Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-235-SE-2019, Atún, bonita y preparados preenvasados-Denominación-Información comercial y métodos de prueba.

Fecha de disposición23 Marzo 2020
Fecha de publicación23 Marzo 2020
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Internacional
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. "PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA, PROY-NOM-235-SE-2019, ATÚN, BONITA Y PREPARADOS PREENVASADOS-DENOMINACIÓN-INFORMACIÓN COMERCIAL Y MÉTODOS DE PRUEBA."

ALFONSO GUATI ROJO SÁNCHEZ, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones I, V y XII, 47 fracciones I y II de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 36 fracciones I, IV, IX, X y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría,

CONSIDERANDO

Que, con fecha 18 de diciembre de 2019, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) aprobó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-235-SE-2019, ATÚN, BONITA Y PREPARADOS PREENVASADOS-DENOMINACIÓN-INFORMACIÓN COMERCIAL Y MÉTODOS DE PRUEBA, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el CCONNSE, ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México, teléfono 57 29 61 00, extensión 13247, o bien al correo electrónico cesar.orozco@economia.gob.mx, para que en los términos de la Ley de la materia se consideren en el seno del Comité que lo propuso. SINEC-20200123190729696.

Ciudad de México, a 23 de enero de 2020.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-235-SE-2019, ATÚN, BONITA Y PREPARADOS PREENVASADOS-DENOMINACIÓN-INFORMACIÓN COMERCIAL Y MÉTODOS DE PRUEBA

Prefacio

Con objeto de elaborar el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:

· Cámara Nacional de la Industria de Conservas Alimenticias (CANAINCA).

· Pescados Industrializados, S. A. de C. V. (PINSA)

· Marindustrias, S. A. de C. V.

· Herdez, S. A. de C. V.

· Procesamiento Especializado de Alimentos, S. A. P. I. de C. V.

· Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)-Facultad de Química

· Secretaría de Economía

Dirección General de Normas

o Procuraduría Federal del Consumidor

· Dirección General de Verificación y Vigilancia

· Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor

· Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

Dirección General de Normalización Agroalimentaria

· Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán

· Asociación Mexicana de Alimentos de Soya, A. C.

· Dupont

ÍNDICE

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias normativas

  3. Términos y definiciones

  4. Denominación

  5. Información comercial

  6. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad (PEC)

  7. Verificación y Vigilancia

  8. Concordancias con normas internacionales

    APENDICE A (Normativo)

    APENDICE B (Normativo)

  9. Bibliografía

  10. Objetivo y campo de aplicación

    El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, establece la denominación de atún, bonita y preparados preenvasados, así como la información comercial y métodos de prueba que deben de cumplir los productos comercializados con esta denominación en territorio nacional.

  11. Referencias normativas

    Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana se complementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas vigentes, o aquellas que las sustituyan:

    2.1. NOM-002-SCFI-2011 Productos preenvasados-Contenido neto-Tolerancias y métodos de verificación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012.

    2.2. NOM-008-SCFI-2002 Sistema general de unidades de medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

    2.3. NOM-030-SCFI- 2006 Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2006.

    2.4. NOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2010.

    2.5. NMX-F-315-1978 Determinación de la masa drenada o escurrida en alimentos envasados, declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de febrero de 1978.

    2.6. Acuerdo ACUERDO por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2012 y sus modificaciones.

  12. Términos y definiciones

    Para los fines de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana se establecen las siguientes definiciones:

    3.1 atún o bonita preenvasados

    son los productos elaborados con la carne procedente de cualquiera de las especies descritas en la Tabla 1 del numeral 4.1. y con los aditivos permitidos en el Acuerdo (ver 2.6 Referencia normativas), así como el medio de cobertura descrito en 4.4.

    3.2 consumidor

    persona física o moral que adquiere los productos de atún, bonita o preparados preenvasados como destinatario final.

    3.3 embalaje

    material que envuelve, contiene y protege los productos de atún y bonita preenvasados, para efectos de su almacenamiento y transporte.

