Acuerdo mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Seguros Santander Mexicano, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, Grupo Financiero Santander Serfín, para continuar funcionando, en virtud de su fusión con Seguros Serfín, S.A., Grupo Financiero Santander Serfín

Fecha de disposición29 Junio 2004
Fecha de publicación29 Junio 2004
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Seguros Santander Mexicano, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, Grupo Financiero Santander Serfín, para continuar funcionando, en virtud de su fusión con Seguros Serfín, S.A., Grupo Financiero Santander Serfín.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 01336.- 731.1/78002.

AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE SEGUROS.- Se revoca la otorgada a esa sociedad para continuar funcionando, en virtud de su fusión con Seguros Serfín, S.A., Grupo Financiero Santander Serfín.

Seguros Santander Mexicano, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros Grupo Financiero Santander Serfín Paseo de la Reforma No. 96 Anexo Atenas No. 53, 4o. piso Col. Juárez, C.P. 06600 Ciudad.

Esta Secretaría mediante oficio 366-IV-3638 del 31 de julio pasado, autorizó la fusión entre Seguros Serfín, S.A., Grupo Financiero Santander Serfín, en su calidad de fusionante y Seguros Santander Mexicano, S.A., Compañía de Seguros y Reaseguros, Grupo Financiero Santander Serfín, con el carácter de fusionada, así como el convenio de fusión respectivo celebrado entre las dos instituciones el 16 de octubre del 2002, en donde se establece que la fusionante se subrogará a título universal en todos los activos, derechos y pasivos de la fusionada, lo que consta en el testimonio de la escritura número 29,843 del 14 de noviembre último, otorgado ante la fe del licenciado Eduardo J. Muñoz Pinchetti, Notario Público número 71, con ejercicio en el Distrito Federal.

Por lo anterior, esta Secretaría habiendo oído la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, según consta en el oficio 06-367-II-1.1/7978 de fecha 15 de julio del 2002, con fundamento en los artículos 31 fracciones VIII y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 2o., 66 y 75 último párrafo de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 6o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ha resuelto dictar el siguiente:

ACUERDO

Se revoca la autorización que el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público...

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