Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-SSA1-2020, Salud ambiental. Criterio para evaluar la calidad del aire ambiente, con respecto al dióxido de nitrógeno (NO2). Valores normados para la concentración de dióxido de nitrógeno (NO2) en el aire ambiente, como medida de protección a la salud de la población.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Salud |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSÉ ALONSO NOVELO BAEZA, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., fracción XIII, 13, apartado A, fracciones I y IX, 17 Bis, fracciones II, III y XI, 104, fracción II, 116, 117, 118, fracción I y 119, fracción I de la Ley General de Salud; 38, fracción II, 40, fracción XI, 43 y 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 3, fracción I, inciso n y 10, fracciones IV y VIII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-023-SSA1-2020, SALUD AMBIENTAL. CRITERIO PARA EVALUAR LA CALIDAD DEL AIRE AMBIENTE, CON RESPECTO AL DIÓXIDO DE NITRÓGENO (NO2). VALORES NORMADOS PARA LA CONCENTRACIÓN DE DIÓXIDO DE NITRÓGENO (NO2) EN EL AIRE AMBIENTE, COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA SALUD DE LA POBLACIÓN
El presente Proyecto se publica a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios por escrito, en medio magnético, en idioma español y con el soporte técnico correspondiente, ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, sito en Oklahoma número 14, planta baja, colonia Nápoles, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03810, Ciudad de México, teléfono 50805200, extensión 11333, correo electrónico rfs@cofepris.gob.mx.
Durante el plazo mencionado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 45 y 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del presente Proyecto y el Análisis de Impacto Regulatorio, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del mencionado Comité.
PREFACIO
En la elaboración de esta Norma participaron:
Secretaría de Salud
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Instituto Nacional de Salud Pública
Centro de Investigación en Salud Poblacional
Secretaría de Energía
Subsecretaría de Hidrocarburos
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático
Coordinación General de Contaminación y Salud Ambiental
Petróleos Mexicanos
Dirección Corporativa de Planeación, Coordinación y Desempeño
Instituto Mexicano del Petróleo
Dirección de Investigación en Transformación de Hidrocarburos
Gobierno de la Ciudad de México
Servicios de Salud
Secretaría de Medio Ambiente
Gobierno del Estado de Guanajuato
Dirección General de Protección contra Riesgos Sanitarios
Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial
Gobierno del Estado de Campeche
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Gobierno del Estado de Hidalgo
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Gobierno del Estado de Jalisco
Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial
Gobierno del Estado de México
Coordinación de Regulación Sanitaria
Secretaría de Medio Ambiente
Gobierno del Estado de Morelos
Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Secretaría de Desarrollo Sustentable
Gobierno del Estado de Puebla
Servicios de Salud del Estado de Puebla
Secretaría del Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial.
Gobierno del Estado de Tlaxcala
Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Coordinación General de Ecología
Gobierno del Estado de Tamaulipas
Secretaria de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Universidad Nacional Autónoma de México
Centro de Ciencias de la Atmósfera
Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del IPN
Departamento de Toxicología
Greenpeace México
Red por los Derechos de la Infancia en México
ÍNDICE
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Introducción.
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Objetivo y campo de aplicación.
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Referencias normativas.
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Términos y definiciones.
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Símbolos y términos abreviados.
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Especificaciones.
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Métodos de prueba.
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Concordancia con normas internacionales y mexicanas.
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Bibliografía.
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Observancia de la Norma.
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Vigencia.
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Introducción
Los óxidos de nitrógeno (NOx) comprenden un grupo de especies químicas que es la suma del monóxido de nitrógeno (NO) y del dióxido de nitrógeno (NO2), se producen principalmente durante los procesos de combustión en los motores, en las calderas, estufas y calentadores domésticos, entre otros, además también se emiten durante los incendios. El compuesto de mayor importancia por sus efectos en la salud dentro de los NOx, es el NO2, que puede ser de origen primario, a partir de la oxidación del nitrógeno atmosférico durante la combustión, o secundario, por la oxidación en la atmósfera del NO, el cual tiene como fuente principal, los vehículos, sin embargo, este se oxida en la atmósfera para formar NO2; éste desempeña un rol importante en la formación de ozono troposférico en ambientes urbanos y rurales, además, los NOx son precursores de aerosoles de nitrato de amonio.
De acuerdo al Inventario Nacional de Emisiones de México 2016, documento citado en el inciso 8.33 de esta Norma, se emiten 3,059,940.51 toneladas anuales de NOx, donde las fuentes móviles son el principal origen de la emisión con un 43.71%, seguida de las fuentes naturales con 37.68%, (actividad microbiana del
suelo) las fuentes fijas con 14.35% (generación de energía eléctrica) y las fuentes de área con 4.26% (combustible agrícola y doméstica e incendios forestales).
Efectos a corto plazo
La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (US EPA por sus siglas en inglés) realizó una evaluación científica integrada (ISA por sus siglas en inglés) referente a los efectos en salud de los NOx, en los que se concluye que existe una relación causal entre la exposición a corto plazo de NO2 y efectos respiratorios basados en la evidencia de exacerbación del asma. Esta conclusión proviene de un análisis de estudios controlados de exposición humana a NO2 que examinan el potencial inducido en la capacidad de respuesta de la vía aérea (que es un efecto distintivo del asma) en individuos con asma. Evidencia adicional proviene de estudios epidemiológicos que reportan asociaciones entre exposición de corto plazo a NO2 y una serie de resultados respiratorios relacionados con la exacerbación del asma y sus consecuencias, reflejadas en hospitalizaciones y emergencias, consultas médicas tanto en niños como adultos.
Estudios epidemiológicos asocian el incremento en los niveles de NO2 con el aumento de consultas de urgencia por causa respiratoria entre 2.2 y 2.8 %, así como las hospitalizaciones por infecciones de la vía aérea superior e inferior en 20.6 y 32.1% por cada incremento de 10 µg/m3, respectivamente (citado en el inciso 8.6, 8.30 y 8.41).
Dos meta-análisis realizados en el Reino Unido que incluyen 120 estudios de 8 países distintos, reportan que por cada 10 µg/m3 en la concentración de NO2, existe una asociación en el incremento de mortalidad por causa respiratoria (0.7 y 1.4 %) en la población general, mientras que en pacientes con enfermedad pulmonar crónica obstructiva (EPOC) es del 1.8%, por lo que este último grupo es altamente vulnerable a las...
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