    3.4 envase

    cualquier recipiente, o envoltura en el cual está contenido el producto preenvasado para su venta al consumidor.

    3.5 etiqueta

    cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida, sobrepuesta o fijada al envase de los productos atún, bonita y preparados preenvasados.

    3.6 masa drenada

    cantidad de producto sólido o semisólido que presenta el contenido de un envase después de que el líquido ha sido removido, por un método prescrito (ver 2.5 Referencias normativas).

    3.7 país de origen

    es aquél en el cual el producto fue fabricado, manufacturado o producido.

    3.8 preparado de atún o bonita

    producto elaborado con un mínimo de 50% m/m de la masa drenada de pescado y con la adición de ingredientes hasta en un 50% m/m de la masa drenada, conforme a lo descrito en el numeral 4.6.

    3.9 caldo vegetal

    el caldo que se prepara a partir de extractos de uno o más de los siguientes vegetales o leguminosas: ajo, apio, cebolla, chícharo, col, espinaca, fibra soluble de soya, lenteja, papa, perejil, pimiento, tomate, zanahoria, entre otros.

    3.10 contenido neto

    cantidad de producto preenvasado que permanece después de que se han hecho todas las deducciones de tara, cuando sea el caso (ver 2.1 Referencias normativas).

    3.11 medio de cobertura

    es aquel líquido (ver numeral 4.4) que ha sido adicionado al atún, bonita o preparados preeenvasados en recipientes de cierre hermético.

  13. Denominación

    4.1. Atún y Bonita

    Las especies de Atún y Bonita se establecen en la Tabla 1, de acuerdo con su nombre científico y nombre común con el que se comercializan.

    Tabla 1.- Especies de Atún y Bonita

    Nombre científico
    Nombre común
    Thunnus albacares
    Atún aleta amarilla
    Thunnus thynnus
    Atún aleta azul
    Thunnus atlanticus
    Atún aleta negra
    Thunnus orientalis
    Atún aleta azul
    Thunnus maccoyii
    Atún aleta azul
    Thunnus obesus
    Atún ojo grande
    Thunnus alalunga
    Albacora o Atún Blanco
    Sarda sarda
    Bonita
    Sarda chilensis
    Bonita
    Sarda orientalis
    Bonita
    Auxis rochei
    Atún melva
    Auxis maru
    Atún melva
    Scomber rochei
    Atún melva

    Auxis thazard
    Atún melva
    Katsuwonus pelamis {sin. Euthynnus pelamis
    Atún Barrilete
    Euthynnus affinis
    Atún Barrilete
    Euthynnus alletteratus
    Atún Barrilete
    Euthynnus lineatus
    Atún Barrilete negro
    Thunnus tonggol
    Atún tongol

    4.2. Preparado de atún o bonita

    El preparado de Atún o preparado de Bonita puede contener una o más especies de las listadas en la Tabla 1 y la denominación del preparado debe ser de la especie mayoritaria en la masa drenada de atún o bonita, conforme a la Tabla 1 del numeral anterior.

    4.3. Formas de presentación

    La denominación de atún y de bonita preenvasados, tienen las siguientes formas de presentación:

    Tabla 2.- Formas de presentación del atún y bonita preenvasados

    Presentación
    Definición
    compacto o sólido (con o sin piel)
    El pescado debe estar cortado en segmentos transversales. La proporción de hojuelas o trozos sueltos no se permite rebasar el 18% de la masa drenada del envase.
    En trozos o tronchos
    Pedazos con una longitud mínima de 1,2 cm en cada lado, que mantienen la estructura original del músculo. La proporción de hojuelas o trozos inferiores a 1,2 cm no se permite rebasar el 30% de la masa drenada.
    En hojuelas
    Mezclas de partículas y pedazos, en donde la mayor parte de éstos tienen como máximo 1,2 cm de longitud. La proporción de trozos de pescado de dimensiones inferiores a 1,2 cm rebasa el 30% de la masa drenada.
    Triturado o desmenuzado
    Una mezcla de partículas de pescado reducidas a dimensiones uniformes, en la...

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