Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación para el ejercicio fiscal 2018.

Fecha de disposición22 Diciembre 2017
Fecha de publicación22 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónOCTAVA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 177, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28, 29 y 30 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten sustancialmente las finanzas de la Nación.

Que el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018 en su apartado de México Próspero establece, en la Estrategia 4.8.1 del Objetivo 4.8 Desarrollar los sectores estratégicos del país, una línea de acción para la implementación de una política de fomento económico que contemple el diseño y desarrollo de agendas sectoriales y regionales, el desarrollo de capital humano innovador, el impulso de sectores estratégicos de alto valor, el desarrollo y la promoción de cadenas de valor en sectores estratégicos y el apoyo a la innovación y el desarrollo tecnológico.

Que el PND prevé el establecimiento de una Estrategia Digital Nacional para fomentar la adopción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), e impulsar un gobierno eficaz que inserte a México en la Sociedad del Conocimiento.

Que en este contexto, el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2013, en cuyo Objetivo 5, se incluye la Estrategia 5.4 Desarrollar la economía digital que impulse el mercado de TIC, el apoyo a actividades productivas y al capital humano.

Que para avanzar en dicha dirección, se establecen líneas de acción específicas para la Secretaría de Economía (en adelante la Secretaría) vinculadas con el sector de Tecnologías de la Información(1) (en adelante TI) y con la innovación, entre las que destacan las siguientes:

5.4.1 Impulsar el desarrollo del mercado de bienes y servicios digitales (oferta y demanda).

5.4.2 Promover la innovación en TIC para aprovechar tecnologías emergentes y la industria genere productos y servicios de alto valor agregado.

5.4.3 Promover el comercio electrónico mediante creación de confianza en un marco legal que impulse nuevos productos y su adopción.

Que la Planeación Nacional considera que democratizar la productividad implica llevar a cabo políticas públicas que eliminen los obstáculos que impiden alcanzar su máximo potencial a amplios sectores de la vida nacional.

Que el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2014, establece directrices que debe seguir el Gobierno Federal, destacando las estrategias "1.1 Asegurar que la gestión de la Administración Pública Federal se apegue a la reforma" y "3.1 Asegurar el enfoque de derechos humanos en la gestión de la Administración Pública Federal". Asimismo, se incorpora la perspectiva de género de conformidad con lo establecido en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las Reglas de Operación de los programas presupuestarios federales, emitidos por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) y el Instituto Nacional de las Mujeres, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2016.

Que el Programa de Desarrollo Innovador (PRODEINN) 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2013, establece en su Objetivo Sectorial I: Desarrollar una política de fomento industrial y de innovación que promueva un crecimiento económico equilibrado por sectores, regiones y empresas, y en su Objetivo Sectorial 2. Instrumentar una política que impulse la innovación en el sector comercio y servicios, con énfasis en empresas intensivas en conocimiento, para lo cual el Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación contribuye entre otras, para incentivar el desarrollo de proveeduría para integrar y consolidar cadenas de valor que coadyuven a la creación de clústeres; promover la innovación en los sectores bajo el esquema de participación de la academia, sector privado y gobierno, incluyendo el de servicios, así como incrementar las competencias y habilidades de talento en el sector comercio y servicios.

Que el 24 de julio de 2014 en la Ciudad de México, se dio a conocer la Agenda Sectorial para el Desarrollo de las TI en México, publicada en la página https://prosoft.economia.gob.mx/, PROSOFT 3.0 cuya misión es tener un sector de TI fuerte y global que incremente la productividad y capacidad para innovar de otros sectores para lograr un México próspero, apoyándose en ocho estrategias prioritarias: mercado digital, innovación empresarial, globalización, talento de excelencia, regionalización inteligente, financiamiento, certeza jurídica y gobernanza.

Que los objetivos del Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación (en adelante PROSOFT) están alineados a dichas estrategias, y el programa contribuirá, como uno de los

instrumentos, para el logro de lo establecido en la Agenda Sectorial conocida como PROSOFT 3.0.

Que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, se aprobó la estructura programática del Ramo 10, Economía, para el Programa presupuestario S151 Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación.

Que el Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación busca contribuir al desarrollo de los sectores estratégicos a través de la creación de Centros de Innovación Industrial para la generación de ecosistemas de innovación (en adelante CII) para coadyuvar con la provisión de capital humano técnico especializado y la oferta de servicios especializados basadas en las Tecnologías de la Información (TI).

Que el Programa para el Desarrollo de la Industria de Software (PROSOFT) y la Innovación busca fomentar e impulsar la creación de Centros de Innovación Industrial para la conformación de ecosistemas de innovación, en los que se generen sinergias y complementariedades entre empresas de un mismo sector o industria.

Que se ha observado que se requiere de una estructura física, operativa, financiera y legalmente acotada, en la que se concreten los esfuerzos de colaboración y cooperación de las industrias de un mismo sector, para realizar visitas de supervisión e inspección que den certidumbre a la ejecución del proyecto que permita que la mayoría de las empresas mexicanas busquen generar sinergias y colaboraciones que les permita incrementar su productividad y su competitividad a través de la tecnología y la innovación.

Que las condiciones óptimas para el establecimiento de estos CII, deben permitir, a partir de un proceso sistémico, que éstos se enfoquen en las tecnologías que requiere una determinada industria, a partir de las siguientes premisas básicas:

  1. Que los CII sean rentables y autofinanciables, concentrándose en procesos tecnológicos que tengan mercado y que éste sea cuantificable y accesible, generando valor para una o varias industrias;

  2. Que sea tecnológicamente factible establecerlos, enfocándose en las habilidades, conocimientos, competencias y destrezas que puedan ser adquiridos por el capital humano de determinada industria, y que estos conocimientos puedan ser, a su vez, replicados y transmitidos a otros educandos y en otros estados;

  3. Que los CII sean apropiables a partir de un cúmulo mínimo de conocimientos tales que puedan ser adquiridos, reproducidos y ampliados en otros CII con una vocación y orientación similar, y

  4. Que estén alineados con la política pública industrial y de innovación, y que contribuyan al fortalecimiento tecnológico de la industria mexicana.

Que éstos podrán constituirse a través de instrumentos que den origen a una figura jurídica sin afán de lucro, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, y que permita la asociación de la iniciativa privada y la academia, y deberán estar obligatoriamente orientados hacia la generación de:

· Nuevos o mejorados productos o servicios de alto valor agregado;

· La rentabilidad del CII;

· La generación de capital humano especializado, y/o

· La inversión en...

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