Acuerdo del Consejo General por el que se modifica el Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral, en acatamiento a la sentencia emitida por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de fecha veintisiete de agosto de dos mil ocho, recaída al expediente SUP-RAP-135/2008

Fecha de disposición19 Septiembre 2008
Fecha de publicación19 Septiembre 2008
MateriaDerecho Constitucional
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG399/2008. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, EN ACATAMIENTO A LA SENTENCIA EMITIDA POR LA H. SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION DE FECHA VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO, RECAIDA AL EXPEDIENTE SUP-RAP-135/2008.

ANTECEDENTES

  1. - En sesión celebrada el día 29 de mayo de 1997, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral emitió el acuerdo por el que se aprobaron los Lineamientos Generales para el Conocimiento de las Faltas Administrativas y de las Sanciones, previstas en el Título Quinto del Libro Quinto del entonces vigente Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de junio del mismo año.

  2. - El 17 de diciembre de 1999, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó en sesión ordinaria el acuerdo por el que se promueve la participación libre de los ciudadanos en el proceso electoral del año 2000, mediante el cual se instruía a la Junta General Ejecutiva para que en el mes de enero del año 2000 informara al propio Consejo, acerca de la modificación de los lineamientos antes citados.

  3. - Con fecha 20 de marzo del 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se modificaron los Lineamientos Generales para el Conocimiento de las Faltas Administrativas y de las Sanciones, aprobado en sesión celebrada el día 22 de febrero del año 2000, con lo que dio cumplimiento a lo señalado en el antecedente número 2.

  4. - En sesión ordinaria de fecha 30 de enero del año 2001, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el programa anual de actividades de la Comisión de Reglamentos para ese mismo año, en el que se estableció la tarea relativa a la revisión y, en su caso, propuesta de modificación a los Lineamientos Generales para el Conocimiento de las Faltas Administrativas y de las Sanciones, previstas en el Título Quinto del Libro Quinto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para ser presentado a la Junta General Ejecutiva.

  5. - En cumplimiento al mandato referido, y una vez analizadas y discutidas las propuestas de modificación reglamentaria presentadas a la Comisión de Reglamentos, ésta, en su sesión ordinaria de fecha 6 de diciembre del 2001, aprobó el anteproyecto de Reglamento para la Tramitación de los Procedimientos para el Conocimiento de las Faltas Administrativas y de las Sanciones Administrativas establecidas en el Título Quinto del Libro Quinto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para presentarla a consideración del Consejo General.

  6. - En sesión ordinaria del Consejo General, celebrada el 12 de diciembre del 2001, se aprobó el proyecto de Reglamento para la Tramitación de los Procedimientos para el Conocimiento de las Faltas Administrativas y de las Sanciones Administrativas establecidas en el Título Quinto del Libro Quinto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, mismo que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 12 de febrero del 2002, modificado mediante acuerdo del Consejo General de fecha 17 de mayo del mismo año, en cumplimiento a la sentencia recaída al recurso de apelación registrado bajo el número de expediente SUP-RAP-003/2002, dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto del 2002.

  7. - En sesión ordinaria del Consejo General, celebrada el 30 de abril de 2003, se aprobó el Acuerdo del Consejo General por el que se aprueban modificaciones al Reglamento para la Tramitación de los Procedimientos para el Conocimiento de las Faltas y Aplicación de Sanciones Administrativas establecidas en el Título Quinto del Libro Quinto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  8. - El día 3 de octubre de 2007, fue presentado en la Comisión de Reglamentos un anteproyecto de reforma al Reglamento para la Tramitación de los Procedimientos para el Conocimiento de las Faltas y Aplicación de Sanciones Administrativas establecidas en el Título Quinto del Libro Quinto del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  9. - El 13 de noviembre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellos, los artículos 41, 99 y 134.

  10. - El día 14 de enero de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual, de conformidad con el artículo tercero transitorio, abroga el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 1990, así como sus reformas y adiciones. En el Libro Séptimo, capítulos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto, se contemplan el procedimiento sancionador ordinario y el procedimiento especial sancionador.

  11. - En sesión extraordinaria celebrada con fecha 7 de julio de 2008, la Comisión de Quejas y Denuncias aprobó el proyecto de expedición del Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Quejas y Denuncias.

  12. - En sesión extraordinaria celebrada con fecha 10 de julio de 2008, el Consejo General aprobó el Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral, mediante el acuerdo CG322/2008.

  13. - Inconforme con el contenido de dicho instrumento, el representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de esta institución, interpuso recurso de apelación el día 30 de julio de 2008.

  14. - Con fecha 27 de agosto de dos mil ocho, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el expediente SUP-RAP-135/2008, recaído al medio de impugnación referido en el párrafo que precede, señalando, en lo sustancial, lo siguiente:

    (...)

    Por consiguiente, este órgano jurisdiccional estima fundado el agravio esgrimido por el Partido de la Revolución Democrática, a efecto de que la autoridad responsable tome en cuenta los elementos precisados con antelación y regule la procedencia del procedimiento especial sancionador, fuera de proceso electoral, por actos y conductas que: i) violen lo establecido en la Base III del artículo 41 o en el séptimo párrafo del artículo 134 de la Constitución; ii) contravengan las normas sobre propaganda política o electoral establecidas para los partidos políticos en este Código; o iii) constituyan actos anticipados de precampaña o campaña; siempre y cuando, las posibles violaciones se encuentren relacionadas con la difusión de propaganda que pudiera considerarse política o electoral en radio y televisión.

    (...)

    En consecuencia, deberá modificar todas aquéllas disposiciones que resulten impactadas por esta determinación.

    (...)

  15. - En sesión extraordinaria celebrada con fecha 28 de agosto de 2008, la Comisión de Quejas y Denuncias aprobó el las modificaciones al Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Quejas y Denuncias.

    Considerando

    1. Que el artículo 41, párrafo segundo, base V dispone que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

    2. Que el artículo 106, numeral 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

    3. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del código comicial federal, los órganos

      centrales del Instituto Federal Electoral son el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaria Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

    4. Que el artículo 109 del mismo código, establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

    5. Que el artículo 118, párrafo 1, inciso a) de la norma en cita, dispone que el Consejo General tiene entre sus atribuciones la de aprobar y expedir los reglamentos interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades del Instituto.

    6. Que de acuerdo al artículo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide el código electoral federal, el Consejo General está facultado para dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las disposiciones de dicha norma y deberá expedir los reglamentos que se deriven de la misma a más tardar en 180 días a partir de su entrada en vigor.

    7. Que de acuerdo...

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