Acuerdo por el que se determina nuevo domicilio de la Oficialía de Partes en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, para recibir toda clase de notificaciones y documentos relacionados con los bienes descritos en el artículo 1 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Fecha de disposición02 Diciembre 2008
Fecha de publicación02 Diciembre 2008
MateriaDerecho Fiscal
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA NUEVO DOMICILIO DE LA OFICIALIA DE PARTES EN LA CIUDAD DE CANCUN, QUINTANA ROO, DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PARA RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LOS BIENES DESCRITOS EN EL ARTICULO 1 DE LA LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO.

LUIS MIGUEL ALVAREZ ALONSO, Director General del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con fundamento en los artículos 4 y 33 del Código Civil Federal; 76 y 87 fracciones I y IV de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y

CONSIDERANDO

Que con objeto de que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) contara, en el momento de su creación, con un domicilio oficial para la recepción de toda clase de notificaciones y documentos provenientes de las autoridades competentes relacionados con los bienes asegurados, decomisados y abandonados en procedimientos penales federales, con fecha 18 de agosto de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se determinó el domicilio de las Oficialías de Partes del SAE (Acuerdo);

Que en la fracción X del artículo SEGUNDO del Acuerdo, se señaló que las notificaciones y documentos de los estados de Quintana Roo, Campeche y Yucatán serían recibidos en la Oficialía de Partes del SAE de la ciudad de Cancún, Quintana Roo, ubicada en calle Mojarra número 25, lote 6, supermanzana 3, manzana 7, código postal 77500;

Que el día 11 de octubre de 2006, se publicó en el DOF un acuerdo por medio del cual se modificó, entre otros, el último párrafo del artículo SEGUNDO del Acuerdo, en el que se señaló que las Oficialías de Partes recibirían todas las notificaciones y documentos relativos a los bienes descritos en el artículo 1 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público;

Que toda vez que las oficinas de la Coordinación Regional del SAE en Cancún, Quintana Roo, a partir del 1 de diciembre del presente año, serán reubicadas al domicilio ubicado en avenida...

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