Reglas de Operación del Fondo para la Reconstrucción Económica y Social de Tabasco y Chiapas   

Fecha de disposición21 Febrero 2008
Fecha de publicación21 Febrero 2008
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

REGLAS de Operación del Fondo para la Reconstrucción Económica y Social de Tabasco y Chiapas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

GUILLERMO EDMUNDO BERNAL MIRANDA, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario, con fundamento en los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 43 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008; y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que durante los meses de octubre y noviembre de 2007, en los Estados de Tabasco y Chiapas, ocurrieron graves desastres naturales que afectaron considerablemente a su población, así como a la infraestructura pública en dichas entidades federativas;

Que el Gobierno Federal a través de diversos programas, destina recursos e implementa acciones a fin de apoyar a la población, impulsar el desarrollo económico y social, y a la reconstrucción de la infraestructura pública dañada por desastres naturales en las entidades federativas;

Que en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, se estableció la conformación del Fondo para la Reconstrucción Económica y Social de Tabasco y Chiapas, con el fin de garantizar la flexibilidad y disponibilidad de recursos que requieren las acciones dirigidas a la atención de la emergencia y de dicha reconstrucción; y

Que en el ordenamiento de referencia, se prevé la emisión de reglas de operación para normar dicho fondo, he tenido a bien emitir las siguientes:

REGLAS DE OPERACION DEL FONDO PARA LA RECONSTRUCCION ECONOMICA Y SOCIAL DE TABASCO Y CHIAPAS

Sección I
Disposiciones Generales

PRIMERO.- Las presentes Reglas de Operación tienen por objeto establecer los criterios y mecanismos que permitan garantizar la flexibilidad y disponibilidad de los recursos que requiere la atención de la emergencia y reconstrucción económica y social de los estados de Tabasco y Chiapas, atendiendo a los principios de eficacia, transparencia, honradez y oportunidad.

SEGUNDO.- Para efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:

I. Apoyos: los recursos federales que se destinen a través de los diferentes programas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la reconstrucción económica y social de Tabasco y Chiapas;

II. Aportaciones: los recursos que con cargo al 10 por ciento de los ingresos a que se refiere el artículo 19, fracción IV, inciso d), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, destinen al Fondo de Reconstrucción Económica y Social de Tabasco y Chiapas, las entidades federativas en el ejercicio fiscal 2008;

III. Atención a la Población: las acciones destinadas a proporcionar suministros de auxilio y asistencia ante situaciones de emergencia y de desastre, para responder de manera inmediata y oportuna a las necesidades urgentes para la protección de la vida y la salud de la población, generadas por un fenómeno natural perturbador;

IV. Dependencias y Entidades...

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