Reglas Generales que establecen los requisitos que deben cumplir los prestadores de servicios integrados para obtener y mantener la aprobación de la Comisión Nacional del Agua en términos de lo dispuesto en la Norma Mexicana NMX-AA-179-SCFI-2018, Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados.

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. BLANCA ELENA JIMÉNEZ CISNEROS, Directora General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4; 7, fracción III; 9, fracciones I, VI, XXXV y LIV; 12, fracciones VIII y XII de la Ley de Aguas Nacionales; 70 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 1, primer párrafo; 6 primer párrafo; 13, fracciones I, II, XI y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y numeral 6.7, segundo párrafo de la Norma Mexicana "NMX-AA-179-SCFI-2018, Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados", cuya Declaratoria de vigencia se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 21 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, establece como tema prioritario en el apartado II denominado "Política Social", el construir un país con bienestar, comprometido a impulsar el desarrollo sostenible para la satisfacción de las necesidades de la generación presente sin afectar a las generaciones futuras, teniendo como propósito el cuidado del medio ambiente, en el que además, el Ejecutivo Federal se guiará por una idea de desarrollo que subsane las injusticias sociales e impulse el crecimiento;

Que el 21 de septiembre del 2018, la Secretaría de Economía, al ser la autoridad facultada en materia de metrología, publicó en el Diario Oficial de la Federación la Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana "NMX-AA-179-SCFI-2018, Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados", que tiene por objeto establecer las características y especificaciones para la selección, instalación y operación de los medidores y sistemas de medición para el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales; la metodología para medir los citados volúmenes, y el procedimiento para la transmisión de los datos de medición a esta Comisión Nacional del Agua;

Que la Norma Mexicana "NMX-AA-179-SCFI-2018, Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados", contempla la figura de los prestadores de servicios integrados con el propósito de facilitar a los usuarios su obligación de medir los volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados, que podrán ser contratados para la selección, instalación y operación del medidor o sistemas de medición, así como la transmisión remota de la información de medición a esta autoridad del agua;

Que el numeral 3.12 de la Norma Mexicana "NMX-AA-179-SCFI-2018, Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados", establece que los prestadores de servicios integrados son las personas morales que cuentan con acreditación por la entidad de acreditación autorizada por la Secretaría de Economía y aprobación de la Comisión Nacional del Agua para prestar servicios de selección, instalación y operación de los medidores o sistemas de medición, así como la transmisión de la información de los volúmenes utilizados, a través de personas físicas competentes que cuenten con certificado vigente expedido por la Secretaría de Educación Pública en el estándar de competencia en la actividad o actividades que la Comisión Nacional del Agua determine necesario;

Que el segundo párrafo del numeral 6.7 de la Norma Mexicana "NMX-AA-179-SCFI-2018 Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados", establece que la Comisión Nacional del Agua expedirá mediante reglas generales los requisitos para obtener y mantener la aprobación para los prestadores de servicios integrados, por lo que, he tenido a bien expedir las siguientes:

REGLAS GENERALES QUE ESTABLECEN LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PRESTADORES DE SERVICIOS INTEGRADOS PARA OBTENER Y MANTENER LA APROBACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN LA NORMA MEXICANA "NMX-AA-179-SCFI-2018, MEDICIÓN DE VOLÚMENES DE AGUAS NACIONALES USADOS, EXPLOTADOS O APROVECHADOS"

  1. Objetivo.

    El presente instrumento tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir los prestadores de servicios integrados para obtener y mantener la aprobación de la Comisión Nacional del Agua en términos de lo dispuesto en la NMX-AA-179-SCFI-2018 Medición de volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados.

  2. Campo de aplicación.

    Las presentes reglas resultan aplicables a las personas morales que cuenten con acreditación autorizada por la Secretaría de Economía para prestar servicios de selección, instalación y operación de los medidores o sistemas de medición, así como la transmisión de la información de los volúmenes usados, explotados o aprovechados de las aguas nacionales.

  3. Reglas Generales.

    Primera. Los prestadores de servicios integrados debidamente acreditados por la entidad correspondiente, interesados en obtener la aprobación de la Comisión Nacional del Agua, deberán contar con personas físicas competentes que tengan certificado vigente expedido por la Secretaría de Educación Pública en el estándar de competencia en la actividad o actividades que a continuación se indican:

    Fecha de
    publicación en
    el Diario Oficial
    de la
    Federación
    Código
    (Estándar de
    competencia
    laboral)
    Título
    Objetivo
    4-oct-2017
    EC0913
    Asesoría en medidores de carrete para tubería a presión
    Describe...

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