Reformas y adiciones a las Disposiciones de Carácter General en materia de transparencia aplicables a las Uniones de Crédito
Edición | Matutina |
Emisor | Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros |
Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. MARIO ALBERTO DI COSTANZO ARMENTA, Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 4, 11, fracciones XV, XVIII, XIX, XXVIII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XLI y XLII; 16, 26, fracciones I, II, IV, VIII y XX, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; 7, 11, 11 Bis1, 12, 13, 15, 23 y 41 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, así como 1 y 10, primer párrafo, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, y
CONSIDERANDO
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Que con fecha 16 de octubre de 2015 la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones de Carácter General en materia de transparencia aplicables a las Uniones de Crédito.
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Que resulta necesario adecuar las Disposiciones enunciadas en el considerando que antecede, con el propósito de cumplir de mejor manera con el objetivo que motivó su creación.
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Que el Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con fundamento en la facultad que le confiere el artículo 26, fracción VIII, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, y dada la relevancia de emprender acciones que permitan mejorar la aplicación de la norma, conforme a las disposiciones vigentes, estimó pertinente solicitar a la Junta de Gobierno la aprobación de las Reformas y adiciones a las Disposiciones de Carácter General en materia de transparencia aplicables a las Uniones de Crédito.
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Que mediante acuerdo CONDUSEF/JG/103/06 del 2 de septiembre de 2016, la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros aprobó las Reformas y adiciones a las Disposiciones de Carácter General en materia de transparencia aplicables a las Uniones de Crédito.
Por lo expuesto y fundado se expiden las siguientes:
REFORMAS Y ADICIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE TRANSPARENCIA APLICABLES A LAS UNIONES DE CRÉDITO
Se REFORMAN los artículos 2, fracciones IV...
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