Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras, para el ejercicio fiscal 2013

Fecha de disposición06 Junio 2013
Fecha de publicación06 Junio 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 17 bis, fracción III, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 178 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9 de la Ley de Planeación; 72 y 74 de la Ley General de Desarrollo Social; 4, 5, 6 y 7 de la Ley Agraria; 1, 4, 5, 6 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y

CONSIDERANDO

Que el día 28 de febrero de 2013, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación del Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras, sin embargo, derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013, del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, es menester la actualización de las presentes Reglas de Operación en cuanto a la denominación del área responsable del Programa, así como de la Subsecretaría a la que está adscrita, con la finalidad de dar mayor certeza a la población objetivo del Programa, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013

ÚNICO: Se modifican las Reglas de Operación del Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras, para el ejercicio fiscal 2013, en cuanto a la denominación del área responsable de las mismas, así como a la Subsecretaría a la que está adscrita.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo modificatorio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".

México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil trece.- El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Jorge Carlos Ramírez Marín.- Rúbrica.

JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 17-Bis, fracción III y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículo 177 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículos 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; artículo 9 de la Ley de Planeación; artículos 12 y 13 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; el artículo 29 y Anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; artículos 4, 5, 6 y 7 de la Ley Agraria y, los artículos 1, 4 y 5, fracciones I y XXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, emito las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA JOVEN EMPRENDEDOR RURAL Y FONDO DE TIERRAS

Introducción Artículos 1 a 53

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 27, que corresponde a la Nación el desarrollo para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural.

En la fracción XX del mismo artículo, se precisa que el desarrollo rural integral, tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la Ley establezca.

El objetivo principal del Gobierno Federal es lograr que se cumplan los derechos que la Constitución reconoce a los mexicanos. Para lograrlo, se trabajará en 5 Ejes Rectores del Gobierno Federal. De esos Ejes, esta Dependencia del Ejecutivo Federal, en el marco de los Programas Sociales que opera, ve la oportunidad de coadyuvar para que México sea un país próspero.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, establecen que en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación se señalarán los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y que estarán sujetos a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realicen con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia.

La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece que el Gobierno Federal deberá garantizar la igualdad de oportunidades, mediante la adopción de políticas, programas, proyectos e instrumentos compensatorios como acciones afirmativas.

Es responsabilidad de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de conformidad con el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal "aplicar los preceptos agrarios del artículo 27 Constitucional, así como las leyes agrarias y sus reglamentos, en lo que no corresponda a otras dependencias, entidades u otras autoridades en la materia"; asimismo, los artículos 24, 29 y Anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 establecen que también es responsable de elaborar las presentes Reglas de Operación, con la finalidad de garantizar las condiciones necesarias para el desarrollo integral de los jóvenes y, de conformidad con el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre y la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, aumentar preferentemente en los municipios más pobres que contemplen dicho Sistema y Comisión, la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas.

Además, el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone en su Anexo B, los Programas del Gobierno Federal correspondientes al Ramo 15 "Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano" que podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado y de organismos e instituciones internacionales, para el cumplimiento de los objetivos consistentes en cero hambre a partir de una alimentación y nutrición adecuada de las personas en pobreza multidimensional extrema y carencia de acceso a la alimentación; eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez; aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas; minimizar las pérdidas post-cosecha y de alimentos durante su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización y promover la participación comunitaria para la erradicación del hambre.

Bajo esas premisas y en virtud de que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano es responsable de promover el desarrollo integral y equitativo del sector rural; para cumplir con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución, artículos 24, 29 y Anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, los 5 Ejes Rectores del Gobierno Federal, el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre y la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, se emiten las presentes Reglas de Operación para el Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras.

En lo particular, el Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras establece como estrategia la incorporación de jóvenes a las actividades productivas vinculadas a la tierra, para contribuir a que el sector agrario mexicano incremente su productividad a través del fortalecimiento del capital humano, la adopción de nuevas tecnologías y la consolidación de agroempresas.

Lo anterior porque se considera que la participación de las y los jóvenes en el sector rural, enfrenta problemas, tanto para incorporarse en las actividades productivas, como en la integración en los mercados para colocar bienes y/o servicios; así como, en la toma de decisiones en sus comunidades. Además, porque los jóvenes que viven en el campo, tienen en su mayoría, deseos de superación, pero carecen de los factores de producción necesarios para aprovechar la tierra, llevar a cabo Proyectos Agroempresariales y consolidarlos.

Con el Programa Joven Emprendedor Rural y Fondo de Tierras, las y los jóvenes podrán obtener apoyos para acceder a la propiedad social e instalar Proyectos Agroempresariales rentables y sustentables, y consolidarlos.

CAPÍTULO 1 Generalidades Artículo 1

1.1 Definiciones

ARTÍCULO 1

Para efectos de las presentes "Reglas" se entenderá por:

  1. "Actividad productiva": Conjunto de acciones que realizan los "Jóvenes emprendedores rurales" para transformar materias primas y otros insumos, con el objeto de producir bienes y servicios;

  2. "Agroempresas": Negocio derivado de la explotación sustentable de la tierra social y los recursos asociados...

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