Reglas de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2020.

Fecha de disposición07 Abril 2020
Fecha de publicación07 Abril 2020
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. BLANCA ELENA JIMÉNEZ CISNEROS, Directora General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 9 párrafos primero, segundo, tercero letra a y quinto fracciones I, VI, XXXIII, XXXV, XXXVI, XXXVII y LIV, y 12 fracciones I, VIII, XI y XII de la Ley de Aguas Nacionales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5 fracción III inciso b), 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 64, 65 fracciones I, II y III, 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29, 30, 38 y Anexos 25, 30 y 39 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; 1, 8 primer párrafo y 13 fracciones I, II, V, VI, XI, XII y XXVII del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, he tenido a bien expedir las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL PROGRAMA DE APOYO A LA INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, A CARGO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, APLICABLES A PARTIR DE 2020.

Artículo 1 Presentación.
Artículo 2 Glosario de términos y acrónimos.
Artículo 3 Descripción del programa,

3.1. Objetivo.

3.2. Población objetivo.

3.3. Cobertura.

3.4. Requisitos.

Artículo 4 Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola.
  1. Subprograma de rehabilitación, tecnificación y equipamiento de distritos de riego.

    4.1. Componente para la rehabilitación y tecnificación de distritos de riego.

    4.1.1. Metas.

    4.1.2. Acceso a los apoyos.

    4.1.3. Características de los apoyos.

    4.2. Componente para el equipamiento de distritos de riego.

    4.2.1. Metas.

    4.2.2. Acceso a los apoyos.

    4.2.3. Características de los apoyos.

    4.3. Componente para la devolución de pagos por el suministro de agua en bloque en distritos de riego.

    4.3.1. Metas.

    4.3.2. Acceso a los apoyos.

    4.3.3. Características de los apoyos.

  2. Subprograma de rehabilitación, tecnificación y equipamiento de distritos de temporal tecnificado.

    4.4. Componente para la infraestructura de riego suplementario.

    4.4.1. Metas.

    4.4.2. Acceso a los apoyos.

    4.4.3. Características de los apoyos.

    4.5. Componente para la rehabilitación, tecnificación y equipamiento de distritos de temporal tecnificado.

    4.5.1. Metas.

    4.5.2. Acceso a los apoyos.

    4.5.3. Características de los apoyos.

  3. Subprograma de rehabilitación, tecnificación y equipamiento de unidades de riego.

    4.6. Componente para la rehabilitación, tecnificación y equipamiento de unidades de riego.

    4.6.1. Metas.

    4.6.2. Acceso a los apoyos.

    4.6.3. Características de los apoyos.

    4.7. Componente para la organización y fortalecimiento de unidades de riego.

    4.7.1. Metas.

    4.7.2. Acceso a los apoyos.

    4.7.3. Características de los apoyos.

  4. Subprograma de apoyos especiales y estratégicos.

    4.8. Componente apoyos especiales y estratégicos.

    4.8.1. Metas.

    4.8.2. Acceso a los apoyos.

    4.8.3. Características de los apoyos.

Artículo 5 Instancias participantes.

5.1. Ejecutores.

5.2. Normativs.

Artículo. 6 Operación.

6.1. Actividades y plazos.

6.1.1. Suspensión y reasignación de recursos.

6.1.2. Relación de iniciativas de inversión.

6.2. Derechos, obligaciones y sanciones.

6.2.1. Derechos.

6.2.2. Obligaciones.

6.2.3. Sanciones.

6.2.4. Consideraciones especiales.

6.3. Coordinación institucional.

6.4. Conclusión de proyectos.

6.4.1. Acta de entrega-recepción.

6.4.2. Cierre de ejercicio.

6.4.3. Recursos no devengados.

Artículo 7 Auditoría, control y seguimiento.
Artículo 8 Gastos de operación.
Artículo 9 Evaluación.

9.1. Interna.

9.2. Externa.

Artículo 10 Transparencia.
Artículo 11 Quejas y denuncias.
TRANSITORIOS Artículos 1 a 11

ANEXO I.

ANEXO II.

ANEXO III.

Artículo 1 Presentación.

El propósito del presente instrumento es asegurar que los recursos públicos asignados al Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola se apliquen con estricto apego a los principios de igualdad, no discriminación, eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, señalados en los artículos 1 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De esta manera se establecen las bases para aportar recursos a los usuarios hidroagrícolas con el fin de que ejecuten acciones e inversiones para preservar y mejorar la infraestructura federal a su cargo y, con ello, mantener e incrementar la producción.

