Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se determinan Reglas para la celebración del primer debate y aspectos generales del segundo debate entre la candidata y los candidatos al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos previstos por el artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Fecha de disposición08 Mayo 2012
Fecha de publicación08 Mayo 2012
MateriaDerecho Constitucional
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG224/2012. ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE DETERMINAN REGLAS PARA LA CELEBRACION DEL PRIMER DEBATE Y ASPECTOS GENERALES DEL SEGUNDO DEBATE ENTRE LA CANDIDATA Y LOS CANDIDATOS AL CARGO DE PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PREVISTOS POR EL ARTICULO 70 DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES

  1. El artículo 70, numerales 1, 2 y 5, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que, con motivo de las campañas para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Federal Electoral coordinará la realización de dos debates entre los candidatos registrados a dicho cargo, conforme a lo que determine el Consejo General; asimismo, dispone que el propio Consejo determinará, escuchando previamente las propuestas de los partidos políticos, el día y la hora en que se realizarán los debates, así como la duración y las reglas de cada uno de ellos.

  2. El mismo artículo, en sus numerales 3 y 6, faculta al Instituto Federal Electoral a disponer lo necesario para la producción técnica y la difusión de los debates; así como realizar las gestiones necesarias a fin de propiciar la transmisión de los mismos en el mayor número posible de estaciones y canales e informar, en el tiempo de radio y televisión que para sus fines tiene asignado, sobre su realización.

  3. En concordancia con lo antes expuesto, el ejercicio de los debates además de dar cumplimiento a una obligación legal prevista en el citado artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, también tiene como fin, promover el ejercicio de un voto libre, informado y razonado de la ciudadanía.

  4. Así lo demuestra la exposición de motivos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en el Dictamen emitido por la H. Cámara de Senadores, en donde se asentó que uno de los seis objetivos del nuevo Código era precisamente: "... regular los debates entre candidatos presidenciales y la forma para garantizar su difusión en radio y televisión, abriendo la posibilidad de acuerdos y acciones de cooperación en la materia, entre el Instituto Federal Electoral y la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión".

  5. El 25 de enero de 2012, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo CG14/2012, por el que se creó la "Comisión Temporal encargada de elaborar y proponer al Consejo General los Lineamientos, criterios o bases para la realización de los debates entre los candidatos de los partidos y coaliciones durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012" (en adelante, la Comisión Temporal).

  6. El 29 de febrero de 2012, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG99/2012, por el que se emiten las Bases y Lineamientos o Criterios Orientadores para la celebración de debates entre candidatas y candidatos a cargos de elección popular en el Proceso Electoral Federal 2011-2012. En este instrumento se definen las facultades del Comité Técnico y de la Mesa de Representantes que participarán en este proceso y también se indica que la producción de los debates estará a cargo de la Coordinación Nacional de Comunicación Social del Instituto Federal Electoral.

  7. El 7 de marzo de 2012, el Consejo General aprobó el Acuerdo CG120/2012 por el que se crea el Comité Técnico que sugerirá los formatos para la celebración de los debates previstos en el artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  8. El 20 de marzo de 2012, el Comité Técnico presentó su informe final con las sugerencias para la celebración de los dos debates previstos por el artículo 70 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, las cuales se hicieron llegar a los partidos políticos y coaliciones. Previamente, se recibieron diversos oficios que contenían propuestas de formato y de sedes para realizar los debates, los cuales se hicieron del conocimiento de los integrantes de la Comisión y del Comité Técnico.

  9. El 23 de marzo de 2012, se instaló la Mesa de Representantes de la candidata y los candidatos al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, registrados a través del Acuerdo CG190/2012.

    El referido Acuerdo CG99/2012, en su Base Sexta dispone que "la Mesa de Representantes acordará, con el más amplio consenso, el formato, las fechas y horas para la celebración de los debates, cuestiones de logística y aspectos materiales y técnicos de producción, y lo comunicará a la Comisión Temporal. Esta, a su vez, informará al Consejo General, que resolverá en definitiva". En su Base Octava estipula que "con base en los compromisos adoptados en la Mesa de Representantes, la Comisión Temporal presentará al Consejo General el proyecto que establezca las fechas de celebración, el formato de los debates y los restantes aspectos que hubieran sido materia de acuerdo por parte de los representantes."

    La Mesa de Representantes se integró originalmente por: Lic. Rogelio Carbajal Tejada, Lic. Roberto Gil Zuarth y Lic. Juan Ignacio Zavala Gómez del Campo como representantes de la candidata por el Partido Acción Nacional, C. Josefina Vázquez Mota; Dip. Jorge Carlos Ramírez Marín, Dip. Sebastián Lerdo de Tejada Covarrubias y Dip. Andrés Massieu Fernández como representantes del candidato por la Coalición Compromiso por México, C. Enrique Peña Nieto; Sen. Ricardo Monreal Avila, Dip. Jaime Cárdenas Gracia y Lic. César Yañez Centeno como representantes del candidato por la Coalición Movimiento Progresista, C. Andrés Manuel López Obrador; y Dip. Luis A. González Roldán, Lic. María de Lourdes Bosch Muñoz y Mtro. Gustavo Carvajal Isunza como representantes del candidato por el Partido Nueva Alianza, C. Gabriel Quadri de la Torre.

    Posteriormente, se produjeron las siguientes sustituciones: Lic. Juan Ignacio Zavala Gómez del Campo fue sustituido por el Ing. Julio Di-Bella Roldán; y Lic. Roberto Gil Zuarth por el Lic. Rafael Giménez Sanromán.

    La Mesa de Representantes celebró reuniones los días 28 de marzo, 3, 10, 13 y 16 de abril, a fin de acordar las posibles reglas y formatos de los debates previstos en el artículo 70 del Código Federal...

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