Aviso para dar a conocer las bases y áreas de influencia logística de maíz, trigo y sorgo, así como el apoyo por compensación de bases en agricultura por contrato para el maíz de los estados de Sinaloa, Sonora y Veracruz del ciclo agrícola otoño-invierno 2012-2013

Fecha de disposición10 Junio 2013
Fecha de publicación10 Junio 2013
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. BALTAZAR MANUEL HINOJOSA OCHOA, Director en Jefe de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. y 12, de la Ley de Planeación; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., segundo párrafo, 74, 75, 76 y 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1o., 22, fracción IX incisos a) y d), 32, fracciones VI, IX, XI y XIII, 58, 86, 104, 105, 109, 124, 178, 179, 183, 188, 189, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 3 fracciones X y XIX, 29, 30 y 35, Transitorio Tercero y Anexo 10, numeral 4 del Ramo 08, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 2 apartado D, fracción I, 44, 46 y Octavo Transitorio, del Reglamento Interior de la SAGARPA; 1 fracción III, inciso a), 2, 3, 7, 30, 31, 65 fracción XVII, del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de febrero de 2013 (Reglas de Operación), y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013 tiene contemplado en su "Objetivo 4.10. Construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país", la Estrategia 4.10.1. orientada a Impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico, y más específicamente como línea de acción la de Impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance de demanda y oferta, para garantizar un abasto oportuno, a precios competitivos, coadyuvando a la seguridad alimentaria, así como la de Apoyar la producción y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agropecuarios y pesqueros de las zonas rurales más pobres, generando alternativas para que se incorporen a la economía de manera más productiva;

Que las Reglas de Operación, en su Título II, Capítulo III Programa de Prevención y Manejo de Riesgos, Sección I Componente Apoyo al Ingreso Objetivo y a la Comercialización (Componente), así como en el Anexo XXXI Lineamientos para la Operación del Componente Apoyo al Ingreso Objetivo y a la Comercialización (Lineamientos para la Operación), establecen en su artículo 5o. Especificaciones de los Apoyos, que de acuerdo con la problemática y características del producto elegible, ASERCA dará a conocer mediante Avisos lo siguiente: justificación de la instrumentación del apoyo, población objetivo específica, productos elegibles, volumen, concepto y monto de apoyo, entidades federativas, ciclo agrícola, bases y áreas de influencia logística, porcentajes de apoyo de coberturas y recuperaciones, modalidad de coberturas, fianza de cumplimiento, así como las Ventanillas y las fechas de apertura y cierre para la realización de los trámites, y las disposiciones y requisitos previstos en las presentes Reglas de Operación aplicables al concepto de apoyo específico que se instrumente;

Que conforme al Decreto que establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado el 22 de enero de 2013 en el DOF, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social. Con ello se contribuye al cumplimiento de uno de los objetivos de SINHAMBRE estipulados en el Artículo Segundo, inciso III referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas.

Que resulta indispensable continuar fomentando el ordenamiento de los mercados en las regiones que presentan cosechas de maíz, trigo y sorgo con problemas de comercialización, pero sobre todo, brindar a los productores la certeza de la venta de sus cosechas a un precio competitivo.

Que de conformidad con lo señalado en el Capítulo III "Programa de Prevención y Manejo de Riesgos", Sección I "Del Componente Apoyo al Ingreso Objetivo y a la Comercialización", Artículo 31, de las Reglas de Operación, la SAGARPA determinó la instrumentación de apoyos a la Agricultura por Contrato para las cosechas nacionales de granos con el fin de: a) asegurar al productor la venta anticipada de su cosecha mediante la celebración de contratos de compraventa a término, bajo condiciones específicas de volumen, calidad, tiempo, lugar de entrega, precio, forma de pago, entre otras; b) asegurar al comprador (comercializador y/o consumidor) una fuente segura de abasto; c) dar certidumbre de ingreso y/o de precio al productor y al comprador (comercializador y/o consumidor); y d) fomentar con ello el ordenamiento del mercado de estos productos; por lo que tengo a bien expedir el presente:

AVISO PARA DAR A CONOCER LAS BASES Y AREAS DE INFLUENCIA LOGISTICA DE MAIZ, TRIGO Y SORGO, ASI COMO EL APOYO POR COMPENSACION DE BASES EN AGRICULTURA POR CONTRATO PARA EL MAIZ DE LOS ESTADOS DE SINALOA, SONORA Y VERACRUZ DEL CICLO AGRICOLA OTOÑO-INVIERNO 2012-2013

PRIMERO.- Población objetivo específica. Personas físicas o morales, productores (directamente o a través de sus organizaciones) y compradores (comercializadores y/o consumidores) que intervengan en la comercialización de maíz, trigo y sorgo, mediante la celebración de contratos de compraventa a término, registrados y validados en las Direcciones Regionales de ASERCA conforme al Aviso de apertura de ventanillas, así como sus Adiciones, Modificaciones y Fe de Erratas publicadas el 20 de febrero, el 7, 8, 22 y 26 de marzo de 2013 respectivamente, en la página electrónica de ASERCA (www.infoaserca.gob.mx).

SEGUNDO.- Bases y áreas de influencia logística para los contratos de compraventa. Se establecen considerando las bases publicadas previamente en el Aviso...

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