Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-SSPC- 2019, Que establece las especificaciones mínimas de la seguridad estructural en los establecimientos para la prestación de servicios de atención médica hospitalaria para la prevención de desastres.

Fecha de disposición27 Enero 2020
Fecha de publicación27 Enero 2020
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.- Subsecretaría de Planeación, Prevención, Protección Civil y Construcción de Paz.- Coordinación Nacional de Protección Civil.- Dirección General de Vinculación, Innovación y Normativa en Protección Civil. PROY-NOM-007-SSPC-2019. "QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES MÍNIMAS DE LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL EN LOS ESTABLECIMIENTOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA HOSPITALARIA PARA LA PREVENCIÓN DE DESASTRES".

Héctor Amparano Herrera, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, con fundamento con fundamento en los artículos 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 19 fracción XV de la Ley General de Protección Civil; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 25 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en su Política Social, Construir un país con bienestar, considera que el derecho a la vida, a la integridad física y a la propiedad serán garantizados, por medio de la ya descrita Estrategia Nacional de Paz y Seguridad. El gobierno federal hará realidad el lema "Primero los pobres", que significa empezar el combate a la pobreza y la marginación por los sectores más indefensos de la población.

Que la Coordinación Nacional de Protección Civil, dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, tiene por objeto apoyar en la conducción y ejecución del Sistema Nacional de Protección Civil, auxiliándose en la Dirección General de Protección Civil, en la Dirección General para la Gestión de Riesgos, en la Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil y en el Centro Nacional de Prevención de Desastres; unidades administrativas y órgano administrativo desconcentrado, respectivamente, que en el ámbito de su competencia participan en la integración, coordinación y supervisión del Sistema Nacional de Protección Civil, contribuyendo a solventar riesgos y amenazas a la Seguridad Nacional;

Que de conformidad con el artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el presente proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de su publicación en ese órgano informativo del gobierno federal, presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, en sus oficinas ubicadas en Avenida José Vasconcelos número 221, Colonia San Miguel Chapultepec, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal, Ciudad de México, Teléfonos: 5128-0000 ext. 36427, correo electrónico hamparano@segob.gob.mx., al Director General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, Héctor Amparano Herrera.

PROY-NOM-007-SSPC-2019. "QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES MÍNIMAS DE LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL EN LOS ESTABLECIMIENTOS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA HOSPITALARIA PARA LA PREVENCIÓN DE DESASTRES"

PREFACIO

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, reunió a los sectores interesados para participar en la elaboración de la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSPC-2019. "Que establece las especificaciones mínimas de la seguridad estructural en los establecimientos para la prestación de servicios de atención médica hospitalaria para la prevención de desastres".

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron representantes de las dependencias, organismos, instituciones y empresas que a continuación se indican:

Secretaría de Gobernación

Salud de Salud

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Secretaría de la Defensa

Secretaría de Marina

Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

Secretaría de Desarrollo Social

Petróleos Mexicanos

Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, de la Comisión Federal de Electricidad

Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco

Universidad Autónoma del Estado de México

Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla

Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios

Sociedad Mexicana de Ingeniería Sísmica, A.C.

Sociedad Mexicana de Ingeniería Estructural, A.C.

Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Centro Nacional de Prevención de Desastres

ÍNDICE

Introducción
  1. Objetivo y Campo de aplicación

  2. Referencias normativas

  3. Definiciones y términos

  4. Disposiciones generales

  5. Especificaciones para el cumplimiento de las autorizaciones

  6. Especificaciones para la elaboración de estudios preliminares

  7. Características de los proyectos ejecutivos

  8. Características de los estudios para la seguridad estructural

  9. Especificaciones para establecer el protocolo de supervisión de los trabajos

  10. Bibliografía

  11. Concordancia con normas internacionales

  12. Vigilancia

  13. Procedimiento de Evaluación de la Conformidad

Anexos

Apéndices informativos

  1. Criterios y acciones

  2. Diseño por sismo

  3. Diseño por viento

  4. Estructuras de mampostería

  5. Estructuras de concreto reforzado

  6. Estructuras de acero y compuestas

  7. Diseño de cimentaciones

  8. Diagnóstico y reparación de estructuras existentes

  9. Seguridad estructural de edificaciones vitales (Hospitales Generales y de Especialidades)

INTRODUCCIÓN

El objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil es el de proteger a los individuos de una sociedad, entorno y patrimonio ante la eventualidad o presencia de agentes perturbadores y la vulnerabilidad en corto, mediano y largo plazo, provocada por fenómenos naturales y antropogénicos, a través de la gestión integral de riesgos y el fomento de la capacidad de adaptación, auxilio y restablecimiento en la población.

La mayoría de los servicios de salud están representados por hospitales, clínicas y puestos de salud, los cuales son manejados por el gobierno y por el sector privado. Las instalaciones prestadoras de servicios de salud, juegan un papel muy importante y significativo en la mitigación de desastres debido a su particular función en el tratamiento de heridos y enfermedades.

Los hospitales requieren consideraciones especiales en relación con la mitigación de riesgos debido a su complejidad y sus características de ocupación, así como a su papel durante situaciones de desastre, en relación con la preservación de la vida y la salud, especialmente en el diagnóstico y tratamiento de heridas y enfermedades.

En caso de desastre, un hospital debe continuar con el tratamiento de los pacientes alojados en sus instalaciones y debe atender a las personas lesionadas por el evento. Para realizar esto, el personal debe estar en el sitio y conocer cómo responder ante la situación. También, el edificio y su dotación deben permanecer en condiciones de servicio. La mayoría de las autoridades de los hospitales reconocen estos hechos, razón por la cual han elaborado planes formales para la mitigación de desastres.

La experiencia indica que se deben hacer consideraciones en el diseño y construcción de las edificaciones, con el fin de proveer seguridad y preservar ciertas áreas críticas del hospital (Salas de emergencia, áreas de almacenamiento, salas de estar de los pacientes, salas de cirugía, etc.). En México, el costo económico para recuperar la infraestructura hospitalaria dañada por los sismos del 7 y 19 de septiembre del año 2017, se incrementó a 500 millones de pesos.

El desarrollo de nuevos hospitales con modernas técnicas en diseño y construcción, también han mostrado ser vulnerables debido a defectos en la distribución funcional de sectores para el caso de atención masiva de heridos, y en sus componentes no estructurales. Muchas instalaciones fallan debido a simples omisiones en el diseño, las cuales podrían haberse corregido o considerado con un costo marginal durante la construcción o la intervención de su sistema estructural existente.

La importancia de la creación e implementación de esta regulación técnica, reside y funge como marco normativo para evitar que las funciones críticas no sean interrumpidas ante eventos catastróficos de grandes magnitudes y establece una estructura, procedimientos y actividades para seguir operando y, en su caso, regresar a operar normalmente en el menor tiempo posible.

Por ello, con la implementación de la presente norma se establecerán los aspectos esenciales del proceso de diseño estructural, su construcción, rehabilitación y reforzamiento de inmuebles e instalaciones destinados a la prestación de servicios de atención médica hospitalaria del Sistema Nacional de Salud, incorporando la reglamentación para el desarrollo de una construcción segura y confiable.

  1. Objetivo y Campo de Aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana establece los requisitos mínimos de seguridad estructural, especificaciones y métodos de prueba que deben cumplir los bienes inmuebles del sector público, privado y social, destinados a la prestación de servicios de atención médica hospitalaria del Sistema Nacional de Salud, clasificados dentro del Grupo A, y que deben cumplir con lo establecido en las leyes, reglamentos y normatividad aplicables en materia de protección civil.

  2. Referencias normativas

    Para...

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