Reglamento de la Mapoteca Manuel Orozco y Berra.

Fecha de disposición26 Octubre 2017
Fecha de publicación26 Octubre 2017
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 35 fracciones V y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 6, fracciones XVIII, XX y XXI de la Ley General de Bienes Nacionales; 1, 2, 7, 23, 55, 68, 70, fracción XLVIII y 71, fracción I, inciso g), 116 y 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 3, 6, 9, 68, 113 y 117 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 2, fracciones III, IV, V y XV a), y 6 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 1, 2 apartado D, fracción V, 5 fracciones IV y XII, 9, fracciones II, IV y XXXVIII, 17, fracciones IV, XVII, XX y XXIII, 44, 45, 46 fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1 y 2, fracciones IV, VI y XVIII, 3, 4, 6, 7, fracciones IV, XV y XX, 12 y 15, fracciones, III y VII del Reglamento Interior del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, y

CONSIDERANDO

Que el Ejecutivo Federal a través de sus dependencias dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, debe promover el establecimiento, organización y sostenimiento de las bibliotecas públicas y similares, procurando su regulación, modernización y la apropiada difusión de sus servicios, en beneficio de la sociedad mexicana en su conjunto.

Que las bibliotecas, archivos públicos y similares, tienen como objeto principal ofrecer de forma democrática el acceso a sus diversos servicios, así como facilitar y establecer todo lo que permita a la población en general adquirir, transmitir, acrecentar y conservar en forma libre el conocimiento disponible.

Que el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, tiene entre sus atribuciones específicas la de administrar la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra", a través de la Dirección de Diseminación.

Que la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra" integra un acervo importante para el Estado mexicano de documentos especializados en temas histórico-cartográficos, climatológicos, geográficos, geodésicos y otros relacionados, así como de diversas publicaciones periódicas.

Que la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra" concentra un acervo que constituye una referencia de consulta obligada para los actores del sector cartográfico, otros relacionados con el contenido de su acervo, así como el público en general.

Que el acervo de la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra" constituye un valioso patrimonio histórico y cultural irremplazable que requiere de difusión y conservación adecuadas.

Que por lo anteriormente expuesto he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO DE LA MAPOTECA "MANUEL OROZCO Y BERRA"

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 36
Capítulo Único Artículos 1 a 4

Del Objeto y Autoridad Competente

Artículo 1

El presente Reglamento es de carácter obligatorio y público, el cual tiene por objeto normar la preservación, protección, acopio, incremento, conservación y difusión de los materiales que integran las colecciones y servicios de la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra", los cuales deben ser proporcionados a la comunidad para la satisfacción de las necesidades de información en materia cartográfica, climatológica, geográfica, geodésica e histórica.

Artículo 2

La autoridad administrativa facultada en lo relativo al objeto, servicios y cualquier asunto relacionado con la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra", corresponde al Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, quien tendrá a su cargo la custodia, clasificación, catalogación y formación de los inventarios de todas las colecciones que se refieren en el artículo 5, los cuales tienen el carácter de bienes de dominio público pertenecientes al patrimonio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, fracciones XVIII, XX y XXI de la Ley General de Bienes Nacionales, por lo que no podrán:

  1. Ser destruidos o enajenados de conformidad con la legislación vigente, y

  2. Salir del país por ser documentos originales relacionados con la historia de México, salvo que se celebre un acuerdo interinstitucional en el ámbito internacional con uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organismos internacionales.

Artículo 3

La Dirección de Diseminación en el ámbito de su competencia, será la Unidad responsable de la adecuada administración y funcionamiento de la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra", observando lo siguiente:

  1. Autorizar y coordinar todos los aspectos relacionados con la operación sobre el acceso y manejo a los materiales del acervo;

  2. Es responsable en todo lo relacionado con la integridad y conservación de las instalaciones;

  3. De procurar el óptimo estado de los bienes de la Mapoteca, así como su adecuado manejo y operación, a fin de impedir una afectación al valor de dichos bienes;

  4. Proponer un programa de capacitación al personal adscrito a la Mapoteca, preferentemente, de forma anual, o cuando las necesidades del servicio lo requieran;

  5. Mantener actualizado el inventario de las colecciones cartográficas de la Mapoteca;

  6. En coordinación con la Unidad Administrativa competente, diseñar, elaborar y operar un programa interno de protección civil de la Mapoteca, y

  7. La realización de acciones administrativas o lineamientos, para cumplir con el presente reglamento y la normatividad legal aplicable.

