Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SEDE- 2018, Instalaciones Eléctricas (utilización). (Continúa en la Séptima Sección).

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PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-001-SEDE-2018, Instalaciones Eléctricas (utilización). (Continúa en la Séptima Sección). (Viene de la Quinta Sección)

  1. Instalación. Cuando se utilicen cordones flexibles, éstos deben cumplir con todas las condiciones siguientes:

    (1) Ser de un tipo aprobado para uso extra rudo;

    (2) Contener adicionalmente a los conductores del circuito, un conductor de puesta a tierra que cumpla con la sección 400-23;

    (3) Estar sujetos por abrazaderas u otros medios adecuados, de manera que no se ejerza tensión mecánica sobre las terminales de conexión;

    (4) En lugares de la División 1 y División 2 donde se requiere que las cajas, guarniciones o envolventes sean a prueba de explosión, el cordón debe terminar con un conector o enchufe aprobado para su uso en esos lugares o un cordón conector instalado con un sello aprobado para ese uso. En lugares División 2 donde no se requiere equipo a prueba de explosión, el cordón debe terminar con un conector o enchufe aprobado para su uso en esos lugares.

    (5) Ser de longitud continua. Cuando aplique (a)(5) de esta sección, los cordones deben ser continuos desde la fuente de energía hasta el ensamble portátil temporal y del ensamble portátil temporal hasta el equipo de utilización.

    NOTA: Para los cordones flexibles expuestos a líquidos que tienen efectos nocivos sobre el aislamiento de los conductores, ver 501-20.

    501-145. Contactos y clavijas, Clase I, Divisiones 1 y 2.

  2. Contactos. Los contactos deben formar parte del cableado de un establecimiento, excepto según lo permitido en la sección 501-140(a).

  3. Clavijas de conexión. Las clavijas de conexión deben ser del tipo que permita la conexión de un cordón flexible con el conductor de puesta a tierra del equipo y deben estar identificadas para su uso en esos lugares.

    501-150. Sistemas de señalización, alarmas, control remoto y comunicaciones

  4. Clase I, División 1. En las áreas Clase I, División 1, todos los aparatos y equipos de los sistemas de señalización, alarmas, control remoto y comunicaciones, cualquiera que sea su tensión, deben estar aprobados para áreas Clase I, División 1 y todo el alambrado debe cumplir con lo indicado en 501-10(a), 501-15(a) y 501-15(c).

  5. Clase I, División 2. En las áreas Clase I, División 2, los sistemas de señalización, alarmas, control remoto y comunicaciones deben cumplir con (1) a (4) siguientes:

    1) Contactos. Los desconectadores, interruptores automáticos, y contactos de cierre y apertura de estaciones de botones, relevadores, campanas y sirenas, deben estar en envolventes aprobadas para áreas Clase I, División 1, de acuerdo con lo indicado en 501-105(a).

    Excepción: Se permiten envolventes de uso general si los contactos de interrupción de corriente son alguno de los siguientes:

    (1) Sumergidos en aceite; o

    (2) Encerrados en cámaras herméticamente selladas contra la entrada de gases o vapores; o

    (3) En circuitos no incendiarios; o

    (4) Parte de un componente no incendiario.

    2) Resistencias y equipo similar. Las resistencias, dispositivos resistores, tubos electrónicos, rectificadores y equipo similar deben cumplir con 501-105(b)(3).

    3) Protectores. Se deben instalar envolventes para los dispositivos de protección contra descargas por rayos y para los fusibles. Se permite que tales envolventes sean del tipo de uso general.

    4) Alambrado y sellado. Todo el alambrado debe cumplir con 501-10(b) y 501-15(b) y 501-15(c).

ARTÍCULO 502

ÁREAS CLASE II

Parte A Generalidades

502-1. Alcance. El Artículo 502 trata de los requisitos para el equipo eléctrico y electrónico y para el alambrado para todas las tensiones en lugares Clase II, División 1 y 2 donde puede haber riesgo de incendio o explosión debido a polvos combustibles.

502-5. Equipo a prueba de explosión. En lugares Clase II no se exigirán ni serán aceptables el equipo y el alambrado a prueba de explosión, a menos que también estén identificados para esos lugares.

502-6. Zona del equipo. El equipo aprobado y marcado de acuerdo con 506-9(c)(2) para lugares Zona 20 se permitirá para lugares Clase II, División 1 para la misma atmósfera polvosa y con una clase de temperatura adecuada.

