Reglas de Operación del Programa de Prevención de Riesgos, para el ejercicio fiscal 2018.

Fecha de disposición30 Diciembre 2017
Fecha de publicación30 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónQUINTA. Poder Ejecutivo

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REGLAS de Operación del Programa de Prevención de Riesgos, para el ejercicio fiscal 2018. MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, en el ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 6, fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 14, 16, 17 bis, fracción III, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 74, 75, 77 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 177, 178 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 29 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente y 1, 4, 5 y 6 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en su artículo 74 dispone que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias con cargo a los presupuestos de las dependencias y, en su caso de las entidades. Los titulares de éstas serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan, y podrán suspender las ministraciones de recursos a los órganos administrativos desconcentrados o a las entidades, cuando éstos no cumplan con las disposiciones generales aplicables.

En este marco, el artículo 77, de la citada Ley, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades nacionales, el Programa de Prevención de Riesgos (PPR), dentro del ámbito de sus atribuciones y de acuerdo a lo establecido en las presentes Reglas de Operación, deberá identificar e implementar acciones que contribuyan al logro de los objetivos de las Estrategias del Ejecutivo Federal.

Mediante Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género publicado el 29 de junio del 2016 "El PPR se alinea al Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres, con los siguientes objetivos transversales:

Objetivo Transversal 4 "Fortalecer las capacidades de las mujeres para participar activamente en el desarrollo social y alcanzar el bienestar", en su estrategia 4.3 "Fortalecer el acceso de las mujeres a la propiedad de la vivienda" y en la línea de acción 4.3.1 "Promover mecanismos de financiamiento para la adquisición y mejora de las viviendas de las mujeres pobres", 4.3.2 Apoyar alternativas de autoconstrucción de viviendas para las mujeres. 4.3.3 Incrementar los apoyos para el mejoramiento y ampliación de las viviendas para las mujeres. 4.3.4 Diseñar esquemas crediticios y de fomento para la adquisición de vivienda nueva para las mujeres jóvenes solteras y adultas mayores. 4.3.5 Desarrollar acciones afirmativas para facilitar el acceso de las madres en hogares ampliados a la propiedad de la vivienda. 4.3.6 Diseñar acciones afirmativas para que las mujeres con discapacidad y adultas mayores tengan acceso a la propiedad de una vivienda. 4.3.7 Realizar acciones afirmativas para que mujeres víctimas de desastres, reinsertadas, discapacitadas, o adultas mayores puedan rehabitar, regularizar o adquirir vivienda. 4.6.4 Promover programas de autoconstrucción de vivienda y títulos de propiedad para mujeres en pobreza.

Objetivo transversal 5: Generar entornos seguros y amigables de convivencia familiar y social. Actividades de tiempo libre y movilidad segura para las mujeres y las niñas. Estrategia 5.1 Incorporar el género y la participación de las mujeres en la política de seguridad pública, prevención de la violencia y la delincuencia. 5.1.7 Promover condiciones de movilidad segura, seguridad vial y peatonal, para niñas, mujeres y ancianas en los entornos comunitarios, Estrategia 5.3 Promover la movilidad segura de las mujeres y niñas estimulando mejoras al entorno y el transporte, 5.3.1 Impulsar acciones de seguridad vial, señalización, pasos peatonales, etcétera para incrementar la movilidad segura de mujeres y niñas. 5.3.2 Fomentar la construcción, conservación y remodelación del espacio público con condiciones adecuadas y seguras para mujeres, niñas y niños. 5.3.3 Mejorar el alumbrado en parques y calles para incrementar la seguridad de mujeres y niñas, Estrategia 5.4 Promover construcciones y adecuaciones del espacio público garantizando la seguridad de las mujeres, la convivencia familiar y la recreación, 5.4.1 Fomentar diseños urbanos compactos con perspectiva de género para impulsar la conciliación, convivencia familiar, corresponsabilidad y recreación, 5.4.2 Incorporar la participación de mujeres para mejorar las condiciones habitacionales y su entorno, en coordinación con los gobiernos locales, 5.4.4 Vincular las acciones culturales con el programa de rescate de espacios públicos para convivencia familiar. 5.4.5 Promover cruces vecinales seguros y accesibles, en vialidades urbanas primarias para la protección de mujeres, niñas y niños. 5.4.6 Promover la construcción de espacios de convivencia comunitaria para mujeres y niñas.

Para implementar dichas acciones, el Programa de Prevención de Riesgos podrá realizar los ajustes necesarios en su planeación y operación, estableciendo los acuerdos, la coordinación y vinculación interinstitucional correspondientes, sin menoscabo de lo establecido en las presentes Reglas de Operación y de las metas establecidas, así como en función de la capacidad operativa y disponibilidad presupuestal.

Por lo que he tenido a bien emitir las presentes:

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018

Capítulo 1 Introducción

1.1. Presentación

México es un país cada vez más urbano, ya que casi tres cuartas partes de su población habitan en alguna de las ciudades que conforman el Sistema Urbano Nacional (SUN); lo que demanda mayor atención a estas concentraciones poblacionales, así como de nuevas políticas, estrategias y programas integrales, así como la conducción del desarrollo social y urbano de manera eficiente, evitando la expansión desordenada, desarticulada y segregada de las ciudades.(1)

CONAPO en 2008, informó que la población rural, particularmente aquélla en situación de pobreza, tiene un alto nivel de exposición a fenómenos naturales, derivado de una menor protección ex ante frente a la probabilidad de ocurrencia. Vivienda precaria, asentamientos en zonas de alto riesgo y escasa tecnificación de la producción, son ejemplos de la menor mitigación previa de los efectos adversos ante el riesgo de fenómenos meteorológicos.

A lo que se suma que dicha población no cuenta con acceso a seguros y otros mecanismos de mitigación ex post que restablezcan en el corto plazo sus niveles de ingreso y consumo. Por esta razón, es importante considerar la vulnerabilidad de los hogares rurales en el diseño de la política pública.(2)

En este sentido, todo apunta a señalar que los pobres son particularmente vulnerables a los desastres naturales y por ejemplo en México, el 68% de aquellos afectados por este tipo de fenómenos corresponden a pobres o pobres extremos.(3)

En 2010, se reconocían 59 zonas metropolitanas de las que solo una, la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), rebasaba por mucho los 10 millones de habitantes; otras 10 se ubicaban en el rango entre 1 y 5 millones de habitantes, y en las 48 restantes su población estaba entre 100 mil y 1 millón de habitantes.(4)

Para 2012, el SUN ha identificado 384 ciudades con una población de más de 15 mil habitantes, integrado por 59 Zonas Metropolitanas con una población de 63.8 millones de habitantes (79% del total urbano), 78 conurbaciones con 5.2 millones (6%) y 247 centros urbanos con 12.2 millones (15%); en términos de su tamaño, 11 ciudades tienen más de 1 millón de habitantes. En las que habitan 81.2 millones de personas, que representa el 72.3 por...

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