Artículo 4 El personal de la Dirección de Diseminación que proporcione los servicios de consulta, debe colaborar permanentemente en las diversas actividades que le sean encomendadas y deberán prestar los servicios con amabilidad, atención, calidad, celeridad, eficiencia y en las más óptimas condiciones posibles en beneficio de los usuarios dentro del marco de sus atribuciones.
TÍTULO II Artículos 5 a 7

RECURSOS PATRIMONIALES

Capítulo Único Artículos 5 a 7

De las Colecciones

Artículo 5

La Mapoteca "Manuel Orozco y Berra", cuenta con las siguientes colecciones:

  1. Colección Cartográfica;

  2. Colección Archivo Técnico;

  3. Colección Bibliográfica;

  4. Colección de Instrumentos Geodésicos, Topográficos y Gravimétricos, y

  5. Colección Fotográfica.

Artículo 6

Las colecciones de la Mapoteca "Manuel Orozco y Berra", cuentan con sub-colecciones, como se indica a continuación:

  1. Colección Cartográfica, se divide en las siguientes sub-colecciones:

    1. Colección Manuel Orozco y Berra;

    2. Colección General de Fomento;

    3. Colección de Límites;

    4. Colección Histórica;

    5. Colección Instituto Panamericano de Geográfica e Historia (IPGH);

    6. Colección Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI);

    7. Colección Moderna, y

    8. Donaciones particulares.

      A Colección Manuel Orozco y Berra:

      i. Estados
      i. Otros temas
      1. Aguascalientes
      2. Baja California
      3. Campeche
      4. Coahuila
      5. Colima
      6. Chiapas
      7. Chihuahua
      8. Distrito Federal (Ciudad de México)
      9. Durango
      10. Guanajuato
      11. Guerrero
      12. Hidalgo
      13. Jalisco
      14. México
      15. Michoacán
      16. Morelos
      17. Nayarit
      18. Nuevo León
      19. Oaxaca
      20. Puebla
      21. Querétaro
      22. Quintana Roo
      23. San Luis Potosí
      24. Sinaloa
      25. Sonora
      26. Tabasco
      27. Tamaulipas
      28. Tlaxcala
      29. Veracruz
      30. Yucatán
      31. Zacatecas
      1. Ilustraciones
      2. Negativos
      3. Parciales
      4. Istmo de Tehuantepec
      5. mites México- EU
      6. mites México Guatemala
      7. República Mexicana
      8. Internacionales
    9. Colección General de Fomento:

      i. Estados
      ii. Internacionales
      iii. Otros temas
      1. Aguascalientes
      2. Baja California
      3. Campeche
      4. Coahuila
      5. Colima
      6. Chiapas
      7. Chihuahua
      8. Distrito Federal (Ciudad de México)
      9. Durango
      10. Guanajuato
      11. Guerrero
      12. Hidalgo
      13. Jalisco
      14. México
      15. Michoacán
      16. Morelos
      17. Nayarit
      18. Nuevo León
      19. Oaxaca
      20. Puebla
      21. Querétaro
      22. Quintana Roo
      23. San Luis Potosí
      24. Sinaloa
      25. Sonora
      26. Tabasco
      27. Tamaulipas
      28. Tlaxcala
      29. Veracruz
      30. Yucatán
      31. Zacatecas
      1. América Central
      2. África
      3. América del Sur
      4. América del Sur, Ecuador
      5. América del Sur, Argentina, Chile y Uruguay
      6. Alaska
      7. Antillas
      8. Asía, Oceanía
      9. Ártico y Antártico
      10. Bélgica, Guatemala y Honduras
      11. Brasil
      12. Cartas Aeronáuticas mundiales
      13. Cartas por estado de USA
      14. Canadá
      15. Canadá mapas generales
      16. Canadá provincias
      17. Canadá zonas
      18. Centro América
      19. Círculo Polar Ártico-Antártico
      20. Cuencas y Ríos del Pacífico
      21. Cuba
      22. Costa Rica
      23. Guatemala Cartas Geográficas
      24. Guatemala
      25. Hawái
      26. Honduras
      27. Información Aérea
      28. Nicaragua
      29. Nicaragua, Costa Rica, Panamá
      30. Salvador
      31. Sección Territorial Nacional
      32. USA región Oeste
      33. Uruguay y Costa Rica
      34. Uruguay
      35. World, Aeronáutica
      1. Carreteras
      2. Edificios
      3. Ferrocarriles de la República Mexicana
      4. Ilustraciones
      5. Líneas Ferrocarriles del Sureste
      6. Nacional topográficas
      7. Negativos
      8. Parciales de la República Mexicana
      9. República Mexicana
      10. Restauración
      11. República Mexicana, Meteorolog...

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