El equipo aprobado y marcado de acuerdo con 506-9(c)(2) para lugares Zona 20, 21 o 22 se debe permitir para lugares Clase II, División 2 para la misma atmósfera polvosa y con una clase de temperatura adecuada.

Parte B Alambrado

502-10. Métodos de alambrado. Los métodos de alambrado deben cumplir con (a) o (b) siguientes.

  1. Clase II, División 1.

    1) Generalidades. En los lugares Clase II, División 1, se permitirán los métodos de alambrado indicados en los numerales (1) hasta 5):

    (1) Tubo conduit metálico pesado roscado o tubo conduit metálico semipesado de acero roscado.

    (2) Cable del tipo MI con accesorios terminales aprobados para esos lugares. Los cables del tipo MI se deben instalar y sostener de modo que se eviten esfuerzos mecánicos en los accesorios terminales.

    (3) En establecimientos industriales con acceso restringido al público, cuando las condiciones de mantenimiento y supervisión garanticen que sólo personas calificadas proporcionen servicio a la instalación, se permitirán cables de los tipos MC y MC-HL aprobados para uso en lugares Clase II, División 1, con una armadura metálica continua corrugada y hermética al gas y al vapor, una cubierta externa de un material polimérico adecuado, unos conductores de puesta a tierra de equipos separados de acuerdo con 250-122, y equipados con accesorios terminales aprobados para esa aplicación.

    (4) Debe permitirse la instalación de cables de fibra óptica de los tipos OFNP, OFCP, OFNR, OFCR, OFNG, OFCG, OFN y OFC en canalizaciones, de acuerdo con lo establecido en la sección 502-10(a). Los cables de fibra óptica deben estar sellados de acuerdo con lo establecido en la sección 502-15.

    (5) En establecimientos industriales con acceso restringido al público, donde las condiciones de mantenimiento y supervisión aseguran que solamente personas calificadas atienden la instalación, cable tipo ITC-HL con recubrimiento metálico continuo y corrugado y un recubrimiento total de material polimérico adecuado y terminado con accesorios adecuados para la aplicación e instalados de acuerdo con el artículo 727.

    2) Conexiones flexibles. Cuando sea necesario utilizar conexiones flexibles, se permitirá uno o más de los siguientes elementos:

    (1) Conectores flexibles herméticos al polvo.

    (2) Tubo conduit metálico flexible hermético a los líquidos con accesorios aprobados.

    (3) Tubo conduit no metálico flexible hermético a los líquidos con accesorios aprobados.

    (4) Cable del tipo MC y MC-HL con armadura entrelazada que tenga cubierta externa de un material polimérico adecuado y con accesorios terminales aprobados para lugares Clase II, División I.

    (5) Cordones flexibles aprobados para uso extra rudo y provistos de conectores de cordones herméticos al polvo. Cuando se utilicen cordones flexibles, éstos deben cumplir lo establecido en 502-140.

    (6) Para uso en ascensores, un cable para ascensores identificado para tal fin, del Tipo EO, ETP o ETT, especificado en la columna "uso" de la tabla 400-4 para "lugares (clasificados como) peligrosos" y terminados con accesorios herméticos al polvo.

    NOTA: Para los requisitos de puesta a tierra cuando se usa tubo conduit flexible, ver 502-30 (b).

    3) Cajas y accesorios. Los accesorios y cajas deben estar equipados con refuerzos roscados para la conexión al tubo conduit o a las terminales de los cables y deben ser herméticas al polvo. Los accesorios y cajas en los que se hagan derivaciones, empalmes o conexiones, o que se utilicen en lugares del grupo E, deben estar identificados para lugares Clase II.

  2. Clase II División 2.

    1) Generalidades. En lugares Clase II, División 2, se permitirán los siguientes métodos de alambrado:

    (1) Todos los métodos de alambrado permitidos en 502-10(a).

    (2) Tubo conduit metálico pesado, tubo conduit metálico semipesado, tubería metálica eléctrica, canalizaciones herméticas al polvo.

    (3) Cables del tipo MC o MC-HL o MI con accesorios terminales aprobados.

    (4) Cables del tipo PLTC y cables del tipo PLTC-ER de acuerdo con lo previsto en el Artículo 725 incluyendo la instalación en charolas portacables, el cable debe estar terminado con accesorios aprobados.

    (5) Cables del tipo ITC y cables del...

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