Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

Fecha de disposición31 Mayo 2019
Fecha de publicación31 Mayo 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 17, 17 Bis, 18 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación

Capítulo I Artículos 1 a 3

Del ámbito de competencia y de la organización de la Secretaría

Artículo 1

La Secretaría de Gobernación es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que le asignan las leyes, así como los reglamentos, decretos y acuerdos de la persona Titular del Ejecutivo Federal.

Artículo 2

Al frente de la Secretaría de Gobernación habrá una persona Titular de la misma quien, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliará de:

  1. Las personas servidoras públicas siguientes:

    1. Titular de la Subsecretaría de Gobierno;

    2. Titular de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración;

    3. Titular de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos, y

    4. Titular de la Unidad de Administración y Finanzas;

  2. Las unidades administrativas siguientes:

    1. Unidad de Gobierno;

    2. Unidad para la Atención de las Organizaciones Sociales;

    3. Unidad de Política Interior y Análisis de Información;

    4. Unidad de Enlace;

    5. Unidad de Normatividad de Medios de Comunicación;

    6. Unidad para la Defensa de los Derechos Humanos;

    7. Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas;

    8. Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia;

    9. Unidad de Desarrollo Democrático;

    10. Unidad de Construcción de Ciudadanía y Participación Social;

    11. Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social;

    12. Unidad General de Asuntos Jurídicos;

    13. Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de México;

    14. Dirección General de Enlace y Seguimiento;

    15. Dirección General Regional Centro y Noreste;

    16. Dirección General Regional Sureste;

    17. Dirección General Regional Noroeste y Occidente;

    18. Dirección General de Análisis y Prospectiva para la Política Interior;

    19. Dirección General de Evaluación de Escenarios de Gobernabilidad;

    20. Dirección General de Estudios Legislativos;

    21. Dirección General de Información Legislativa;

    22. Dirección General de Normatividad de Comunicación;

    23. Dirección General de Medios Impresos;

    24. Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía;

    25. Dirección General de Juegos y Sorteos;

    26. Dirección General para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas;

    27. Dirección General de Política Pública de Derechos Humanos;

    28. Dirección General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos;

    29. Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad;

    30. Dirección General para el Fortalecimiento de los Tribunales Superiores y las Procuradurías Estatales;

    31. Dirección General para la Reconciliación y Justicia;

    32. Dirección General de Cultura Democrática y Fomento Cívico;

    33. Dirección General de Vinculación con Organizaciones de la Sociedad Civil;

    34. Dirección General de Construcción de Ciudadanía y Participación Social;

    35. Dirección General de Coordinación Interinstitucional;

    36. Dirección General de Prevención Social del Delito y la Reconstrucción del Tejido Social;

    37. Dirección General de Asuntos Religiosos;

    38. Dirección General de Programación y Presupuesto;

    39. Dirección General de Recursos Humanos;

    40. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales;

    41. Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones;

    42. Dirección General de lo Consultivo y de Contratos y Convenios;

    43. Dirección General de lo Contencioso, y

    44. Dirección General de Procedimientos Constitucionales, y

  3. Los órganos administrativos desconcentrados siguientes y aquéllos que le correspondan, por disposición legal, reglamentaria o determinación de la persona Titular del Ejecutivo Federal:

    1. Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal;

    2. Instituto Nacional de Migración;

    3. Secretaría General del Consejo Nacional de Población;

    4. Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados;

    5. Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres;

    6. Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes;

    7. Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, y

    8. Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur.

    La adscripción de las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados al área de responsabilidad de la persona Titular de la Secretaría, a cada Subsecretaría, a las otras unidades de nivel administrativo equivalente, será determinada por acuerdo que emita la persona Titular de la Secretaría, que será publicado en el Diario Oficial de la Federación.

    La Secretaría contará con las unidades subalternas que figuren en su estructura autorizada, cuya adscripción y funciones deberán especificarse y regularse en el Manual de Organización General de la Secretaría y, en su caso, en los manuales específicos de sus unidades administrativas y de sus órganos administrativos desconcentrados. La persona Titular de la Secretaría podrá disponer de direcciones generales, direcciones generales adjuntas, direcciones, subdirecciones y jefaturas de departamento, para la atención, coordinación y seguimiento de los asuntos de su competencia, así como cualquier otra relacionada con el apoyo técnico de sus funciones, entre otras, las de planeación, estrategia y apoyo logístico, conforme a la disponibilidad presupuestaria y las disposiciones aplicables en la materia.

Artículo 3

La Secretaría de Gobernación planeará y conducirá sus actividades con sujeción a lo dispuesto en los instrumentos que se emitan en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática y con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades del desarrollo nacional determine la persona Titular del Ejecutivo Federal.

Capítulo II Artículos 4 a 5

De la persona Titular de la Secretaría

Artículo 4

Corresponde originalmente a la persona Titular de la Secretaría la representación, trámite y resolución de los asuntos que competen a la Secretaría de Gobernación.

Para la mejor organización del trabajo, la persona Titular de la Secretaría podrá delegar sus facultades en las personas servidoras públicas subalternas, salvo aquéllas que las disposiciones jurídicas aplicables señalen como indelegables, sin perjuicio de su ejercicio directo.

Artículo 5

Son facultades indelegables de la persona Titular de la Secretaría:

  1. Acordar con la persona Titular del Ejecutivo Federal, el despacho de los asuntos que correspondan a la competencia de la Secretaría y entidades paraestatales de su sector coordinado;

  2. Coordinar a las personas titulares de las Secretarías de Estado y demás funcionarios de la Administración Pública Federal para garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos de la persona Titular del Ejecutivo Federal y por acuerdo de éste, convocar a las reuniones de gabinete; acordar con las personas titulares de las Secretarías de Estado, órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales las acciones necesarias para dicho cumplimiento, y requerir a los mismos los informes correspondientes;

  3. Establecer, dirigir y controlar las políticas de la Secretaría, así como planear y coordinar, en los términos de la legislación aplicable, las actividades del sector coordinado por ella;

  4. Someter a consideración y, en su caso, aprobación de la persona Titular del Ejecutivo Federal el Programa Sectorial de Gobernación, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, y coordinar su ejecución, control y evaluación;

  5. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría y la información de la Secretaría para la integración de la cuenta pública;

  6. Desempeñar las comisiones y funciones especiales que la persona Titular del Ejecutivo Federal le confiera y mantenerla informada sobre su desarrollo y ejecución;

  7. Proponer al Ejecutivo Federal los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, programas, órdenes y demás disposiciones sobre los asuntos de la competencia de la Secretaría, de conformidad con la normativa aplicable;

  8. Informar al Congreso de la Unión, del estado que guardan los asuntos que competen a la Secretaría y al sector paraestatal coordinado por ésta, así como acudir a convocatoria de cualquiera de sus Cámaras, cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente al ramo de sus actividades, y comparecer en términos de las disposiciones legales ante las comisiones del Congreso de la Unión;

  9. Refrendar, en los términos del artículo 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, los reglamentos, decretos y acuerdos que expida la persona Titular del Ejecutivo Federal;

  10. Representar a la persona Titular del Ejecutivo Federal en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, en términos de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del

Artículo 105

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el Ejecutivo Federal, pudiendo ser suplida de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento;

  1. Fijar la política que deberá aplicar la Secretaría a efecto de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del...

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