Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se ratifica la propuesta de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos para que el Consejero Electoral Arturo Sánchez Gutiérrez presida dicho Organo Colegiado
Fecha de disposición | 24 Febrero 2010 |
Fecha de publicación | 24 Febrero 2010 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Sección | PRIMERA. Organismos Autonomos |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG21/2010. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE RATIFICA LA PROPUESTA DE LA COMISION DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLITICOS PARA QUE EL CONSEJERO ELECTORAL ARTURO SANCHEZ GUTIERREZ PRESIDA DICHO ORGANO COLEGIADO.
Antecedentes
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El 14 de enero del año de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
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En sesión extraordinaria del 18 de enero de 2008, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG07/2008 por el que determinó la integración de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos.
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En sesión extraordinaria del 27 de junio de 2008, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG299/2008 por el que se expide el Reglamento de Comisiones del órgano máximo de dirección.
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En sesión de fecha 22 de enero de 2010 de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, se designó de común acuerdo al Consejero Electoral Arturo Sánchez Gutiérrez como Presidente de dicha Comisión, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 11, numeral 2 del Reglamento de Comisiones del Consejo General.
Considerando
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Que de conformidad con lo establecido en el artículo 41, base V, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, que es autoridad en la materia e independiente en sus decisiones y funcionamiento. En el ejercicio de estas funciones, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.
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Que el artículo 106, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
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Que el artículo 106, párrafo 4 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que el Instituto se regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas y las del código electoral.
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Que el artículo 108 de la norma federal electoral, determina que el Instituto Federal Electoral cuenta...
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