Reglas de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2021.

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. BLANCA ELENA JIMÉNEZ CISNEROS Directora General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 9 párrafos primero, segundo, tercero apartado "a" y quinto fracciones I, VI, XXXIII, XXXV, XXXVI, XXXVII y LIV, y 12 fracciones I, VIII, XI y XII de la Ley de Aguas Nacionales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5 fracción III inciso b), 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 64, 65 fracciones I, II y III, 176, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23 fracciones IV, V y VI; 26, 27 y Anexos 25 y 30 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021; 6 primer párrafo, 8 primer párrafo y 13 fracciones VI y XII del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, he tenido a bien expedir las siguientes:

REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL PROGRAMA DE APOYO A LA INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, A CARGO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, APLICABLES A PARTIR DE 2021

CONTENIDO:

Artículo 1 Presentación.
Artículo 2 Glosario de términos y acrónimos.
Artículo 3 Descripción del programa.

3.1. Objetivo general.

3.2. Área de Enfoque.

3.3. Cobertura.

3.4. Requisitos generales.

Artículo 4 Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola.
  1. Subprograma de rehabilitación, tecnificación y equipamiento de distritos de riego.

    4.1. Componente para la rehabilitación y tecnificación de distritos de riego.

    4.1.1. Objetivo específico.

    4.1.2. Acceso a los apoyos.

    4.1.3. Características de los apoyos.

    4.2. Componente para el equipamiento de distritos de riego.

    4.2.1. Objetivo específico.

    4.2.2. Acceso a los apoyos.

    4.2.3. Características de los apoyos.

    4.3. Componente para la devolución de pagos por el suministro de agua en bloque en distritos de riego.

    4.3.1. Objetivo específico.

    4.3.2. Acceso a los apoyos.

    4.3.3. Características de los apoyos.

  2. Subprograma de rehabilitación, tecnificación y equipamiento de distritos de temporal tecnificado.

    4.4. Componente para la infraestructura de riego suplementario.

    4.4.1. Objetivo específico.

    4.4.2. Acceso a los apoyos.

    4.4.3. Características de los apoyos.

    4.5. Componente para la rehabilitación, tecnificación y equipamiento de distritos de temporal tecnificado.

    4.5.1. Objetivo específico.

    4.5.2. Acceso a los apoyos.

    4.5.3. Características de los apoyos.

  3. Subprograma de rehabilitación, tecnificación y equipamiento de unidades de riego.

    4.6. Componente para la rehabilitación, tecnificación y equipamiento de unidades de riego.

    4.6.1. Objetivo específico.

    4.6.2. Acceso a los apoyos.

    4.6.3. Características de los apoyos.

    4.7. Componente para la organización y fortalecimiento de unidades de riego.

    4.7.1. Objetivo específico.

    4.7.2. Acceso a los apoyos.

    4.7.3. Características de los apoyos.

  4. Subprograma de apoyos especiales y estratégicos.

    4.8. Componente apoyos especiales y estratégicos.

    4.8.1. Objetivo específico.

    4.8.2. Acceso a los apoyos.

    4.8.3. Características de los apoyos.

Artículo 5 Instancias participantes.

5.1. Ejecutores.

5.2. Normativa.

Artículo 6 Operación.

6.1. Actividades y plazos.

6.1.1. Suspensión y reasignación de recursos.

6.1.2. Relación de iniciativas de inversión.

6.2. Derechos, obligaciones y sanciones.

6.2.1. Derechos.

6.2.2. Obligaciones.

6.2.3. Sanciones.

6.2.4. Consideraciones especiales.

6.3. Coordinación institucional.

6.4. Conclusión de proyectos.

6.4.1. Acta de entrega-recepción.

6.4.2. Cierre de ejercicio.

6.4.3. Recursos no devengados.

Artículo 7 Auditoría, control y seguimiento.

7.1. Contraloría Social.

Artículo 8 Gastos de operación.
Artículo 9 Evaluación.

9.1. Interna.

9.2. Externa.

Artículo 10 Transparencia.
Artículo 11 Quejas y denuncias.
TRANSITORIOS Artículos 1 a 11

ANEXO I. Atribuciones y responsabilidades de las instancias participantes en el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagricola.

ANEXO II. Indicadores del Programa.

ANEXO III. Diagramas de flujo de las componentes del Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagricola.

Artículo 1 Presentación.

