Reglas de Operación del Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores Agrarios, para el ejercicio fiscal 2015 y subsecuentes

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2015
EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. JORGE CARLOS RAMÍREZ MARÍN, Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los Artículos 14, 16, 17 bis Fracción III, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 74, 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; los Artículos aplicables del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente y 1, 4, 5 y 6 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su Artículo 27, que corresponde a la Nación el desarrollo para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural.

Que en la fracción XX del mismo Artículo, se precisa que el desarrollo rural integral, tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la Ley establezca.

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, establecen que en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación se señalarán los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y que estarán sujetos a Reglas de Operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realicen con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia.

Que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece que el Gobierno Federal deberá garantizar la igualdad de oportunidades, mediante la adopción de políticas, programas, proyectos e instrumentos compensatorios como acciones afirmativas.

Que es responsabilidad de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de conformidad con el Artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal "aplicar los preceptos agrarios del Artículo 27 Constitucional, así como las leyes agrarias y sus reglamentos, en lo que no corresponda a otras dependencias, entidades u otras autoridades en la materia"; asimismo, los artículos aplicables del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, establecen que también es responsable de elaborar las presentes Reglas de Operación, con la finalidad de garantizar las condiciones necesarias para el desarrollo integral de las y los jóvenes y, de conformidad con el Sistema Nacional para la Cruzada Nacional contra el Hambre y el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, aumentar preferentemente en los municipios más pobres que contemplen dicho Sistema y Programa, la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas.

Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa, dentro del ámbito de sus atribuciones y de acuerdo a lo establecido en las presentes reglas de operación, deberá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de la Cruzada contra el Hambre. Dichas acciones atenderán a los hogares y sus integrantes que se encuentren en situación de pobreza extrema de alimentación, evaluados e identificados a partir de la información socioeconómica integrada al Sistema de Focalización de Desarrollo (SIFODE). Lo anterior, con base en los Lineamientos de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas de los Hogares y disponibles en la dirección: www.sedesol.gob.mx. Asimismo, cuando aplique, para las acciones de servicios básicos e infraestructura social básica se atenderá a las personas que habitan en las Zonas de Atención Prioritaria urbanas y rurales vigentes disponibles en la dirección electrónica: http://sisge.sedesol.gob.mx/SISGE/. Para implementar dichas acciones, el Programa podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes reglas de operación y de las metas establecidas, así como en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal. La Unidad Responsable del Programa deberá informar las acciones, presupuesto y avances en las metas e indicadores de las acciones que se desarrollen para dar cumplimiento a los objetivos de la Cruzada.

Con el Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores Agrarios, las y los jóvenes podrán obtener apoyos para acceder a la propiedad social e instalar proyectos agroempresariales rentables y sustentables, y lograr su consolidación; por lo que he teniendo a bien emitir las:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO A JÓVENES EMPRENDEDORES AGRARIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 Y SUBSECUENTES.

Presentación

El sector rural mexicano ha enfrentado profundas transformaciones, que han ocasionado su abandono y una profunda crisis, la cual se agudiza a partir de la década de los sesentas, cuando se deja de invertir en el

campo y se canaliza la inversión pública hacia la industrialización del país, generando con ello condiciones desfavorables.

Entre los problemas más lacerantes para la sociedad se puede observar la pobreza en el medio rural, la cual está asociada a diversos factores, entre los que se puede mencionar la falta de inversión privada en el sector rural por lo cual no se han creado los empleos necesarios para ir acorde al crecimiento de la población, ocasionando con ello, migración y problemas sociales derivados de la desintegración familiar y la pérdida de valores.

Es a partir del año 2000 que se buscó revertir la pobreza en el medio rural a través de la operación de programas sociales, los cuales generaran condiciones para revertir el fenómeno de la feminización con el arraigo de los pobladores en sus lugares de origen, la generación de empleos para las y los jóvenes, la capacitación y la asociación productiva; es decir, se buscó crear un campo fuerte, con igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, democrático, respetuoso y responsable de su entorno natural.

En ese contexto, en abril de 2003 el Ejecutivo Federal y diversas organizaciones campesinas y de productores suscribieron el Acuerdo Nacional para el Campo, el cual estableció en su apartado C la formulación y puesta en marcha de una política de fomento productivo, desarrollo económico y de desarrollo rural sustentable, con el soporte presupuestario, normativo, programático, legislativo e institucional adecuado, que impulse e instaure una estrategia integral para la reforma estructural del campo.

Derivado de lo anterior, se crea el Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores Agrarios, el cual se puso en marcha en 2004, constituyéndose en un eje fundamental de la política agraria dirigida a promover el desarrollo de iniciativas productivas entre las y los pobladores jóvenes de los núcleos agrarios del país, al facilitar su acceso a la tierra y a los recursos de capital necesarios para desarrollar proyectos agroempresariales rentables y sustentables que les permitan incrementar sus ingresos.

Asimismo, el Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores Agrarios, se alinea al Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 a la Meta 2 "México Incluyente", objetivo 2.2 "Transitar hacia una sociedad equitativa e incluyente" y Estrategia 1. "Generar esquemas de desarrollo comunitario a través de procesos de participación social". De la misma manera, está alineado al Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, objetivo 5, estrategias 5.2, 5.3 y 5.4. Línea de acción transversal: "Democratizar la Productividad".

Que bajo esas premisas y en virtud de que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano es responsable de promover el desarrollo integral y equitativo del sector rural; para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 27 de la Constitución; los artículos del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente; lo determinado en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Nacional contra el Hambre y el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, se emiten las presentes Reglas de Operación para el Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores Agrarios (antes Programa de Apoyo a Jóvenes para la Productividad de Futuras Empresas Rurales).

Que en lo particular, el Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores Agrarios establece como estrategia la incorporación de jóvenes a las actividades productivas vinculadas a la tierra, para contribuir a que el sector agrario mexicano incremente su productividad a través del fortalecimiento del capital humano, la adopción de nuevas tecnologías y la consolidación de agroempresas.

Lo anterior porque se considera que la participación de las y los jóvenes en el sector rural, enfrenta problemas, tanto para incorporarse en las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR