DE MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V.
- ELECTRO MAG S.A. DE C.V.
- ESTEVEZ S.A. DE C.V.
- FACTUAL SERVICES S.C.
- FEILO MÉXICO S.A DE C.V.
- GE COMMERCIAL MATERIAL S. DE R.L. DE C.V.
- HOLOPHANE, S.A. DE C.V.
- ILUMINACIÓN ESPECIALIZADA DE OCCIDENTE S.A. DE C.V.
- INDUSTRIAS SOLA BASIC, S.A. DE C.V.
- INDUSTRIAS UNIDAD S.A DE C.V.
- INTERTEK TESTING SERVICIOS DE MÉXICO S.A. DE C.V.
- LABORATORIO DE ALUMBRADO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
- LABOTEC MÉXICO, S.C.
- LABORATORIOS RADSON, S.A. DE C.V.
- LEDVANCE S.A. DE C.V.
- LEVITÓN S. DE R.L. DE C.V.
- L.J. ILUMINACIÓN, S.A. DE C.V.
- LOGIS CONSULTORES
- NATIONAL ELECTRICAL MANUFACTURERS ASSOCIATION
- NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN NYCE, S.C.
- OSRAM, S.A. de C.V.
- PHILIPS MEXICANA, S.A. DE C.V.
- PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
- SIMÓN ELÉCTRICA S.A. DE C.V.
- SECRETARÍA DE ECONOMÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE NORMAS
- TECNOLOGÍA Y SERVICIO S.A. DE C.V.
- TRUPER S.A. DE C.V.
ÍNDICE DEL CONTENIDO
1 Objetivo y campo de aplicación
2 Referencias Normativas
3 Términos y definiciones
4 Clasificación
5 Especificaciones
6 Muestreo
7 Métodos de prueba
8 Información comercial
9 Garantía
10 Evaluación de la conformidad
11 Concordancia con normas internacionales
12 Verificación y vigilancia
APÉNDICE A
APÉNDICE B
13 Bibliografía
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Objetivo y campo de aplicación
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los requisitos de seguridad y los métodos de prueba aplicables a los luminarios para interiores y exteriores.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable a los luminarios que se alimenten con energía eléctrica para interior y exterior, así como para señalización y emergencia que se fabriquen, importen o comercialicen en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana se define en función de las propiedades de uso y empleo de los luminarios, por lo que se aplicará independientemente de las características descriptivas o de diseño de la fuente luminosa (ya sea la incandescencia, descarga en gas, a través de diodo emisor de luz, semiconductor o elemento de estado sólido, u otra fuente luminosa artificial).
Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana no es aplicable a los luminarios siguientes:
- Luminarios para instalarse a bordo de barcos, aviones y vehículos en general;
- Luminarios para aplicaciones especiales, tales como faros de identificación y luces (luminarios) que se utilizan en el campo aéreo o en helipuertos como señalización y ayuda visual, luces de obstrucción, luces para fotografía, artículos decorativos de temporada, y luces integradas en aparatos electrodomésticos, herramientas y electrónicos.
- Luminarios para áreas clasificadas o peligrosas, sumergibles y terapéuticas.
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Referencias Normativas
Para la correcta aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana deben consultarse los siguientes documentos vigentes o los que los sustituyan:
· NOM-024-SCFI-2013, Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2013.
· NOM-058-SCFI-2017, Controladores para fuentes luminosas artificiales, con propósitos de iluminación en general-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2017.
· NOM-106-SCFI-2017, Características de diseño y condiciones de uso de la Contraseña Oficial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 2017.
· NMX-Z-12/2-1987, Muestreo para la inspección por atributos - Parte 2: métodos de muestreo, tablas y gráficas, declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 1987.
· NMX-J-307-ANCE-2017, Luminarios de uso general para interiores y exteriores, declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 2017.
· NMX-J-619-ANCE-2014, Iluminación-Definiciones y terminología, declaratoria de Vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2015.
· NMX-J-066-ANCE-2017, Conductores-Determinación del diámetro y del área de la sección transversal de conductores eléctricos-Método de prueba, declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2017.
· NMX-J-212-ANCE-2017, Conductores-Resistencia, resistividad y conductividad eléctricas-Método de prueba, declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 2017.
· NMX-J-297-ANCE-2017, Conductores-Cordones flexibles de cobre para usos eléctricos y electrónicos-Especificaciones, declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de junio de 2017.
· NMX-J-012/1-ANCE-2014, Conductores-Conductores de cobre y aluminio con designación internacional-Especificaciones, declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2015.
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Términos y definiciones
3.1 Son aplicables las definiciones que se establecen en las normas referidas en el capítulo 2 de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, además de las que se describen a continuación:
3.1.1 accesorio
dispositivo que complementa un dispositivo principal o aparato, pero no forma parte de éste, y que es necesario para su operación o para características específicas requeridas.
3.1.2 barrera
parte del luminario cuyo propósito es el reducir el riesgo de choque eléctrico o daños a las personas.
3.1.3 difusor
elemento que se usa para modificar la distribución del flujo luminoso de una fuente de luz por medio del fenómeno de difusión.
3.1.4 lámpara
fuente fabricada para producir una radiación óptica, usualmente visible.
NOTA 1: Entiéndase como lámpara independientemente de las características descriptivas o de diseño de la fuente luminosa, la incandescencia, descarga en gas, a través de diodo emisor de luz, semiconductor o elemento de estado sólido, u otra fuente artificial.
3.1.5 lámpara de mano
luminario portátil con asa y un cordón flexible para su alimentación.
3.1.6 luminario
equipo de iluminación que distribuye, filtra o controla la luz que emite una lámpara o lámparas y el cual incluye todos los accesorios necesarios para fijar, proteger y operar estas lámparas y los necesarios para conectarlas a la fuente de alimentación.
3.1.7 luminario con controlador (Balastro)
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incorporado: se instala dentro de un luminario y puede retirarse sin destruirse;
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independiente: se instala fuera del luminario, o
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integral: que está interconstruido con el luminario y al retirarse se destruye o aquél en el cual, el grado de seguridad se proporciona por el luminario al ensamblarse en él.
3.1.8 luminario de emergencia
luminario que proporciona iluminación para utilizarse cuando falla la alimentación al alumbrado normal.
3.1.9 luminario de señalización
luminario que se diseña para emitir una señal o indicación luminosa.
3.1.10 luminario para exteriores
aquel que se destina para alumbrado en áreas expuestas a la intemperie.
3.1.11 luminario para interiores
aquel que se destina para alumbrado en áreas cerradas, aisladas de la intemperie.
3.1.12 pantalla
elemento hecho de vidrio termotemplado o de borosilicato, plástico o cualquier otro...
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