El propósito del presente instrumento es asegurar que los recursos públicos asignados al Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola se apliquen con estricto apego a los principios de igualdad, no discriminación, eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, señalados en los artículos 1 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De esta manera se establecen las bases para aportar recursos a los usuarios con el fin de que ejecuten acciones e inversiones para preservar y mejorar la infraestructura preferentemente federal en el ámbito de distritos de riego, unidades de riego y distritos de temporal.

Lo anterior, considerando los rubros de igualdad de género, agua para las poblaciones rurales, arraigo al campo, acceso a las comunidades e infraestructura del medio rural y bajo el principio de que la infraestructura hidroagrícola es esencial para alcanzar los objetivos y metas nacionales:

- Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024 (PND):

Propósito 3: Económico.

Objetivo: Impulsar la reactivación económica, el mercado interno y el empleo. Estrategia: El sector

público fomentará la creación de empleos mediante programas sectoriales, proyectos regionales y obras de infraestructura.

- Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PROMARNAT) 2019 2024:

Objetivo prioritario 3. Promover al agua como pilar de bienestar, manejada por instituciones transparentes, confiables, eficientes y eficaces que velen por un medio ambiente sano y donde una sociedad participativa se involucre en su gestión.

Estrategia prioritaria 3.2. Aprovechar eficientemente el agua para contribuir al desarrollo sustentable de los sectores productivos.

- Objetivos de Desarrollo Sostenible:

Objetivo 2: Hambre cero,

Meta 2.3: Duplicar la productividad agrícola y los ingresos de los productores de alimentos en pequeña escala, respetando el medio ambiente y la biodiversidad de cada región.

Meta 2.4: Asegurar la sostenibilidad de los sistemas de producción de alimentos y aplicar prácticas agrícolas resilientes que aumenten la productividad y la producción, contribuyan al mantenimiento de los ecosistemas, fortalezcan la capacidad de adaptación al cambio climático, los fenómenos meteorológicos extremos, las sequías, las inundaciones y otros desastres, y mejoren progresivamente la calidad del suelo y la tierra

Artículo 2 Glosario de términos y acrónimos.

Para efectos de estas reglas de operación se entenderá por:

Asociación Civil de Usuarios (ACU). - Organización de productores de un distrito de riego, unidad de riego o distrito de temporal tecnificado, a quien se le ha otorgado una concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales o para el uso de infraestructura hidroagrícola.

Asistencia técnica. - Prestación de servicios profesionales en apoyo a las asociaciones civiles de usuarios para mejorar sus capacidades en el uso, manejo y aprovechamiento del agua y la infraestructura hidroagrícola.

Balance de maquinaria y equipo. - Análisis técnico para diagnosticar y determinar el tipo, la cantidad, el estado físico y los requerimientos de maquinaria y equipo.

Beneficiario hidroagrícola. - Persona física, moral, grupo de productores hidroagrícolas o ente público apoyado con recursos del presente Programa.

Capacitación estratégica. - Acciones a través de las cuales los usuarios adquieren, actualizan y desarrollan conocimientos, habilidades y aptitudes para mejorar su desempeño técnico y administrativo.

Comisión. - Comisión Nacional del Agua.

Comité hidráulico. - Órgano colegiado de concertación para el manejo adecuado del agua e infraestructura en un distrito de riego o distrito de temporal tecnificado, conformado en términos de lo que establece el Artículo 66 de la Ley de Aguas Nacionales y el 99 de su Reglamento.

Comité hidroagrícola. - Instancia que autoriza los apoyos y pagos a los usuarios hidroagrícolas que optaron por operar y administrar directamente los recursos federales y estatales.

Comité técnico del fideicomiso del Fondo de Fomento Agropecuario Estatal (FOFAE) o equivalente. -

Instancia ejecutiva facultada para autorizar los apoyos y pagos vinculados al programa.

Conservación normal (CN). - Conjunto de acciones periódicas tendientes a sostener en condiciones óptimas de servicio y operación la infraestructura hidroagrícola, así como los equipos, instalaciones y maquinaria.

Diagnóstico de necesidades. - Análisis para determinar las acciones de conservación y rehabilitación que se requieren implementar en la infraestructura hidroagrícola.

Devolución de pagos por el suministro de agua en bloque (DPSAB). - Reintegro de recursos a las ACU o SRL en los distritos de riego, cuyo importe se establece en función de las aportaciones por el suministro de agua en bloque que realicen estas organizaciones a la Tesorería de la Federación (TESOFE).

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