Acuerdo por el que se reforman diversos numerales de las Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos (1942 a 1964)

EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos FID. 2106. EL COMITE TECNICO DEL FIDEICOMISO (2106) DEL FONDO DE APOYO SOCIAL A EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que le confiere a este Comité el numeral 7 de las Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos (1942 a 1964), aprueba en su Vigésima Sesión Extraordinaria efectuada el día miércoles 24 de junio de 2009 el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS NUMERALES DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FIDEICOMISO 2106 FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS (1942 A 1964).

ARTICULO UNICO

Se modifican los numerales 4, 5 y 6.3.3 de las Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942 a 1964, así como el artículo QUINTO Transitorio del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de Octubre de 2008.

  1. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1o. y 6o. de la LEY y la Cláusula Quinta del CONTRATO, se les otorgarán apoyos sociales a los BENEFICIARIOS que cumplan con los siguientes requisitos y condiciones:

    ...

  2. IMPORTE DEL APOYO SOCIAL.

    El importe del apoyo social que se entregará por una sola vez a cada BENEFICIARIO será por la cantidad de $38,000.00 (Treinta y ocho mil pesos 00/100 M.N.), misma que será entregada en exhibiciones de acuerdo a los recursos disponibles en el Fideicomiso en cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo que establecen las fracciones II y III del Artículo 5o. de la LEY.

    6.3.3

    ...

    ...

    ...

    ...

    El TERCERO deberá obtener de cada uno de los BENEFICIARIOS que integran la RELACION DE APOYOS PROGRAMADOS, contra la entrega total de los apoyos sociales por $38,000.00 (Treinta y ocho mil pesos 00/100 M.N.), el documento a que se refiere el artículo 9o. del DECRETO, y la Cláusula Quinta del CONTRATO, en el que acepta liberar al Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y sus dependencias, lo mismo que a cualquier otra institución pública mexicana, incluyendo órganos autónomos, de cualquier reclamo del pasado, presente y futuro relacionado en cualquier forma con los Acuerdos Internacionales que dieron origen al Programa de Trabajadores Migratorios Mexicanos, sin reservarse ningún...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR