Convenio de Coordinación que celebran la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y el H. Congreso del Estado de Tlaxcala, con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación del ejercicio del Ramo 33 y de los recursos reasignados previstos en los presupuestos de egresos de la Federación correspondientes a los ejercicios de 1997, 1998...

Fecha de disposición02 Agosto 1999
Fecha de publicación02 Agosto 1999
SecciónPRIMERA. Poder Legislativo

CONVENIO de Coordinación que celebran la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y el H. Congreso del Estado de Tlaxcala, con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación del ejercicio del Ramo 33 y de los recursos reasignados previstos en los presupuestos de egresos de la Federación correspondientes a los ejercicios de 1997, 1998 y 1999.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Contaduría Mayor de Hacienda de la H. Cámara de Diputados.

CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION POR CONDUCTO DE SU ORGANO TECNICO, LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA, EN LO SUBSECUENTE "LA CONTADURIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C.P. GREGORIO GUERRERO POZAS Y EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA, A TRAVES DE SU CONTRALORIA MAYOR DEL INGRESO Y GASTO PUBLICOS, REPRESENTADA POR SU TITULAR C.P. ENRIQUE NIETO PEREZ, EN LO SUCESIVO "LA CONTRALORIA", CON EL OBJETO DE REALIZAR EL SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL EJERCICIO DEL RAMO 33 Y DE LOS RECURSOS REASIGNADOS PREVISTOS EN LOS PRESUPUESTOS DE EGRESOS DE LA FEDERACION CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS DE 1997, 1998 Y 1999, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLAUSULAS.

ANTECEDENTES

  1. En los Presupuestos de Egresos de la Federación (PEF) para los ejercicios de 1997, 1998 y 1999, se establecieron nuevos mecanismos en la distribución de los recursos federales hacia las Entidades Federativas. En ellos, se identifica el destino de tales recursos y su magnitud, así como las responsabilidades de las instancias federales y estatales, en la inspección y vigilancia de éstos.

  2. En 1998, como resultado de la conjunción de algunos de los programas asociados con los Ramos 9 "Comunicaciones y Transportes", 11 "Educación Pública", 12 "Salud", 25 "Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica y Normal" y 26 "Desarrollo Social y Productivo en Regiones de Pobreza", surge el Ramo 33 "Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios". Los recursos involucrados en estas actividades son ejercidos directamente por los estados y los municipios, quienes los reciben por la vía de las aportaciones, encontrándose regulados en el Capítulo V "De los Fondos de Aportaciones Federales" de la Ley de Coordinación Fiscal.

  3. Otro mecanismo de apoyo a las entidades federativas contemplado en los PEF de los ejercicios fiscales antes mencionados, es la distribución de recursos mediante la reasignación del gasto público federal.

  4. Tratándose de la reasignación del gasto público federal, se estableció que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y las dependencias encargadas de los programas y gastos que se reasignen, celebrarán convenios con los gobiernos estatales, en el marco de los convenios de desarrollo social.

  5. Por su parte los artículos 23, 27 y 20 de los PEF para los ejercicios 1997, 1998 y 1999 respectivamente, establecen que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y las legislaturas locales, podrán celebrar convenios procedentes, a través de sus respectivos órganos técnicos, para llevar el seguimiento del ejercicio de los recursos que se reasignen, en los términos de la Ley Orgánica de "La Contaduría".

  6. Asimismo, el artículo 19 del PEF para 1998, prescribía que la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en el ámbito de sus atribuciones, realizaría la inspección y vigilancia del...

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