Acuerdo de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Estado de Guerrero y el Ayuntamiento de Tlacoachistlahuaca de dicha entidad federativa, para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena   

Fecha de disposición14 Septiembre 2007
Fecha de publicación14 Septiembre 2007
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO de Coordinación que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Estado de Guerrero y el Ayuntamiento de Tlacoachistlahuaca de dicha entidad federativa, para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena.

ACUERDO DE COORDINACION QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA COMISION, REPRESENTADA POR EL APODERADO LEGAL PEDRO DE JESUS ALEJANDRO, CON FUNCIONES DE DELEGADO EN EL ESTADO DE GUERRERO; EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL GOBIERNO DEL ESTADO, REPRESENTADO POR ARMANDO RIOS PITER, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL, Y EL H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE TLACOACHISTLAHUACA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL MUNICIPIO, REPRESENTADO POR ELOY SALMERON DIAZ Y MARCELINO MARTINEZ DANIEL, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y SINDICO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL MUNICIPIO; Y QUE EN CONJUNTO SE DENOMINARAN LAS PARTES PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA, EN LO SUCESIVO EL PROCAPI; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

El Artículo 2o. Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los estados y los municipios, de impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno.

El Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 2001-2006 señala que uno de los grandes retos para el desarrollo de los pueblos indígenas es articular el crecimiento económico con el desarrollo social y que los recursos destinados a promover su desarrollo integral, asignados al Ejecutivo Federal, a los gobiernos estatales y municipales, sean distribuidos y ejercidos con un criterio más amplio al de costo-beneficio que ha incidido en la falta de atención a las necesidades y demandas de la población indígena.

La Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas dispone que ese organismo tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas.

El Programa Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena EL PROCAPI, es operado por LA COMISION y tiene como objeto dar apoyo a las mejores propuestas productivas, rentables y de autoconsumo, que le propongan los gobiernos estatales y municipales en beneficio de los pueblos y comunidades indígenas.

En ese tenor y en razón de lo expuesto, tienen a bien establecer el presente Acuerdo bajo las siguientes:

DECLARACIONES

I. De LA COMISION, a través de su apoderado legal:

I.1 Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003.

I.2 Que cuenta con facultades de asesorar y apoyar en materia indígena a las instituciones federales, así como a los estados, municipios y a las organizaciones de los sectores social y privado que lo soliciten y puede establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas.

I.3 Que el C. Pedro de Jesús Alejandro, en su calidad de Delegado Estatal de LA COMISION, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de conformidad con el poder general manifestado en la escritura pública número sesenta y tres mil seiscientos noventa y dos, pasada ante la fe del notario público número ciento cuarenta y siete del Distrito Federal, F. Javier Gutiérrez Silva.

I.4 Que cuenta con suficiencia presupuestal autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el ejercicio fiscal 2006.

I.5 Que para otorgar recursos complementarios a través de ejecutoras de los tres niveles de gobierno para beneficiar a las comunidades indígenas, cuenta con EL PROCAPI (Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena), autorización publicada en el...

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