Lo anterior, bajo el principio de que la infraestructura hidroagrícola es esencial para alcanzar los objetivos nacionales en materia de seguridad alimentaria, derechos humanos, igualdad de género, agua para las poblaciones rurales, fomentar el arraigo al campo, acceso a las comunidades e infraestructura del medio rural.

Artículo 2 Glosario de términos y acrónimos.

Para efectos de estas reglas de operación se entenderá por:

Asociación Civil de Usuarios (ACU).- Organización de productores de un distrito de riego, unidad de riego o distrito de temporal tecnificado, a quien se le ha otorgado una concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales o para el uso de infraestructura hidroagrícola.

Asistencia técnica.- Prestación de servicios profesionales en apoyo a las asociaciones civiles de usuarios para mejorar sus capacidades en el uso, manejo y aprovechamiento del agua y la infraestructura hidroagrícola.

Balance de maquinaria y equipo.- Análisis técnico para diagnosticar y determinar el estado físico y los requerimientos de maquinaria y equipo.

Beneficiario hidroagrícola.- Persona física, moral, grupo de productores hidroagrícolas o ente público apoyado con recursos del presente Programa.

Capacitación estratégica.- Acciones a través de las cuales los usuarios adquieren, actualizan y desarrollan conocimientos, habilidades y aptitudes para mejorar su desempeño técnico y administrativo.

Comisión.- Comisión Nacional del Agua.

Comité hidráulico.- Órgano colegiado de concertación para el manejo adecuado del agua e infraestructura en un distrito de riego o distrito de temporal tecnificado, conformado en términos de lo que establece el Artículo 66 de la Ley de Aguas Nacionales y el 99 de su Reglamento.

Comité hidroagrícola.- Instancia que autoriza los apoyos y pagos de las ACU o Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) de los distritos de riego o distrito de temporal tecnificado, así como a los usuarios de unidades de riego que optaron por operar y administrar directamente los recursos federales y estatales.

Comité técnico del fideicomiso del Fondo de Fomento Agropecuario Estatal (FOFAE) o equivalente.- Instancia ejecutiva facultada para autorizar los apoyos y pagos vinculados al programa.

Conservación normal (CN).- Conjunto de acciones periódicas tendientes a sostener en condiciones óptimas de servicio y operación la infraestructura hidroagrícola, así como los equipos, instalaciones y maquinaria.

Diagnóstico de necesidades.- Análisis para determinar las acciones de conservación y rehabilitación que se requieren implementar en la infraestructura hidroagrícola.

Devolución de pagos por el suministro de agua en bloque (DPSAB).- Reintegro de recursos a las ACU o SRL en los distritos de riego, cuyo importe se establece en función de las aportaciones por el suministro de agua en bloque que realicen estas organizaciones a la Tesorería de la Federación (TESOFE).

Dirección de la Comisión.- Dirección General de Organismo de Cuenca o Dirección Local de la Comisión, según corresponda.

Emergencia.- Situación extraordinaria que puede causar daño a la sociedad e infraestructura hidroagrícola y propiciar riesgos para la seguridad e integridad de la población en general.

Especificaciones técnicas generales.- Documento con los términos de referencia y características de los estudios, proyectos, obras y supervisión, así como para el suministro e instalación de bienes (medidores volumétricos, maquinaria y equipo) en distritos de riego, unidades de riego y distritos de temporal tecnificado.

Estudios.- Actividades técnicas de planeación e ingeniería necesarias para la conservación, rehabilitación, tecnificación, construcción y operación de la infraestructura hidroagrícola.

Fondo de Fomento Agropecuario Estatal (FOFAE).- Fideicomiso de administración e inversión, integrado por un comité técnico que tiene facultades en lo relacionado con este programa.

Infraestructura hidroagrícola.- Conjunto de obras hidráulicas, equipos e instalaciones para proporcionar los servicios de riego y drenaje, en los distritos de riego, unidades de riego y distritos de temporal tecnificado.

Ley.- Ley de Aguas Nacionales.

Ley de Presupuesto.- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Manual de operación.- Instrumento normativo que contiene en forma explícita y ordenada la información sobre las generalidades, requisitos, instrucciones, características de los apoyos, instancias participantes, procedimiento de selección y operativo de las componentes del programa.

Organismos fiscalizadores.- Órganos de control de las dependencias y entidades federales, estatales y municipales, con la facultad de auditar y evaluar el uso de...

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